Temario para la certificación antilavado

Durante la semana pasada la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), emitió el temario y guía para la evaluación relativa a la certificación de auditores, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, documento muy esperado tanto por las personas que aspiran a obtener dicha certificación como por los capacitadores a fin de tener claros los temas en los que deben enfocar su programa de estudio.

Durante la semana pasada la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), emitió el temario y guía para la evaluación relativa a la certificación de auditores, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, documento muy esperado tanto por las personas que aspiran a obtener dicha certificación como por los capacitadores a fin de tener claros los temas en los que deben enfocar su programa de estudio.

El objetivo general del temario es el que los auditores, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en la materia, cuenten con un estándar mínimo de conocimientos en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo con el fin de propiciar un mejor y mayor cumplimiento en el régimen de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 400 Bis (delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita ) o 139 Quáter (delito de financiamiento al terrorismo ), ambos del Código Penal Federal, al que están sujetas  las entidades y personas supervisadas por la CNBV.

El primero de los temas a conocer tiene como objetivo el que el participante conozca un universo básico de definiciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo reconocidas por la comunidad internacional y aquellas previstas en tratados internacionales en la materia; la relación existente entre ambas conductas ilícitas, sus diferencias, así como los tipos penales y penas aplicables de conformidad con el ordenamiento jurídico mexicano. Adicionalmente, deberá distinguir las diversas etapas o procesos del lavado de dinero a que refiere la mayoría de la doctrina; de igual manera conocer las nociones básicas sobre los antecedentes legislativos en materia de prevención de dicho delito.

Por otra parte el participante deberá conocer el objeto, estructura y funciones, de los organismos y foros de carácter internacional que participan en la prevención y combate del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; así como identificar el contenido y alcance de los principales documentos y principios emitidos por dichos organismos y foros.

También dicho participante deberá conocer las bases sobre las cuales se ha construido y desarrollado el régimen de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en el sistema financiero Mexicano así como conocer las funciones de las autoridades y órganos que participan en la regulación, supervisión, detección y combate del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en México, así como las tipologías publicadas por la Unidad de Inteligencia Financiera.

Finalmente auditoría en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo el participante, entre otros temas, deberá conocer la importancia de las funciones de la auditoría interna y externa de conformidad con documentos tanto internacionales como nacionales. De igual forma deberá conocer las funciones y características del oficial de cumplimiento, el Comité de Comunicación y Control y nociones de la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Como lo he mencionado en repetidas ocasiones, la certificación de la CNBV en los aspectos aquí descritos es una práctica muy recomendable a ser implementada por las diversas autoridades financieras de la región a fin de, entre otros beneficios, contar con mejores profesionales que en el desarrollo de sus funciones diarias auxilian en el régimen de prevención a través de la detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los delitos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Ya lo dijo Séneca: “¡Estudia! No para saber una cosa más, sino para saberla mejor”. ¿Qué opinas estimado lector?

*www.garciagibson-consultores.com
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