Los arrestos e inhibiciones de aspirantes presidenciales en pleno proceso electoral no tienen ningún asidero legal, según la valoración de dos abogados. Particularmente Yader Morazán, abogado especialista en administración de la justicia y derechos humanos, calificó de «caprichos» las acciones del régimen de Daniel Ortega y su esposa y cogobernante, Rosario Murillo.
«Rosario Murillo está poniendo en aprietos a su mismo sistema de justicia, porque sus caprichos ya ni siquiera tienen apariencia de legalidad, a pesar de tener todo el sistema a su favor, para hacer y deshacer a como le dé la gana», valoró Morazán.
En los últimos tres meses, el régimen Ortega Murillo ha detenido a más de 30 destacados opositores, la mayoría acusados de «traición a la patria», de acuerdo con los establecimientos de la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz (Ley 1055). Según los críticos, esta ley, aprobada en diciembre del año pasado, fue creada para inhibir la candidatura de los opositores a cargos de elección popular.
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La Ley 1055 consta de dos artículos: el primero —el más amplió— establece una serie de acciones que en general definen a los «traidores a la patria» y de cometer esos actos, la ley sentencia que «no podrán optar a cargos públicos».
Morazán confirmó que Ley 1055 no establece penas ni cárcel que avalen la detención o arresto domiciliar de los más de 30 opositores, que además están bajo investigación de 90 días, porque supuestamente violentaron dicha legislación.
«La única sanción que establece como ley es la inhabilitación para optar a cargos de elección popular. Si bien es cierto que esta ley trae una nueva definición para los que consideran traidores, pero no establece una sanción y tampoco dice quién ni cómo va a aplicarse», manifestó el abogado de derechos humanos.
Morazán valoró que la Ley 1055 «es un extracto del discurso de los Ortega Murillo».
Tampoco aplica traición a la patria
Otro abogado que habló con LA PRENSA bajo condición de anonimato señaló que «técnicamente una ley que no tiene pena, simplemente no conlleva a ningún tipo de detención, porque no está establecido».
En todo caso, explicó la misma fuente, «lo que hace la Policía es remitirte al Código Penal y este establece en el tema de traición a la patria que es un delito que se da durante época de guerra».
El abogado Morazán también valoró esta limitante de la «traición a la patria», que es un delito establecido en el artículo 409 del capítulo XVII del Código Penal, sobre «Los delitos contra la seguridad del Estado».
«La traición a la patria, según el Código Penal, se subsume dentro de un conflicto armado internacional, cuando un nicaragüense toma las armas en contra de su propio país o ayuda a sus enemigos, colabora o facilita el avance o el progreso de las fuerzas armadas enemigas; o también limita la defensa de su propio país», expresó Morazán.
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La fuente anónima valoró que las detenciones bajo el argumento de «traición a la patria» no son más que para privar de libertad a las personas que se expresan en contra del régimen.
«Lo que tenés es una decisión arbitraria, una interpretación de los jueces en unos delitos que realmente no calzan con nada de lo que se hace. Simplemente la crítica a la dictadura tiene consecuencias que ellos administran a su placer», dijo la fuente.
Caso de Berenice Quezada
La última inhibición ha sido de la candidata a vicepresidenta de la Alianza Ciudadanos por la Libertad (CxL), Berenice Quezada, quien fue notificada este martes 3 de agosto en la noche por el Ministerio Público.

Quezada recién se había registrado provisionalmente como fórmula del candidato a presidente Oscar Sobalvarro.
Morazán señaló que mientras no haya sentencia firme, no se puede inhibir a un candidato en un proceso electoral. Así que calificó el caso de Quezada como una «inhibición de facto».
«La Constitución Política es clara en señalar en su artículo 47 que los derechos ciudadanos solo se suspenden por imposición de una pena corporal grave o accesoria, es decir, por una sentencia ejecutada. Quiere decir que tendría que procesarse y tendría que ser un juez, agotando las etapas del juicio, incluso podría esto llevarse más de noventa días, porque tendría que agotarse la primera instancia del juez, el tribunal de apelaciones y subir todavía a casación y a través de una sentencia firme es que puede tomarse esa decisión», dijo el abogado Morazán.
La noche del martes 3 de agosto, Quezada fue notificada de su arresto domiciliar por parte de autoridades judiciales y del Ministerio Público, que llegaron a su casa acompañadas por policías.
Este miércoles, la candidata a vicepresidenta fue acusada por la Fiscalía de realizar «actos que fomentan e incitan al odio y la violencia» y solicitó que el proceso sea llevado en libertad. La acusación es con base al artículo 398 del Código Procesal Penal, en concordancia con el artículo 32 del mismo código.
Un mensaje detrás del caso de Quezada
La fuente anónima expresó que la acusación a Quezada es un nuevo mensaje de régimen orteguista para obligar a todos los candidatos escogidos a callar.
«Para mí, el caso de Berenice tiene un mensaje bien claro: no solo a través de las inhibiciones, detenciones o exilio forzoso estoy escogiendo con quién me quiero enfrentar, sino que ahora quiero escoger qué puede decir con quien me quiero enfrentar. El pecado de Berenice fue haber mencionado la rebelión de abril, fue haber mencionado esa capacidad de protesta, y entonces Ortega quiso dejar claro que en esta campaña tampoco se le puede mencionar abril», dijo el abogado anónimo.
La fuente consideró que ahora en adelante el partido CxL tendrá que valorar si sigue en el proceso con estas condiciones que le está imponiendo el régimen de Daniel Ortega.
El arresto de Quezada ocurrió horas después de que simpatizantes del régimen de Daniel Ortega la denunciaron ante la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) por supuestamente cometer «apología del delito» y por «incitación al odio», y solicitaron su inhibición de participar en las elecciones.