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La ciudadanía del municipio El Cuá documenta la presencia policial en la municipalidad que estaba liderada por el alcalde Isidro Irías Herrera. Foto: Cortesía Urnas Abiertas

¿Puede ser destituido un alcalde en Nicaragua de la manera que lo hace Ortega y qué señal manda de cara a las elecciones municipales?

A menos de cinco meses de las votaciones municipales de este año y en 48 horas, el régimen ha defenestrado a cinco alcaldes que fueron electos por la población

Abogados y expertos electorales coinciden en que no existe ningún fundamento legal que justifique la defenestración de un alcalde por la pérdida de la personería jurídica del partido que lo llevó a ese cargo, ya que estos son electos por voto popular y está establecido en la ley un procedimiento para separarlos de su cargo en determinadas circunstancias.

Los críticos también coinciden en que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo sigue trabajando en eliminar a su competencia política, ahora de cara a las votaciones municipales del próximo 6 de noviembre, sin ni siquiera tratar de aparentar cierta legalidad.

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Cinco alcaldes electos defenestrados

En los últimos tres días, el régimen Ortega Murillo se apoderó de las instalaciones de las alcaldías de Santa María de Pantasma, El Cuá, San Sebastián de Yalí, El Almendro y Murra. Los cinco municipios estaban bajo la administración de alcaldes opositores, electos en las votaciones de 2017 bajo la bandera del partido Ciudadanos por la Libertad (CxL).

En agosto de 2021, CxL fue despojado de su personería jurídica por el régimen, para evitar su participación en las votaciones presidenciales de noviembre de ese año.

El alcalde de Santa María de Pantasma, Óscar Gadea, defenestrado el pasado sábado 2 de julio, manifestó a LA PRENSA que supuestamente el argumento para separarlo de su función fue que CxL no tiene personalidad jurídica.

Gadea también manifestó que el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (Inifom), dirigido por Guiomar Irías, fue la entidad encargada de notificarle su destitución.

Guiomar Irías, presidenta ejecutiva del Inifom. Foto: El 19 Digital.

Ninguna parte de la ley dice que sea una causa de destitución

La investigadora y directora de la organización de observación electoral Urnas Abiertas, Olga Valle, señaló que el Reglamento de la Ley de Municipios (Ley 40) establece con claridad el procedimiento para evaluar la destitución de un funcionario municipal, pero en ninguna parte menciona como razón de sanción o destitución la cancelación de su partido.

“Hay un vacío legal, porque ni la ley ni el reglamento de la Ley de Municipios señala como causal de las destituciones la cancelación de una personalidad jurídica, porque hasta donde sabemos esa ha sido la justificación que se ha dado: que el partido Ciudadanos por la Libertad, al quedarse sin personalidad jurídica, no puede seguir ejerciendo estas alcaldías. Sin embargo, en ninguna parte de la Ley de Municipios y el reglamento de esta misma ley lo indica”, expresó la investigadora.

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Valle explicó que con respecto al procedimiento correspondiente para someter a valoración la destitución de un alcalde, según el Reglamento, se tiene que hacer mediante una sesión extraordinaria convocada por el Concejo Municipal.

Olga Valle, investigadora y directora de la organización de observación electoral Urnas Abiertas. Foto cortesía

Lo que dice el Reglamento de la Ley 40

El artículo 78 del Reglamento de la Ley 40 establece que en “caso que el Alcalde, Vice Alcalde o Concejal, sin incurrir en delito, incumpla con las obligaciones que le impone nuestro ordenamiento jurídico, pero que amerite una sanción que tenga o no relación con las causales que inhabilitan para el ejercicio del cargo, los demás Miembros del Concejo citarán a sesión extraordinaria para conocer del incumplimiento y oír al señalado como responsable”.

“Más bien el artículo 78 de este reglamento habla de que si hubiese alguna irregularidad cometida por el alcalde, que amerite una sanción y que esté o no relacionada por las causales, quien está señalado a poder solucionar es el Concejo Municipal a través de una sesión extraordinaria en donde tiene que conocer la falta, escuchar al señalado, imponer una sanción si es necesario”, indicó Valle

Y agregó que “si el Concejo determina la pérdida de la condición de alcalde de esta persona, esta decisión debe ser aprobada por dos terceras partes de los miembros del Concejo y una vez esto se haya aprobado, se tiene que informar al Consejo Supremo Electoral, en donde el alcalde destituido tiene derecho a recurrir a esta instancia, para que se revise su caso; el Concejo a escucharlo, evaluarlo y resolverlo. Pero como podemos ver nada de esto se está cumpliendo”, señaló Valle.

Tomas de manera arbitraria

La presidenta de CxL, Kitty Monterrey —quien tras la cancelación de este partido se vio obligada a salir del país— aseguró que la toma de las cinco alcaldías fue arbitraria y demandó respeto a la integridad física de sus funcionarios y alcaldes.

“Los alcaldes y concejales electos legítimamente en 2017, en la casilla de Ciudadanos por la Libertad, no son funcionarios de un partido, son autoridades electas por sus ciudadanos y así lo han demostrado durante su gestión”, dijo Monterrey.

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Kitty Monterrey, presidenta nacional del partido Ciudadanos por la Libertad. LA PRENSA/Archivo

Dijo que Ciudadanos por la Libertad confirmó que ninguno de estos cinco alcaldes recibió notificación alguna que explicara por qué fueron defenestrados de sus cargos.

El abogado Yader Morazán manifestó que ningún procedimiento legal puede ser válido “si no se ha puesto en conocimiento a la parte perjudicada” y “nada se puede resolver a espaldas de un ciudadano o funcionario”.

