DGI, Precios de Transferencia, Nicaragua,

Fachada de la Dirección General de Ingresos (DGI). LAPRENSA/Archivo

Cosep analizará impacto de medida de la DGI

Sorprendidos se mostraron los empresarios ante la decisión de la Dirección General de Ingresos (DGI) de elevar a 160 millones de córdobas de ingreso bruto anual el requerimiento para que una persona, natural o jurídica, pueda ser clasificada como gran contribuyente.

Sorprendidos se mostraron los empresarios ante la decisión de la Dirección General de Ingresos (DGI) de elevar a 160 millones de córdobas de ingreso bruto anual el requerimiento para que una persona, natural o jurídica, pueda ser clasificada como gran contribuyente.

Razón por la que en 2017 iniciarán un proceso de revisión del posible impacto que traería entre las empresas del país, aseguró el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), José Adán Aguerri, quien expresó que recién se habían dado cuenta y en su momento darán a conocer una posición más acertada sobre el tema expuesto.

“El cambio del piso es comprensible desde el punto de vista que los 60 millones de 2007 cuando se hizo el último ajuste, no son los mismos ahora. Ya las implicaciones sobre las empresas que quedarán fuera y la coordinación que exista para el establecimiento de las que sí serán grandes contribuyentes estaremos a la espera”, manifestó Aguerri al ser consultado en la semanal conferencia de prensa que brinda.

La modificación entrará en vigencia a partir del 17 de enero de 2017 y será aplicable a la renta generada en el 2016.

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Construcción también revisará impacto

El presidente de la Cámara Nicaragüense de la Construcción (CNC), Rodrigo Pereira, manifestó que más del 60 por ciento de las empresas de ese sector eran grandes contribuyentes y que ese sorpresivo cambio expuesto por la DGI, tendrán que analizarlo detenidamente.

“Habrá que analizar el impacto real y determinar cualquier aspecto que sea necesario se mejore”, declaró Pereira.

Uno de los beneficios que hasta antes del cambio tenían los grandes contribuyentes, es el hecho de no estar obligados al pago del dos por ciento mensual de sus ventas en concepto de retención de Impuesto sobre la Renta (IR), pero que al término del año fiscal sí deben declarar y pagar el IR del ingreso bruto total que corresponda.

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El inconveniente

Esa reclasificación de la DGI llega en momentos cuando a partir del próximo mes comienza el plazo de tres meses (hasta el 31 de marzo) que tienen los contribuyentes para hacer la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta correspondiente al año fiscal 2016.

Se trata de más de 24,000 contribuyentes los que cada año declaran impuestos en el país, según datos de la Dirección General de Ingresos (DGI).

Pero, ¿cuál es el inconveniente tras el cambio? El especialista en materia tributaria, Benjamín Hernández, sostiene que el gran contribuyente está exento de retenciones del IR, razón por la que a la DGI no le conviene que todo ese ochenta por ciento (que hasta en los últimos años no se clasificaba como gran contribuyente) sean exentos del pago (retención) del IR.

“Entonces ahora le sube, para que menos empresas calcen en esa clasificación. O sea está filtrando para que menos empresas sean grandes contribuyentes”, explicó.

Al no ser sujetos de retención del IR mensual, Hernández añade que estos flujos se liberaban a favor de las empresas consideradas grandes contribuyentes.

En la normativa y su apartado tercero se lee: “La presente disposición administrativa general deja sin efecto cualquier otra que se le oponga”.

Aun con todo los “sorprendidos” empresarios, primero analizarán todas las implicancias para posteriormente sentar una postura al respecto.

Economía DGI Dirección General de Ingresos archivo

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