Elízabeth Romero
La propuesta de reformas a la Constitución enviadas por el presidente inconstitucional Daniel Ortega, representa una afectación significativa para el Estado democrático de derecho en Nicaragua tanto por el riesgo de militarización como por el aumento de la cuota de poder a la figura del presidente, dice el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), en sus consideraciones enviadas este miércoles a la Asamblea Nacional.
El Cenidh menciona que las reformas le atribuyen a la figura del presidente funciones legislativas a la vez que la quita a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), su facultad de Tribunal Constitucional garante del Estado de Derecho.
A su vez, dice el Cenidh, el proyecto de reformas a la Constitución representa una regresión en materia de derechos humanos en el país «al eliminar los espacios auténticos de participación ciudadana, promover la inequidad en el sufragio pasivo y obstaculizar la democratización interna de los partidos políticos, al restringir pluralismo político, al afectar la Libertad de Culto; y al suprimir el derecho ciudadano de defender la supremacía constitucional y legalidad en el país».
El Cenidh también condena la eliminación del recurso por inconstitucionalidad «que nos desprovee a los ciudadanos del derecho de defender la supremacía constitucional en abstracto en contra de la inobservancia de la supremacía constitucional que pueda hacer el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo».
El organismo defensor de derechos humanos en el país señala que el objeto de eliminar el recurso por inconstitucionalidad es para invisibilizar «las arbitrariedades cometidas por el poder ejecutivo y el poder legislativo y privar de los medios de defensa ciudadano».
Y recuerda el Cenidh que, esto es conforme a la falta de voluntad política que ha mantenido la CSJ en recursos interpuestos en esa instancia en los casos del aborto terapéutico, el canal interoceánico, la Unidad de Análisis Financiero (UAF), y la llamada ley de escáneres, entre otras.
Critica que junto al interés de que en el artículo 60 se le otorgue rango constitucional a la declaración del bien común de la tierra y de la humanidad, debería incluir instrumentos internacionales como: convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer y convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, entre otros.