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El Ministerio de Gobernación podrá discrecionalmente determinar a quiénes someterán al control con la “Ley Putin” LAPRENSA/ARCHIVO

Régimen orteguista emitió de forma oculta una norma para prohibir a ONGs desarrollar programas para “asuntos políticos”

La aprobación de la normativa no fue hecha pública por el Ministerio de Gobernación en abril, pero esta se filtró recientemente. Esta incluye nuevas multas monetarias contra las ONGs que la incumplan

El Ministerio de Gobernación aprobó en abril de  este año una nueva normativa para la supervisión y control de organismos sin fines de lucro (ONG) donde prohíbe incluir en sus proyectos, programas o acciones de tipo político partidario, bajo advertencia de consecuencias legales. Además, aclara que no pueden intervenir en los asuntos políticos del país.

La aprobación de la normativa no fue hecha pública por Gobernación, pero esta se filtró recientemente.  Incluso la normativa estableces multas monetarias para aquellos organismos civiles que la incumplan.

Para Marling Sierras, directora ejecutiva del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) esta nueva normativa vino a legalizar lo que de hecho o en la práctica ya estaba pasando con las las organizaciones sin fines de lucro. Según Sierras el propósito del régimen orteguista con esta normativa es callar las voces críticas y evitar que haya auditoria de la sociedad civil sobre el actuar del gobierno.

Es inconstitucional pretender mediante una normativa cerrar espacios cívicos de sociedad civil y tratar de evitar la auditoria social que hacen las ONG, que es dar seguimiento a la gestión gubernamental y denunciar actos de corrupción si los hay. Nos quieren ver como asistencialistas nada más.  Suplir lo que falta”, dijo Sierras, cuya organización fue despojada de su personería jurídica en el 2018 junto a otras organizaciones similares.

El artículo 7 de dicha normativa dice que “el representante legal de las organizaciones sin fines de lucro debe firmar una acta compromiso ante el Departamento de Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, obligándose de forma clara y precisa no incluir en sus proyectos, programas o acciones de tipo político partidarios, sean estos de forma directa o indirecta, mencionando conocer las consecuencias legales que se derivan del incumplimiento de las mismas”.

Establecen nuevas multas para ONGs

Así mismo, entre las obligaciones, numeral 5 ordena que las organizaciones no pueden intervenir en asuntos políticos partidarios ni violentar los objetivos para los que fue creada.

“Desde que fundamos Hagamos Democracia nunca hubo restricción de ese tipo. Nosotros fuimos formadores de líderes de diferentes partidos políticos, capacitábamos sobre liderazgo, sobre derechos humanos y políticos, fomentamos el debate público. Capacitamos sobre la defensa del voto, todo se hizo de forma transparente, lo que pasa es que ahora el régimen busca reprimir más a las sociedades civiles, porque persigue su control total”, expresó Luciano García de Hagamos Democracia, que también fue despojada de su personería jurídica.

La nueva normativa también incluye nuevas multas monetarias contra las ONG, entre estas:

  1. No presentar sus estatutos al Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación en La Gaceta, Diario Oficial, del Decreto de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la Asamblea Nacional; multa de C$2,500.00
  1. Por no informar periódicamente sobre cambios internos, tales como: Cambio de Representante Legal y Directivos, Cambio de Razón Social, Reforma de Estatutos, Dirección, Teléfonos, Junta Directiva ya sea nacional y/o del país de origen, cambio de domicilio, sustitución y/o revocación de poderes, multa de C$2,500.00
  1. No desarrollar medidas que garanticen que sus bienes y recursos que conforman su patrimonio no provengan de actividades ilícitas, circunstancia que podrá ser constatada por las autoridades competentes de acuerdo con los procedimientos legales, multa de C$5,000.00
  1. Realizar operaciones financieras a través de canales no regulados, multa de C$5,000.00.
  1. No verificar la identidad y la buena reputación de sus donantes y beneficiarios, así como de sus ONG asociadas (Nombre, dirección, teléfono, copias de documentos de identidad, antecedentes legales datos legales de ONG de otras nacionalidades), multa de C$5,000.00.
  1. No informar al Departamento de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de las gestiones previas a la recepción de donaciones provenientes del exterior, así como el destino final, multa de C$5,000.00.
  1. No cumplir con algunos de los requisitos legales establecidos para la recepción de donaciones provenientes del exterior, así como el destino final de estas, multa de C$5,000.00.
  1. No presentar sus Estados Financieros después de seis meses, multa de C$5,000.00.
  1. No llevar el Libro de Actas, de Asociados, de Contabilidad (Diario y mayor), multa de C$2,000.00.
  1. Incumplir con alguno de los requisitos para presentar los estados financieros que el MIGOB publique, multa de C$5,000.00.
  1. No promover y desarrollar políticas de transparencia, integridad y confianza pública en la administración y manejo de la OSFL, multa de C$5,000.00.
  1. Incumplir con alguno de los requisitos para la cancelación del Registro y Número Perpetuo, multa de C$5,000.00.
  1. No conservar los registros de las transacciones nacionales e internacionales por al menos 10 años, multa de C$5,000.00.
  1. No conservar los registros financieros con desgloses detallados de ingresos, egresos y donaciones por al menos 10 años, multa de C$5,000.00.

Reincidencia en el incumplimiento del pago de las multas, tendrá como consecuencia.

La nueva normativa establece que si las ONgs desde la perspectiva de Gobernación no cumplen con el pago las multas, se enfrentarán a las siguientes sanciones:

  1. Duplicar el monto de las multas.
  2. Intervenir administrativamente a la ONG de persistir con el incumplimiento.
  3. En caso de que la ONG haya incurrido en los literales a y b del presente artículo, se solicitará a la Asamblea Nacional la cancelación de la personalidad jurídica.
  4. También incluye la intervención administrativa por no actuar apegadas a los fines y objetivos por los cuales se les otorgó la Personalidad Jurídica.

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