Elízabeth Romero
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[/doap_box][doap_box title=»Antecedentes trágicos» box_color=»#336699″ class=»aside-box»]
Según esos registros, la operación en los años ochenta fue realizada por el entonces Ejército Sandinista, que al encontrar resistencia al traslado irrumpió de manera violenta rodeando los caseríos, capturando a la población para encarcelarla en las iglesias moravas y en ciertos casos en bodegas improvisadas, donde eran víctimas de graves torturas y asesinatos. Esta desaparición fue conocida internacionalmente como la Navidad Roja.
“Aquí en los ochenta eran otras circunstancias, había una guerra. Aquí los van a desarraigar de sus culturas y ese es un crimen de lesa humanidad”, aseguró por su parte el secretario ejecutivo de la CPDH, Marcos Carmona.
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De ejecutarse el proyecto de construcción del Canal Interoceánico, necesariamente requeriría de una reubicación de nueve comunidades indígenas y afrodescendientes en la Región Autónoma del Atlántico Sur. Y como consecuencia la extinción de etnias, sobre todo de su lengua y la que más está en riesgo es la Lengua Rama.
Y aunque los indígenas de Suumu Kaat,
Tiktik Kaanu, Rama Cay, Wiring Kay, Monkey Point, Corn River, Graytown serán afectados Bang Kukuk, (Punta de Águila) es, a criterio de Nazario Martínez, primer secretario del Gobierno Territorial Rama y Kriol y Allen Clair, lo que más le preocupa, pues son los únicos pobladores hablantes de la etnia Rama.
“Viene a peligrar más, porque sabemos que tenemos la Lengua en peligro de extinción. Moviendo esa comunidad de allí o interviniendo sobre su cultura y modo de vida, peligra aún más”, advirtió Martínez.
La mezcla con otras poblaciones les afecta y un ejemplo claro son las comunidades de Rama Kay con Bluefields. “Se fue perdiendo la Lengua Rama”, indicó Martínez.
OBLIGADOS A DESPLAZARSE
“Toda vez que no se ha establecido tampoco un mecanismo de consulta previa, en donde se manifiesta la voluntad de los afectados (…) se entenderá que están obligados a desplazarse (…) y obligación a desplazarse en derecho internacional es desplazamiento forzado”, explicó por su parte el asesor legal del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Norwin Solano.
El abogado del Cenidh coincide con los líderes indígenas en que con ese megaproyecto a los indígenas los han marcado a extinguirse, pues recordó que según la cultura y costumbres, estos viven de lo que la tierra les da y el riesgo que corren es la dispersión de comunidades ancestrales.
“El costo etnográfico que va a pagar el Estado de Nicaragua va a ser grande”, indicó Solano, tras señalar que el territorio como expresión vital de cualquier comunidad indígena es un estándar internacional, pues existen antecedentes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el caso Sarayaki, Ecuador, donde se pretendía utilizar una gran cantidad de expansión de tierras indígenas para concesiones petroleras. En ese caso, la Corte estableció que debe haber un proceso de consulta previa libre e informada con la participación de los pueblos indígenas.
Eso implica el derecho a la consulta previa que establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y que en el caso de Nicaragua la misma lo estableció en caso Yatama y Awas Tingni. En el caso Yatama la Corte estableció que a las comunidades indígenas no se les puede imponer un modelo de participación, sino que debe ser de acuerdo con sus costumbres. En el caso Awas Tingni determinó que el territorio es parte de la identidad ancestral, o sea, “cualquier proyecto que el Estado pretenda realizar en ese territorio no puede hacerlo al margen de las comunidades y pueblos indígenas”, apunta Solano.
Allen Clair, por su parte considera que si ellos hubiesen sido consultados de forma previa, ya estarían contemplando una solución.
El caso del Canal es uno de los casos que aparecen en el estudio Impunidad de las Violaciones a los derechos civiles y políticos entre 2007-2013, publicado por el Cenidh. La Corte Suprema de Justicia declaró sin lugar los 32 recursos por inconstitucionalidad introducidos por diferentes sectores en contra de la Ley del Gran Canal, uno de los cuales fue introducido por el Gobierno Rama y Kriol. “La sentencia evidenció la falta de independencia del poder judicial”, señala el estudio. Después de eso los indígenas recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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