Cuarenta años de prisión está pidiendo el Ministerio Público para K.E.A.N.U., quien fue declarado culpable de violación en menor de 14 años, en concurso real con el delito de violación agravada en perjuicio de su hija.
El concurso real significa que con una misma acción K.E.A.N.U., cometió los dos delitos por los cuales fue declarado culpable, según lo establecido en la Ley 641 o Código Penal. La primera violación aconteció el 12 de octubre del 2015 y se extendió en los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020. La primera vez que el inculpado violó a su hija, ella tenía 10 años.
Desglose de la pena
Una vez que K.E.A.N.U. fue declarado culpable, la representación del Ministerio Público pidió que el reo sea condenado a 25 años de prisión por violación agravada y 15 por violación en menor de 14 años. La Fiscalía igualmente pidió a la autoridad judicial que al dictar la sentencia condenatoria tenga en cuenta como agravante la superioridad que el reo ejercía sobre la víctima.
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Por su parte, el abogado defensor de K.E.A.N.U. pidió a la jueza Aleyda Irías que su cliente únicamente sea castigado con ocho años de prisión. Esta petición está muy por debajo de las penas mínimas establecidas en el Código Penal.

Relato incriminatorio
Para establecer la culpabilidad de K.E.A.N.U., la jueza especializada en violencia tomó en cuenta el relato de la víctima quien narró los vejámenes a los que fue sometida por su progenitor. “Él me decía cosas, me tocaba los pechos, me besaba, me decía que era su mujer, me dijo que se casaría conmigo y que si tenía novio me mataría”, relató la joven al brindar su testimonio.
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“A través de las profesora Perla Castrillo Gaitán se demostró que la adolescente reveló el hecho (violaciones) durante una clase de educación sexual”, según el fallo de culpabilidad.
Prueba científica
La jueza Irías señala que con el peritaje del forense se comprobó que los episodios de violencia sexual a los que fue sometida la adolescente le causaron un daño en la salud mental.
“La psicóloga Carmen Ortiz Valdivia identificó daño en la integridad psíquica de la víctima compatible con la vivencia de naturaleza sexual vivida y que producto de ese daño requiere tratamiento psicoterapéutico”, según el fallo de culpabilidad.
La autoridad judicial anunció que la sentencia condenatoria será notificada a través de cédula judicial.