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El FSLN ha sido acusado de cometer fraude electoral desde las elecciones del 2018. LA PRENSA/Roy Moncada

La Ley para inhibir candidatos viola Constitución. Jurista explica “aberración” del régimen

"Esto es la continuidad de las leyes restrictivas del derecho, que van dirigidas a tratar de implementar un proceso electoral que garanticen a los señores Ortega y Murillo que ganen ellos" en las elecciones del 2021, afirmó Gabriel Álvarez, experto en temas constitucionales.

El jurista Gabriel Álvarez afirmó que el dictador Daniel Ortega y sus diputados serán los que alteren el orden jurídico del país, si se aprueba la nueva Ley para inhibir candidatos opositores señalados de ser “golpistas” y promover sanciones a personeros y negocios del régimen, porque se pasaría por encima de la Constitución y la Ley Electoral (331), donde ya se regulan los requisitos para ser candidatos a cargos en una elección.

“Esto es la continuidad de las leyes restrictivas del derecho, que van dirigidas a tratar de implementar un proceso electoral que garanticen a los señores Ortega y Murillo que ganen ellos” en las elecciones del 2021, afirmó Álvarez, experto en temas constitucionales.

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El régimen pretende cerrar el camino a la oposición con la iniciativa “Ley de defensa de los derechos del pueblo a la independencia, la soberanía y autodeterminación para la paz”, que inhibe de “optar a cargos de elección popular” a todo nicaragüense que la dictadura le señale de dirigir o financiar “golpes de Estado”, así como gestionar y celebrar sanciones de gobiernos extranjeros a funcionarios y al gobierno orteguista.

FSLN cerró camino a cambios constitucionales electorales

Álvarez explicó que ninguna norma ordinaria, como sería una vez aprobada la nueva Ley, puede legislarse en materia electoral, porque ese es un tema normado claramente en la Ley Electoral que al ser de rango constitucional, ninguna otra ley puede introducir requisitos para decidir las candidaturas en una elección de cargos por voto popular.

El jurista señaló que los artículos 184 y 195 de la Constitución definen que “solo la Ley Electoral puede disponer en los procesos electorales que se realizan en Nicaragua”, por lo que cualquier prohibición adicional para ser candidatos que establezca otra norma no es válida jurídicamente y por tanto no es aplicable.

Si la dictadura quiere incorporar las nuevas censuras contra los opositores deberá reformar la Ley Electoral así como la misma Constitución, y para esta última el proceso es más complejo porque obligatoriamente se hace en  dos legislaturas, de acuerdo al experto en base a las normas. Ese paso significa que los diputados deben aprobar los cambios constitucionales una vez en el período de un año, y al siguiente año hacerlo nuevamente.

La Constitución ya contempla en el artículo 147 que, entre las prohibiciones para ser candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia,  “los que encabecen, o financien un golpe de Estado, los que alteren el orden constitucional y como consecuencia de tales hechos, asuman la jefatura del gobierno y ministerios o viceministerios, o magistraturas en otros Poderes del Estado”.

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Gabriel Álvarez, experto en temas constitucionales. LA PRENSA/ OSCAR NAVARRETE

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Esa prohibición es para aquellos que por medio de un golpe de Estado quiten a un gobierno electo democráticamente, y asuman la jefatura del Estado a través de ese acto ilegal. Eso no es el contexto de los sucedido en Nicaragua.  Las protestas ciudadanas que iniciaron en abril del 2018 lo que demandaban es el adelanto de las elecciones para que por medio de los votos se eligiera a un nuevo gobierno, debido a que el régimen de Ortega es responsabilizado de crímenes de lesa humanidad.

Pero la modificación de la carta magna en este momento sería complejo debido a que la actual Legislatura concluyó el pasado 15 de diciembre, conforme la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y fue formalizado con una sesión de cierre de los diputados.

