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El régimen de Daniel Ortega no logra mejorar la calificación que periódicamente le otorga el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), que mantiene a Nicaragua en la categoría de “seguimiento intensificado” —desde hace varios años— pues presenta deficiencias en su lucha contra el lavado de dinero y demás delitos.
El Gafilat es un organismo internacional que previene y combate el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva, ejecutando, en paralelo, un monitoreo de la legislación y las prácticas de cada país en ese campo.
Nicaragua fue catalogada en “seguimiento intensificado” luego que el Gafilat evaluara qué tanto cumple el país en las 40 recomendaciones que brinda la entidad, que son los estándares internacionales más reconocidos para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
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En detalle, existen dos tipos de seguimiento: el regular, que es el mecanismo de monitoreo predeterminado para todos los países, y el intensificado, que se basa en la política tradicional del GAFI, que aborda aquellos miembros con deficiencias significativas (de cumplimiento técnico o efectividad) en sus sistemas de antilavado de activos y contra el financiamiento al terrorismo.
Ese resultado fue arrojado en el Quinto Informe de Seguimiento Intensificado y Recalificación de Cumplimiento Técnico de Nicaragua, efectuado en enero de 2021 y publicado en diciembre de ese mismo año, el cual fue presentado este lunes en un foro realizado por el Observatorio Pro Transparencia y Anticorrupción.
Al respecto, un investigador del Observatorio compartió que “Nicaragua ha venido implementando en una forma acelerada las recomendaciones del Gafilat, pero todavía existen ciertas vulnerabilidades, y por eso el organismo le está dando al país este ´seguimiento intensivo´”.

De hecho, en marzo de este año el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) confirmó que Nicaragua continúa en la “lista gris” de la entidad, donde comparte categoría con Panamá, y demás países como Pakistán, Siria, Yemen, Uganda, entre otros.
Nicaragua se mantiene en la “lista gris”
Este organismo decidió mantener a Nicaragua dentro del grupo de «jurisdicciones bajo mayor supervisión», conocido popularmente como la “lista gris”, ya que presenta deficiencias estratégicas para contrarrestar el lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, pese a que, en lo que va del año, el régimen ha ordenado la cancelación de 350 personerías jurídicas de organizaciones sin fines de lucro acusadas de los delitos previamente mencionados. Una guerra contra las organizaciones que comenzó desde el 2018 y la ha intensificado este año.
En el sitio web del GAFI señalan que Nicaragua debe continuar trabajando en la implementación de su plan de acción “para abordar sus deficiencias estratégicas restantes, incluso tomando las medidas apropiadas para evitar que las personas y estructuras jurídicas se utilicen indebidamente con fines delictivos”.
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“El GAFI alienta a Nicaragua a continuar implementando su plan de acción para abordar las deficiencias estratégicas antes mencionadas lo antes posible, ya que todos los plazos ya han vencido”, se lee en el sitio web.
Nicaragua ya había salido de la “lista gris” en 2015, pero volvió a ese listado a inicios de 2020.
¿Cuáles son las 40 recomendaciones del Gafilat y cómo cumple Nicaragua?
El investigador del Observatorio Pro Transparencia y Anticorrupción detalló cómo el Gobierno de Nicaragua ha desarrollado las recomendaciones del Gafilat desde el primer informe (2017), hasta el quinto, que fue publicado en diciembre de 2021.
“En el primero, ellos enumeraron claramente todas las deficiencias que tenía el sistema del control de lavado de activos, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de dispositivos de destrucción masiva. Entonces en los siguientes informes se ha ido observando cómo el Gobierno ha avanzado”, sostuvo.
Siguiendo esta línea, precisó que utilizan un sistema de colores para calificar las recomendaciones: las “no cumplidas” están identificadas en rojo, “parcialmente cumplidas” en amarillo, “mayoritariamente cumplidas” en azul y “cumplidas” en verde.
Por ejemplo, la recomendación 1 en el primer informe de 2017 se mantenía como «parcialmente cumplida» y al quinto informe continuaba en esa calificación. Mientras, la recomendación 2, 3 y 4 están “mayoritariamente cumplidas” tanto en el primer informe y como en el quinto.
Por su parte, la recomendación 5 aumentó de nivel, de “parcialmente cumplida” a “mayoritariamente cumplida”. Sin embargo, cabe mencionar que la recomendación 15 pasa de “parcialmente cumplida” a “no cumplida”, “es básicamente la única recomendación que el Gafilat le baja la calificación a Nicaragua”, agregó el investigador.

