El próximo 29 de septiembre deberá sentarse en el banquillo de los acusados el capitán del Ejército de Nicaragua, Douglas Zúniga Velásquez, acusado de haberle quitado la vida a una supuesta trabajadora sexual de apellidos Rodríguez Chávez, de 21 años.
Mientras llega la fecha del juicio, el militar deberá permanecer en prisión preventiva, según lo resuelto por la jueza Noveno Distrito Penal de Audiencia de Managua, Karen Chavarría.
A Zúniga la Fiscalía le atribuye los delitos de homicidio, y exposición y abandono de personas.
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En la acusación presentada por el Ministerio Público se especifica que la joven de 21 años es la víctima del homicidio y su prima de 19 años es la perjudicada por el delito de exposición y abandono de personas.
Defensa alega homicidio imprudente
En la audiencia mixta (inicial con características de preliminar) donde la Fiscalía presentó la acusación y su oferta probatoria, el abogado defensor Ervin D’Trinidad se opuso a la calificación jurídica de homicidio bajo la cual la autoridad judicial mandó a juicio al capitán del Ejército.

«Este no es un homicidio simple o doloso, este es un homicidio imprudente desde el momento que se ofrecen como pruebas el croquis del accidente de tránsito y una prueba de alcoholemia», alegó el abogado defensor.
Hechos acusados
Los hechos por los cuales el capitán Douglas Zúniga está en la cárcel sucedieron a las 6:00 de la mañana del 21 de julio de 2022, cuando él estrelló su vehículo contra la parte trasera de un autobús que cubre la ruta 195, según la acusación fiscal.
La joven de apellidos Rodríguez Chávez iba sobre la coraza del carro y murió horas más tarde en el Hospital Lenín Fonseca, a consecuencia de las múltiples lesiones al impactar el vehículo que conducía el capitán del Ejército contra el autobús.
El hecho sangriento se hizo viral en las redes sociales, pues en una cámara de seguridad quedó registrado el momento en que la prima de la víctima mortal la está socorriendo, pero a la primera se le oye decir que se va a morir.
Militar iba ebrio
La prueba de alcoholemia reveló que el militar al estrellar su vehículo contra la unidad de transporte colectivo, cerca del busto de José Martí, conducía con 1.42 gramos de alcohol por cada litro de sangre, es decir que manejaba ebrio.

La Ley de Tránsito establece que lo permitido es 0.5 gramos de alcohol por cada litro de sangre.
El reclamo del abogado defensor es porque en caso de ser declarado culpable su cliente la pena a imponer por el homicidio va de 10 a 15 años y por el homicidio imprudente oscila entre 6 y 8 años, además que tiene la posibilidad de mediar con la familia doliente.
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La tarde del miércoles último, un abogado en representación de la familia doliente introdujo un escrito solicitando se dé trámite a un acuerdo de mediación suscrito entre el acusado y la familia doliente, pero la Fiscalía se opone porque los hechos acusados están calificados como homicidio, reveló una fuente vinculada al proceso.
La audiencia fue celebrada hace pocos días, porque el acusado estaba internado en el Hospital Militar, y su abogado solicitó que sea valorado en Medicina Legal porque todavía le hace falta realizarle una resonancia magnética y necesita estar internado en un centro asistencial. La jueza aceptó la solicitud del dictamen médico.