Gran consternación e indignación nacional ha causado el asesinato de cinco miembros de la Policía, tres de ellos voluntarios, ocurrido el fin de semana pasado en una zona rural de Bluefields, Región Autónoma del Caribe Sur. Santos Andrés Sevilla Castro, Roberto Granados, Wilber González, Jorge González y Wilbert López, son los nombre de los cinco compatriotas que fueron asesinados cuando cumplían sus funciones de servicio público.
Según la primera información oficial, los cinco policías fueron asesinados por delincuentes que los atacaron a balazos para rescatar a un individuo que había sido capturado bajo la acusación de violencia conyugal. Esta versión no ha sido confirmada por fuentes independientes, pero llama la atención que la detención de un individuo acusado de golpear a su mujer pudiera ser causa de la espantosa masacre de cinco personas policías.
Como suele ocurrir en estos casos, el control de las informaciones oficiales y la falta de credibilidad de las autoridades motiva especulaciones entre la ciudadanía, entre la cual se comenta que el crimen podría haber sido cometido por una banda de alzados en armas con motivos políticos. Sin embargo, cualquiera que haya sido el motivo del asesinato de estos policías, compatriotas nicaragüenses y seres humanos por encima de todo, el hecho merece la condena unánime de toda la sociedad.
Aunque las circunstancias sean distintas, el asesinato de los cinco policías a manos de individuos pertenecientes a una banda criminal que la Policía supuestamente ya ha identificado, merece tanto repudio y condena como las masacres de personas civiles indefensas cometidas por miembros de la Policía en Las Jagüitas, el 11 de julio recién pasado, y en El Carrizo, el 8 de noviembre de 2011.
Nada justifica privar de la vida a una o varias personas, quienes quiera que sean. La vida humana es sagrada. El derecho a la vida es el bien jurídico primordial y superior de la persona y la sociedad, es la razón de la dignidad y la base de todos los derechos humanos, porque sin vida nada de todo lo demás tiene valor y ni siquiera es posible.
La Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la comunidad internacional en 1948, después de la muerte de unos sesenta millones de personas durante la segunda guerra mundial, estableció en su artículo tercero, como principio esencial, que “todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Por su parte, la Constitución de Nicaragua consigna de manera solemne, en su artículo 23, que “El derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana. En Nicaragua no hay pena de muerte”.
En realidad, la vida de la persona no puede ni debe ser suprimida ni siquiera como castigo de la justicia penal a quienes a su vez han quitado violentamente la vida a otras personas, mediante homicidios o asesinatos. Ya son muy pocos países los que conservan la pena de muerte, algunos democráticos como EE.UU. y otros brutales dictaduras como Corea del Norte, pero la comunidad internacional ejerce sobre ellos una gran presión para que la quiten de sus legislaciones y sus prácticas penales.
Y aquellos países que no tienen legalmente la pena de muerte pero practican ejecuciones extraoficiales, son despreciados por el mundo entero.
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