Ronald Iván Henríquez Delgado tiene casi tres años tratando de inscribir en el Registro Público de la Propiedad de Rivas una propiedad de 24 manzanas que heredó de su padre Francisco José Henríquez, ya fallecido. Pero algo que podría ser una simple gestión se ha convertido en una seria preocupación para pobladores y abogados, debido a la aparente orientación del Gobierno de no dar trámite a la compra-venta de terrenos que serían afectados por la Ley 840 o Ley del Gran Canal de Nicaragua.
Henríquez Delgado ha intentado inscribir la propiedad, situada en el sector de Cruz Verde de Tolesmayda, pero los documentos están retenidos en la Renta (Dirección General de Ingresos) sin ninguna explicación, verbal o escrita y no los ha podido llevar a inscribir al Registro Público, denunció.
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El afectado argumentó que como su caso hay un montón, pero nadie lo denuncia por temor. “Hasta los abogados tienen miedo de hablar, pero esto es un problema bien grande y un atropello al derecho que tenemos los nicaragüenses a tener una propiedad, disponer de ella, venderla, regalarla, hipotecarla o como en mi caso que esa tierrita será la herencia de mis tres hijos”, expresó.
Este campesino originario de Tolesmayda, municipio de Buenos Aires, en el departamento de Rivas, asegura que lo único que le han comentado es que hay una disposición del Gobierno, que quien vive o tiene propiedades en la ruta del canal, o donde van los subproyectos, “no puede vender ni comprar, ya ni préstamos en los bancos sobre esas propiedades quieren hacer, pero lo que a mí no me gusta es que no inscriben nada y se quedan con los documentos y me da miedo que los den por perdidos o más adelante mi propiedad aparezca con otro dueño”, precisó Henríquez
Abogado confirma igual situación
Ledys Bello, abogado y notario de Rivas, dijo que al menos seis de sus clientes, la mayoría del municipio de Tola, no han podido legalizar la compra-venta de sus propiedades, porque el Registro Catastral y la DGI en Rivas se han convertido en las principales trabas para estos trámites, violando el principio constitucional del derecho a la tierra que tenemos los nicaragüenses, así como disponer de la misma, comprar, vender, donarla o heredarla, comentó.
Interés nacional
Bello explicó que a los abogados rivenses no les han dado a conocer ninguna circular al respecto y cuando ellos preguntan por qué no les hacen los trámites solo les responden que son zonas de “interés nacional”.
“Las trabas principales son el Catastro, donde por vía de la notificación nos dicen que no se pueden aprobar los planos topográficos, ya sea porque el mapa gráfico del Catastro donde se ubica la propiedad está en proceso de actualización, o porque hay un error de los grados de latitud, o porque la propiedad no está registrada, en fin dan cualquier justificación y no hacen el trámite”, comentó el abogado.
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Este profesional del derecho cuestionó el hecho de que la DGI se convierta en otra entidad que pone trabas a la legalización de propiedades, cuando su función es cobrar impuestos.
“El colmo es que hay clientes que ya les han aprobado el plano, les han entregado su certificado catastral, llevan la solvencia municipal, y en la renta no le cobran y sin la boleta de pago de la renta no se puede inscribir en el Registro Público de la Propiedad en Rivas”, detalló.
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Según Bello, el ciento por ciento del territorio de Tola no se está inscribiendo, solo en algunos casos donde los clientes son extranjeros, el mayor problema lo tienen los nacionales, apuntó. Otros municipios afectados parcialmente son Rivas, San Juan del Sur, San Jorge, Buenos Aires y parte de Potosí, indicó.
Dos años en los mismo
La abogada Jacqueline Guevara dijo que este problema va sobre dos años en Rivas, al punto que ella ya no hace trámites de propiedades donde no las quieren registrar. “A mí me gusta hablarle claro a los clientes, y si está vendiendo o comprando por la ruta canalera, los subproyectos, cerca del mar o la zona fronteriza, de una vez les digo que no le puedo hacer el trámite, porque no se los van a inscribir”, afirmó.
El proceso de inscripción
El comprador de un terreno tiene que llevar su plano topográfico con la copia de escritura de compraventa al Registro Catastral para que le aprueben el plano y le extiendan un certificado.
Luego debe llevar esos documentos a la Dirección General de Ingresos (DGI), acompañado de la solvencia municipal, para que le calculen cuánto le corresponde pagar en impuestos, y tras cancelar el pago de impuesto, la DGI extiende timbre y comprobantes de pago, para que haga el último paso, que es inscribir la propiedad en el Registro Público de la Propiedad.