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Imagen referencial. Cortesía/LA PRENSA

Régimen manipula las regulaciones internacionales de lucha antilavado para perseguir a las ONG, advierten

Analistas advierten que esta práctica de manipular o mal interpretar en algunos casos las recomendaciones internacionales de lucha antilavado se está volviendo en un arma de doble filo en los países con gobiernos autoritarios

Nicaragua ha estado utilizando la recomendación 8 de las 40 emitidas por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) para “cercenar” los derechos a la libertad de asociación y justificar la creación de una serie de leyes que restringen y controlan el ejercicio de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) en el país, según indicaron especialistas en la materia.

Una asesora legal del Centro Internacional para la Ley del Sector No Lucrativo (ICNL, por sus siglas en inglés) explicó en qué consiste dicha recomendación durante el conversatorio “La lucha de las Organizaciones de Sociedad Civil contra el Lavado de Dinero: Los casos de Costa Rica y Nicaragua”, realizado este martes por la Fundación para la Paz y la Democracia (Funpadem).

Específicamente, la recomendación 8 detalla que los países deben revisar la idoneidad de las leyes y regulaciones relacionadas con las organizaciones sin fines de lucro, que el país haya identificado como vulnerables al abuso para el financiamiento del terrorismo.

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Además, los países deben aplicar medidas focalizadas y proporcionadas, a la luz del abordaje basado en el riesgo, a dichas organizaciones para protegerlas del abuso para el financiamiento del terrorismo.

Sobre las medidas focalizadas y proporcionadas, la asesora legal indicó que primero tiene que existir una evaluación de riesgo del sector antes de poder determinar qué medidas van a aplicarse, de forma que estas deben relacionarse al subsector en riesgo y no deben obstaculizar el ejercicio de la libertad de asociación.

El lavado de activos se define como el proceso de encubrir el origen de fondos generados mediante el ejercicio de actividades ilegales o criminales, como el narcotráfico, contrabando de armas, corrupción, desfalco, extorsión, secuestro, etcétera. Tiene como objetivo, hacer que el dinero obtenido mediante actividades ilícitas aparezca como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero.

Y a pesar de que Nicaragua cuenta con un marco normativo nacional e internacional aceptable para el combate contra el lavado de dinero, la falta de aplicación de este, sumado a la falta de autonomía e independencia de las entidades regulatorias y el deterioro de la institucionalidad democrática, propician un mal desempeño en la lucha contra este delito.

¿Existe la amenaza de que las OSFL en Costa Rica y en Nicaragua sean utilizadas para la financiación al terrorismo?

Amaru Ruíz, presidente de Fundación del Río y defensor de Derechos Humanos, explicó que estas organizaciones son las primeras preocupadas en aumentar los niveles de transparencia y seguridad frente a los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, precisamente porque sus acciones están en correspondencia con las políticas establecidas por los organismos de cooperaciones al desarrollo.

“La cooperación al desarrollo es una realidad en nuestros países, sobre todo en América Latina, y genera ciertas condiciones que permiten una exigencia mucho mayor a las organizaciones sin fines de lucro que reciben estos recursos financieros del extranjero y a partir de ahí, es una base también para el proceso de regulación y auditoria que tienen esos fondos”, sostuvo.

Sobre las dinámicas organizativas y asociativas en Nicaragua, el también ambientalista e investigador indicó que, según información oficial, existen alrededor de 121,919 entidades o sociedades mercantiles, y en el caso de las organizaciones sin fines de lucro hay aproximadamente 7,227 entidades legales que están establecidas y reguladas por el Ministerio de Gobernación.

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“Esa diferencia en términos de cantidad demuestra que hay diferencia en términos de riesgo, es decir, no es lo mismo hablar de 200,000 entidades que hablar de 7,000. Dentro de las organizaciones también existe una serie de clasificaciones: fundaciones empresariales, entidades vinculadas a los gremios en el país y asociaciones de desarrollo. En cada uno de los países hay una clasificación diferente, en Nicaragua hay muchas más asociaciones que están vinculadas, por ejemplo, a las asociaciones evangélicas”, ejemplificó.

Continuó compartiendo que en relación “al sector de dónde vengo, que son más organizaciones sin fines de lucro sobre todo de desarrollo, nosotros tenemos como al menos tres niveles de supervisión frente a los riesgos que podría desencadenar los procesos de lavado de dinero y de terrorismo”.

El primer nivel tiene que ver con el origen de la plata y de los recursos financieros, el segundo hace referencia a los compromisos que tienen dichas organizaciones con el Estado nicaragüense. Por otro lado, el tercer nivel está relacionado a todos los procesos de auditoria y de fiscalización interna que tienen las organizaciones. Asimismo, existen otros niveles más particulares como las regulaciones que establecen los bancos, las entidades financieras, entre otros.

“Evidentemente en todo proceso de manejo de capital existe un nivel de riesgo, sin embargo, es diferenciado y para las organizaciones de desarrollo es muy difícil que ocurra ese nivel de incumplimiento a estas regulaciones, sobre todo por esos niveles de regulación que se tienen”, dijo Ruíz.