Aunque la junta directiva, controlada por los orteguistas, citaron a sesionar este lunes 21 de diciembre, será de forma extraordinaria, para aprobarle cuatro leyes enviadas con urgencia por Ortega. Pero la reforma a la Constitución para incorporarle las inhibiciones a los candidatos opositores que quiere el régimen, no podría hacerse por el complejo engranaje legal que debe cumplirse.

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Ese camino lo cerraron los legisladores orteguistas y el régimen de Ortega al negarse a negociar reformas electorales constitucionales con movimientos y sectores opositores que surgieron de las protestas ciudadanas, ya que se la demanda incluía restablecer la prohibición de la reelección presidencial, que el cónyuge de quien está en la Presidencia sea candidato y aumentar el porcentaje de 50 por ciento más un voto para ganar la elección.

Diputados deberían ser inhibidos

Álvarez analizó que los diputados que aprobaron la Ley de Agentes Extranjeros quedarían inhibidos de ser candidatos nuevamente en las elecciones nacionales previstas para noviembre del 2021, debido a que, explicó el jurista que como consecuencia de la Ley de Agentes están cerrando organizaciones no gubernamentales que trabajaban con poblaciones en situación de pobreza, que quedarán más vulnerable con el retiro de la ayuda.

“De alguna manera se está sancionando a esos ciudadanos nicaragüenses. ¿Quiénes hicieron esto? Todos los diputados que aprobaron la Ley de Agentes extranjeros y el presidente Ortega que la sancionó, no podrían ser candidatos porque causaron un daño a la población por el retiro de las ONG”, sostuvo el jurista.

Quieren controlar hasta las emociones de los ciudadanos

Álvarez refirió que si bien todo Estado tiene derecho a tener regulaciones que prevengan intervenciones militares, golpes de Estado, terrorismo y otros actos de amenaza, el problema en Nicaragua radica en que las leyes “se usan como meros pretextos y maquillaje para realizar actuaciones políticas represivas de derecho”, en contra de los ciudadanos, organizaciones y partidos que suponen un riesgo para la continuidad en el poder de Daniel Ortega.

Una segunda gravedad de la propuesta de Ley de defensa de los derechos del pueblo, son los conceptos anti técnicos, jurídicos y violatorios a la Constitución, al prohibir que sean candidatos hasta las personas que “exalten y aplaudan la imposición de sanciones en contra del Estado de Nicaragua y sus ciudadanos”.

Con esto se extralimita la dictadura al querer controlar las emociones de los nicaragüenses que expresen su apoyo  por las presiones que Estados Unidos, la Unión Europea, Canadá, el Reino Unido y Suiza que ha sancionado de forma individual a unos 22 funcionarios del círculo de poder del régimen, incluidos la vicepresidenta y esposa de Ortega, Rosario Murillo y tres de los hijos de la pareja presidencial. También están sancionadas un grupo de empresas de los negocios familiares del régimen, y la Policía Orteguista.

“Es un concepto tan absurdo en una legislación como esta se pretenda sancionar hasta el acto de aplaudir. El Estado de Nicaragua es suscriptor de varios instrumentos internacionales sobre respeto a derechos humanos y la democracia, como la Carta Interamericana de Derechos Humanos y los tratados comerciales como el Acuerdo de Asociación con la Unión Europea, y las autoridades están obligados a cumplirlas, y los ciudadanos demandamos hacerlo”, explicó el jurista.

Para Álvarez es “una aberración total” la confusión de los intereses públicos con los de ciudadanos particulares que se pretende con la nueva Ley, cuando desesperadamente apunta el régimen a amenazar jurídicamente con cercenar los derechos políticos, solo por estar de acuerdo en que funcionarios de la dictadura sean sancionados por sus actos de corrupción y de represión, que han sido documentadas por organismos defensores de derechos humanos y que son la base de los gobiernos para aplicar las medidas.

“Se están afectando los intereses del país por proteger a los ciudadanos particulares que decidan los señores Ortega y Murillo, que no pueden ser tocados”, cuestionó el experto en materia constitucional.

 

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