Carlos Alberto Guadamuz. LA PRENSA/ ARCHIVO

Interpretaron ley “a la medida de empleadores””

Desde el punto de vista legal la sentencia 591, emitida el 14 de agosto pasado por el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones (TNLA), violenta no solo los derechos humanos del trabajador demandante, sino varios artículos de la Ley 516, Ley de Derechos Laborales Adquiridos, sostiene el abogado del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Carlos Alberto Guadamuz.

 

 

Desde el punto de vista legal la sentencia 591, emitida el 14 de agosto pasado por el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones (TNLA), violenta no solo los derechos humanos del trabajador demandante, sino varios artículos de la Ley 516, Ley de Derechos Laborales Adquiridos, sostiene el abogado del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Carlos Alberto Guadamuz.

[doap_box title=»Más críticas contra justicia laboral» box_color=»#336699″ class=»aside-box»]El dirigente de la Federación Democrática de Trabajadores del Servicio Público (Fedetrasep), Álvaro Leiva Sánchez, criticó que la justicia laboral y el Tribunal en particular no ha llenado las expectativas del sector. En especial cuando las causas son contra el Estado, ya que las mismas no prosperan. Mencionó Leiva Sánchez que el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones debe garantizar el principio de celeridad procesal, pues como parte de los objetivos del mismo es resolver los recursos en función del debido proceso y la no retardación de justicia. Menciona el caso del extrabajador de la Dirección General de Ingresos (DGI), José Tomás Gómez Leiva, quien interpuso un recurso de retardación de justicia, pues en primera instancia, después de seis meses aún no se pronuncia, cuando el tiempo es de diez días. Por ello presentó un recurso al tribunal y después de más de un mes no ha resuelto. Igual dijo está su caso contra el Ministerio del Transporte e Infraestructura, que desde 2009 no evacúa el Tribunal del Trabajo.[/doap_box]

Menciona que, por ejemplo, la sentencia violenta el artículo 1 de la Ley 516, que establece que los acuerdos entre un empleador y un empleado se basan en un derecho laboral adquirido, por tanto tiene un valor juzgado y en este caso “sí hubo un salario pactado”, dice Guadamuz.

Por tanto, a criterio del defensor de derechos humanos, tanto ese tribunal como el juez de primera instancia anularon totalmente esa ley, pues la sentencia establece incluso que se pueden modificar las condiciones de los trabajadores.

Guadamuz considera que los magistrados que firmaron la sentencia de mayoría en la demanda que hizo Silvio Antonio Ortiz, representado por el abogado Rodolfo Marcel Fullerton Dixon, contra las empresas Transportes Multimodales de Nicaragua SA y Arrendadora Global SA, cuya representante legal es Liza Lacayo Solórzano, hicieron interpretaciones “totalmente adaptadas a la medida de los empleadores”.

En este caso Ortiz, quien trabajó para esas empresas, devengaba un salario variable basado en un salario básico, incentivos y comisiones. Y a partir de julio de 2012 hasta noviembre, cuando fue despedido, le fue establecido por “acuerdo mutuo” y verbal, un salario fijo de 1,250 dólares como salario y 300 dólares por combustible por cada empresa.

[doap_box title=»Más críticas contra justicia laboral» box_color=»#336699″ class=»aside-box»][/doap_box]

Según la sentencia 591, quedó demostrado que la parte demandante, “una vez ejecutado el cambio salarial acordado no planteó ningún reclamo ante las autoridades judiciales del trabajo, que son los únicos competentes para dirimir un conflicto jurídico laboral de esta naturaleza”.

“No está demostrado que hubo acto de protesta”, expresó el máximo tribunal laboral que concluyó que “la modificación de salario pactado por ambas partes no fue nada ilegal, ni arbitrario”.

Dos magistradas razonaron su voto de disentimiento de la sentencia por mayoría: la magistrada Ana María Pereira Terán y Maribel Mena Maldonado, quienes recuerdan que los derechos reconocidos en la legislación laboral son irrenunciables.

Lo grave que considera Guadamuz al analizar la sentencia es que a través de la misma destaca un hecho contemplado por las dos instancias judiciales, como es el hecho de que la carga de la prueba corresponde al actor (demandante), lo que consideró es muy peligroso.

“Están desnaturalizando el derecho laboral y lo hacen prácticamente civilista”, opinó Guadamuz, tras apuntar que el Código del Trabajo plantea que el derecho procesal laboral es inquisitivo. “Esto significa que el juez puede investigar, retomar algunas pruebas”. Y en este caso incluso los miembros de la junta directiva de las empresas atestiguaron en el caso, por lo tanto, considera Guadamuz, el Estado protegió las necesidades empresariales. “Se ve que hay cambio de jurisprudencia de un sistema laboral protector, ahora viendo un sistema laboral adecuado a las necesidades empresariales”, sostuvo Guadamuz.

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COMENTARIOS

  1. romeo
    Hace 12 años

    y se supone que por ser «abogados laborlistas» estan ahi!, no son mas que una verguenza para los abogados esos supuestos magistrados y el juez que emitio la primera sentencia, todo se resume en una palabra INCAPACIDAD INTELECTUAL. esos tipos no conocen ni de etica ni de conciencia. felicidades a las magistradas dignas que razonaron su voto y al mismo tiempo preservaron su integridad como personas y sobre todo como profesionales del derecho laboral.

  2. El Nica
    Hace 12 años

    Poco a poco las leyes van mermando pero un solo manipulador : los pactos sigue de fama el COSEP a logrado un exito Luis Barbosa por debajo de las leyes un perdedor y al final el pueblo queda en la esclavitud ,abogados
    y derechos humanos a la deriba el tiempo agota y el ciudadano sin futuro
    los graduados de la universidades ; graduados por doquier sin esperanza de un trabajo sin ley de protecion. Solo Dios que ve las amarguras puede
    dar la mejor bendicion un pueblo sin Dios es un pueblo sin libertad.

  3. Byron
    Hace 12 años

    Yo quisiera saber que opina el «lider de los trabajadores» Luis Barbosa de este caso que vulnera los derechos de los trabajadores, ahora que es el contubernio Ortega-Cosep el que los viola, ya que Ortega es su jefe y Barbosa solo es una caja de resonancia. Veremos.

  4. "Rebelión en la granja"; "1984" (George Orwell)
    Hace 12 años

    Este tipo de sentencias se dan todos los días. Siempre las interpretaciones favorecen a las grandes empresas y después reciben el paquetito de dólares a domicilio. Todo el sistema judicial está completamente corrupto y esto es sólo una gota de agua en el océano de la corrupción gubernamental.

  5. Jose Victorino Ríos Urbina
    Hace 12 años

    Publiquen mi comentario, no como ayer que no lo hicieron.
    Esos magistrados y los jueces subastan las sentencias al mejor postor, a mi me consta llevo varios casos y ellos en sus sentencias litigan contra el trabajor.

  6. todoloestanpreparandoparaelcanal
    Hace 12 años

    Todo lo sucedido en esta sentencia, es una antesala para los pobres trabajadores del llamado gran canal interocenico, este gobierno esta acostumbrado a pisotear la leyes de este pobre pais como le convenga, esto ya sera ley acuerdense de mi

  7. mac
    Hace 12 años

    Seran parte de los acuerdos con el Cosep o una forma de medir como sera una reaccion de trabajadores en relacion a una demanda laboral a las autoridades del supuesto canal

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