“A estas personas se les ha negado el debido proceso, en el que se les dé la oportunidad de alegar, de apelar y llevar esto a instancias judiciales, es decir, a lo contencioso administrativo, que corresponde al poder judicial”, explicó el abogado.

“Asalto con características militares”

En un informe que realizó la organización Urnas Abiertas sobre estos acontecimientos, que se efectuaron en un lapso de 48 horas, señaló que según reportes ciudadanos, “en todos los municipios las tomas fueron realizadas por efectivos policiales, acompañados por otros operadores políticos (secretarios políticos, alcaldes oficialistas, paramilitares, etcétera)”.

El organismo confirmó que “hasta el momento en ninguna de las tomas ilegales ni la Policía ni los operadores políticos han presentado órdenes judiciales o cualquier otro tipo de documentación oficial que justifique la acción, más bien se reportan retenciones, amenazas verbales, allanamientos ilegales y un asalto de características militares”.

Urnas Abiertas señaló que “ninguna ley, reglamento o norma incorpora en las facultades de los secretarios políticos o de la Policía Nacional el derecho de destituir ni de nombrar autoridades municipales electas por voto popular”.

Violación constitucional

La organización valoró en su análisis que la toma de estas cinco alcaldías liberales fue una acción que violenta preceptos constitucionales.

“El Gobierno al no respetar la voluntad popular quebranta e infringe la Constitución y la soberanía nacional que reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos. La Constitución Política de Nicaragua indica que ´el poder político lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse este poder o representación´”, recordó Urnas Abiertas.

Por otra parte, la Ley Electoral (Ley 331), en el artículo 179 establece que “se faculta al Consejo Supremo Electoral (CSE) para resolver conforme a las disposiciones del derecho común cualquier asunto en materia electoral, que no esté previsto en la presente Ley”.

El CSE es una institución bajo el control total del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) que lidera Ortega y su esposa y cogobernante, Rosario Murillo.

“Esta disposición provoca que las alcaldías y municipalidades queden en total vulnerabilidad al amparo de la discrecionalidad de un ente partidario que no cumple con los principios de transparencia, independencia y autonomía”, agrega el análisis de Urnas Abiertas.

Nombran a nuevas autoridades sandinistas

Urnas Abiertas aseguró que “las nuevas autoridades nombradas de manera ilegal e ilegítima son en su mayoría concejales del FSLN en la misma Alcaldía, se están entregando los bienes municipales como premios por la lealtad a estos operadores políticos, quienes suelen estar involucrados en las redes de corrupción y de violencia política del oficialismo”.

La organización de observación electoral concluyó que “a medida que el proceso electoral municipal se acerca, las acciones contra la autonomía municipal se han vuelto más violentas y arbitrarias”, además del “uso de asedio, amenaza y chantaje hacia autoridades, instituciones y personas naturales opositoras, a cuatro meses de las elecciones se realizan tomas y destituciones de autoridades electas popularmente con mecanismos arbitrarios, ilegales, ilegítimos e inconstitucionales”.

Alcaldía de San Sebastián de Yalí, tomada por los sandinistas. Foto cortesía de Urnas Abiertas

Interés de cara a las elecciones

Los críticos no dudan que esta nueva acción del régimen contra los opositores, a casi cuatro meses de las votaciones municipales (programadas para el 6 de noviembre) es para sacar del juego una vez más a su competencia política.

El FSLN, que dirige Ortega y Murillo, obtuvo 135 alcaldías en las elecciones de 2017, de las 153 que tiene el país. Las comunas bajo la administración de alcaldes orteguistas se caracterizan por la falta de transparencia, el control de los sandinistas en toda la estructura electoral y la violencia política que dejó más de cinco muertos en diferentes municipios del país.

Valle expresó que el régimen Ortega Murillo no se detendrá en su avance por el control total y absoluto del poder, lo que implica que no va a permitir ningún espacio de autonomía en ningún ámbito.

“Como ya veníamos denunciando en estos primeros cinco meses del año, vimos una escalada totalitaria que se manifestaba a través de diferentes formas de violencia política, en donde el régimen ya no solamente usaba a sujetos y actores armados, sino a diferentes instituciones gubernamentales. Así que esta era la primera señal de que este año el Frente Sandinista iba por un control total y absoluto de los últimos espacios que no controlaba”, dijo la investigadora.

“Prima la voluntad de la población”

El abogado y exdiputado Eliseo Núñez Morales consideró que aunque la Ley no diga nada sobre la cancelación del partido de un alcalde, lo que “debe de primar es la voluntad de la población que los eligió”.

Para Núñez, el régimen Ortega Murillo está dando otro paso más hacia la instauración de un partido único, que, según él, es su principal pretensión.

“Hay un cierre total, (el régimen Ortega Murillo en Nicaragua) es lo más parecido a Corea del Norte en América Latina. Cuba este proceso lo llevó recién (instaurada) la revolución cubana en 1959-60 y luego pasó a ser un partido único. Definitivamente Ortega va por ese camino y está eliminando cualquier capacidad de competencia”, apuntó Núñez.

La presidenta de CxL también valoró que el régimen “no tiene ningún interés de rehabilitar la vía electoral y ni siquiera de guardar las apariencias de legalidad en las próximas votaciones municipales”.

En noviembre de este año nuevamente hay votaciones municipales para elegir alcaldes y concejales en los 153 municipios del país, pero el Consejo Supremo Electoral (CSE) se encuentra dominado por el partido sandinista.

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