Frente a una inminente condena de 12 años de prisión quedó este lunes el sujeto de iniciales B.C.P., de 20 años, después que fue declarado culpable del delito de abuso sexual en perjuicio de una adolescente de 15 años.
Esto porque el Código Penal establece que la única condena a imponer a quien es declarado culpable de abuso sexual en perjuicio de niño, niña o adolescente es 12 años, que es la pena máxima por ese delito. Si la víctima fuera mayor de edad, la condena iría de cinco a siete años de prisión.
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Los hechos por los cuales el juez Cuarto Especializado en Violencia de Managua, Harold Leal, declaró culpable a B.C.P. acontecieron el 31 de diciembre de 2020 en un barrio del Distrito Seis de Managua.
En esa fecha la menor de edad se dirigía a hacer un mandado de su mamá, cuando se topó en la calle con su vecino B.C.P., quien al pasar cerca de ella le hizo tocamientos lúbricos en las caderas.
Testigos intentaron salvarlo
En el juicio que concluyó este lunes con el fallo de culpabilidad, declararon dos mujeres ofrecidas como testigos por la defensa de B.C.P., quienes en un esfuerzo por ayudar al acusado aseguraron que la víctima del abuso sexual es una mujer mayor de edad y no la adolescente de 15.
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“Independiente de la edad, la ley castiga el abuso sexual, aunque así sea una persona adulta a quien le tocan sus partes sin su consentimiento”, manifestó el juez Leal al dictar el fallo de culpabilidad.