Imagen referencial. Archivo/LA PRENSA

“Más bien la situación en Nicaragua es que han utilizado la recomendación 8 del Gafilat para cercenar los derechos a la libertad de asociación del país y justificar (la creación) de la Ley 997, la Ley 919 y la Normativa 07-2019, para establecer una serie de restricciones y control para el ejercicio de las OSFL en el país, sobre todo, cuando sabemos la situación de violación de derechos humanos que ocurre en el país”, lamentó.

El especialista hace referencia a la Ley 997: Ley contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. También a la Ley 919: Ley de seguridad soberana de la república de Nicaragua; y a la Normativa 07-2019, un decreto para establecer la política nacional de mitigación y adaptación al cambio climático y de creación del sistema nacional de respuesta al cambio climático. 

Tropiezos en la prevención de financiamiento del terrorismo

El costarricense Juan Carlos Astúa, especialista en la prevención de lavado de dinero y exfiscal de crimen organizado del Ministerio Público de Costa Rica, sostuvo que el Gafilat se ha decantado por enmarcar la recomendación 8 desde un enfoque de la prevención del financiamiento del terrorismo, específicamente en relación a estructuras de OSFL.

Sin embargo, expresó que a pesar que las naciones tienen en cuenta dicha recomendación, no la han podido entender en su totalidad, “y básicamente el problema fundamental de los países es la falta del desarrollo de evaluaciones nacionales de riesgo enfocados en estos temas de prevención al financiamiento del terrorismo. Si los países no conocen cuáles son sus riesgos en ese sentido, ahí es donde comenzamos a ver ciertos abusos. Creo que esta es la tarea pendiente que muchos países tienen todavía”.

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“Es importante tener claro que toda regulación en materia de prevención siempre debe ir de la mano de la actividad operativa de cualquier empresa y organización sin fines de lucro”, enfatizó.

Siguiendo esta línea, agregó que aún queda mucho trabajo por hacer, “si uno ve las estadísticas a nivel de las evaluaciones que ha desarrollado el Gafilat en la región, vemos que hay pocos países que tienen calificaciones aceptables a lo que es el cumplimiento de esta recomendación 8, por ejemplo, básicamente solo el 20 por ciento de los países han realizado evaluaciones de riesgo enfocadas específicamente en materia de financiamiento del terrorismo”

“Estos autoritarismos parecen una especia de covid”

Durante el conversatorio, el economista y analista político, Enrique Sáenz aseguró que existe un ámbito regulatorio regional que se expresa también a nivel nacional “cuando se conjuga con la tendencia visible de autoritarismo en distintos espacios de América Latina”.

“Estos autoritarismos parecen una especia de covid, son muy contagios, incluso las leyes se reproducen de un país a otro hasta con los mismos nombres, como la ley de agentes extranjeros”, expresó.

Por ejemplo, en El Salvador se acelera el trámite de aprobación de una ley de agentes extranjeros propuesta por el presidente Nayib Bukele el pasado 4 de noviembre. El proyecto de ley establece la creación de un registro de organizaciones o personas cuyas actividades en ese país “respondan o sean financiadas directa o indirectamente por un extranjero”.

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Situación que se experimenta en Nicaragua desde octubre de 2020, cuando el régimen de Daniel Ortega aprobó una ley similar, con la cual mantiene una constante persecución hacia las organizaciones no gubernamentales que operan en territorio nacional.

Al respecto, Sáenz señaló que “no solo es solo una amenaza realmente existente, sino que además se puede ir agravando, tanto a nivel regional, como a nivel de cada país. En consecuencia, el adoptar acciones conjuntas a nivel centroamericano y a nivel de América Latina se imponen como un desafío”.

Por su parte, Ruíz aseguró que evidentemente los Estados están en una constante persecución a las OSFL y “en ese contexto, es muy preocupante que la recomendación 8 se vuelva un instrumento para que los Estados cercenen el derecho a la libertad de asociación de las organizaciones, por lo que es necesario que todas las entidades centroamericanas hablemos de estos temas, pero que también nos juntemos para posicionarnos sobre estas arbitrariedades”.

“Evidentemente ninguna normativa regional ni nacional debe construirse a las espaldas de la opinión de las partes interesadas y creo que ahí surge uno de los principales problemas de la aplicación de la recomendación 8. En nuestro caso ni conocíamos cual era la resolución del Estado nicaragüense en función de esa recomendación, lo conocimos ya cuando estuvieron las leyes que vinieron a restringir todo el espacio y el ambiente habilitante de las ONG”, indicó Ruíz.

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Los especialistas recomiendan seguir profundizando en los estudios de los subsectores para determinar los niveles de riesgo, puesto que no se puede continuar actuando si no se conoce realmente la situación y la diferenciación de cada una de las entidades de las ONG.

Por otro lado, Sáenz añadió que en cuanto a las evaluaciones que realiza el Gafilat sobre el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, Nicaragua se encuentra mejor calificada que Costa Rica en relación a la recomendación 8.

“Lo que resulta sorprendente por las realidades que sufren buena parte de las ONG en Nicaragua ante los abusos en la aplicación de esta norma. Diera la impresión de que en algunos casos el Gafilat realiza estas evaluaciones tipo “check list”, sin entrar a evaluar efectivamente como se practica la aplicación de esas normas”, concluyó.

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