Por otro lado, se observa que en el primer informe las recomendaciones 22, 23, 24, 25 y 28 se les consideraba como “no cumplidas”, pero en 2021 gran parte de estas pasaron a “mayoritariamente cumplidas” y específicamente la número 28 dio un salto significativo, pasando de “no cumplida” a “cumplida”, de una sola vez.
“En las últimas recomendaciones, de la 31 a la 40, que es lo que tiene que ver básicamente con temas de cooperación internacional, en 2017 solo la recomendación 35 se mantenía en ´parcialmente cumplida´, y ahora está como las demás, es decir, ´mayoritariamente cumplida´”, agregó el experto.

¿Qué le falta a Nicaragua para cumplir plenamente con las recomendaciones?
La primera recomendación titulada “Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgo”, en ambos periodos se mantuvo como “parcialmente cumplida”.
El investigador explicó que no se observa cambio en la calificación porque hasta el año pasado existían Actividades Profesionales No Financieras Designadas (APNFD), como empresas de factoraje, de arrendamiento financiero e instituciones intermediarias de Microfinanzas —con excepción de los casinos, que ya estaban regulados desde el inicio— establecidas por el GAFI que no se encontraban constituidas en la Ley 793, “Ley Creadora de la Unidad de Análisis Financiero”, y por tanto, no contaban con normativa, ni órgano de supervisión.
“Pero al día de hoy algunas de estas actividades ya están reguladas. Incluso, recientemente la Asamblea Nacional les revocó las personerías jurídicas a algunos organismos sin fines de lucro que funcionaban como microfinancieras y las pasó a un nuevo régimen que ahora va a estar regulado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific)”, añadió el experto.
Aunque realmente no es el Mific el que regula a las microfinancieras, sino la Comisión Nacional de Microfinanzas (Conami). Además hasta ahora la Asamblea Nacional no ha derogado la personería jurídica a las microfinancieras que nacieron como organizaciones sin fines de lucro, pero ya anunció que se prepara una ley para ordenar al sector.
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Asimismo, aclaró que “no estoy diciendo que todas las revocaciones de personerías jurídicas sean por esos motivos, me estoy refiriendo solo a unas cuantas instituciones microfinancieras que no estaban adscritas a la Comisión Nacional de Microfinanzas (Conami) y estaban siendo reguladas por el Mific”.
Por otro lado, cabe destacar que las recomendaciones 2, 3, 4, 6, 9, 16, 17, 18, 19, 27, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 38, 39 y 40 se mantuvieron en “mayoritariamente cumplidas” en ambos periodos.
En el caso de la quinta recomendación: “Delito de financiamiento del terrorismo”, el especialista resaltó que esta pasó de “parcialmente cumplida” a “mayoritariamente cumplida”, cuando se aprobó la Ley 977, “Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de armas de destrucción masiva”.
Por su parte, en la séptima recomendación: Sanciones financieras dirigidas relacionadas a la proliferación de armas de destrucción masivas, “hay un salto bastante importante: pasa de ´no cumplida´ a ´mayoritariamente cumplida´, porque los supervisores, en este caso la Unidad de Análisis Financiero (UAF), ya está facultada para monitorear y asegurar el cumplimiento por parte de las instituciones financieras y las APNFD, de las obligaciones de esta recomendación. Esta cambió en el tercer informe, que fue en 2019”, precisó.

La octava recomendación: Organizaciones sin fines de lucro, pasó de “no cumplida” a “mayoritariamente cumplida”. Esta establece que los países deben revisar la idoneidad de las leyes y regulaciones relativas a las entidades sin fines de lucro que el país ha identificado como vulnerables para su abuso para el financiamiento del terrorismo.
Al respecto, el investigador recordó que en estos momentos “ya van prácticamente casi 400 organizaciones sin fines de lucro (OSFL), cuyas personalidades jurídicas han sido revocadas por diversos motivos, según los diputados de la Asamblea Nacional”.
“Las OSFL en Nicaragua se encuentran registradas en el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación (Migob). En 2019, el Migob emitió una normativa y empezó a ser un poco más exigente con este tipo de ONG, a solicitar que se pusieran al día en cuanto a los listados de asociados, los datos de sus directores y los estados financieros anuales”, recordó.
Además, “a partir de una resolución también se empezó a exigir con la Ley de Agentes Extranjeros, que los informes de donaciones recibidos del extranjero fueran primero aprobados de previo por el Migob y estas mismas organizaciones informaran mes a mes sobre sus estados financieros al Ministerio. Entonces eso hace pasar de ´no cumplida´ a ´mayoritariamente cumplida´ a la recomendación”, explicó.
“No me quiero detener en si eso ha provocado algún abuso por parte de las autoridades, seguramente sí ha habido equivocaciones, abusos, sí ha habido mal empleo de la ley, pero ante el Gafilat, que son organismos internacionales cuyo entendimiento es directamente con el Gobierno nacional, esta recomendación pasó a ´mayoritariamente cumplida´», mencionó.
Por otro lado, en el periodo de referencia las recomendaciones 10 (Debida diligencia del cliente), 11 (Mantenimiento de registros), 12 (Personas Expuestas Políticamente-PEP) y 14 (Servicios de transferencia de dinero o valores) pasaron de “parcialmente cumplidas” a “cumplidas”.
En tanto, la recomendación número 13, que hace referencia a la “Banca corresponsal”, se mantuvo como “cumplida” en ambos periodos. En detalle, esta establece que debe exigirse a las instituciones financieras, con respecto a la banca corresponsal transfronteriza y otras relaciones similares, que ejecuten medidas normales de debida diligencia del cliente y eviten relaciones con bancos pantalla o ficticios.
“Existen disposiciones legales y normativas que abordan las relaciones con la banca corresponsal. En Nicaragua siempre ha existido esa regulación y, por tanto, desde el inicio la participación se da como ´cumplida´», precisó el investigador.

En el caso de la recomendación 15, relacionada a las nuevas tecnologías, pasó de “parcialmente cumplida” a “no cumplida”. Este resultado, a criterio del investigador, obedece a que Nicaragua “no ha identificado ni evaluado los riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo que pudieran surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos y nuevas prácticas comerciales y al uso de nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo”.
“Por ejemplo, se han popularizado decenas de monedas virtuales de las cuales el bitcoin es la más popular. Pero todavía no tenemos en Nicaragua ninguna institución, ni regulación específica sobre el uso, manejo, los pagos, las compras y las transacciones que se hagan utilizando bitcoin. Eso sigue siendo en nuestro país un hoyo negro y es una diferencia que debe ser superada”, indicó el investigador.
También explicó que en 2017 era catalogada como “parcialmente cumplida”, porque en ese año estas tecnologías todavía no estaban tan avanzadas. “Nicaragua estaba empezando a tratar de cumplir con estas recomendaciones, sin embargo, la tecnología ha avanzado más rápido que la regulación y esto obligó al Gafilat a bajarle la calificación al país”, añadió.

En paralelo, las recomendaciones 20 (Reporte de operaciones sospechosas) y 21 (Revelación y confidencialidad), pasaron de “parcialmente cumplidas” a “mayoritariamente cumplidas”.
Mientras, las recomendaciones 22 y 23 pasaron de “no cumplidas” en 2017 a “mayoritariamente cumplidas” el año pasado. En tanto, la recomendación 24 (Transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas), pasó de “no cumplida” a “parcialmente cumplida”.
Cabe destacar que las recomendaciones 29 (Unidades de inteligencia financiera) y 30 (Responsabilidades de las autoridades de orden público e investigativas) se mantuvieron como “cumplidas” en ambos periodos.
Estas son las 40 recomendaciones

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