El presidente inconstitucional Daniel Ortega, reveló que ha pedido a la OEA que mande una misión de acompañamiento de las elecciones municipales programadas para noviembre próximo.
Ortega no habló de la observación electoral nacional independiente, que es tan importante y en algunos aspectos incluso más que la extranjera. Pero de inmediato, organizaciones de la sociedad civil que operan en el ámbito de la construcción democrática y la observación de elecciones, demandaron públicamente que se les autorice participar como observadores en los comicios municipales de noviembre.
Casi al mismo tiempo que Ortega revelara que ha solicitado la observación electoral de la OEA para las votaciones municipales, el partido de oposición PLI puso otra vez en conocimiento de dicho organismo hemisférico que no existen garantías electorales y por lo tanto no hay confianza en que los comicios municipales serán justos y transparentes; pero que el PLI ha decidido participar en las elecciones sin garantías, en base del principio de que en la lucha por la democracia no se debe renunciar a la utilización de los espacios disponibles, en ninguna circunstancia y a pesar de todas las adversidades.
Por otra parte, el organismo cívico denominado Asociación de Abogados y Ciudadanos Democráticos presentó el jueves pasado ante la Fiscalía nacional, una acusación contra los diputados de la Asamblea Nacional, por el delito de “omisión de funciones”. La acusación se basa en que es obligación de los diputados elegir a los miembros de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Supremo Electoral y otras instituciones superiores del Estado, pero no lo han hecho a pesar de que a muchos de los magistrados y otros funcionarios se les vencieron sus períodos desde hace muchos meses y están ejerciendo los cargos de facto y de manera inconstitucional.
Cabe mencionar al respecto que en el artículo 433 del Código Penal de Nicaragua, el cual se refiere expresamente al “Incumplimiento de deberes” en el ejercicio de la función pública, se señala textualmente que “La autoridad, funcionario o empleado público que sin causa justificada omita, rehúse o retarde algún acto debido propio de su función, en perjuicio de cualquier persona, será sancionado con pena de seis meses a un año de prisión e inhabilitación para ejercer el cargo o empleo público por el mismo período”.
Es obvio que no hay ninguna posibilidad de que las autoridades orteguistas atiendan una gestión de participación ciudadana desde abajo, como esa. Ni a la OEA le importa que no haya garantías electorales en Nicaragua. Pero es necesario plantearlas de todos modos, porque la lucha cívica democrática hay que librarla en todas las circunstancias y ante todas las instancias; y porque lo peor que se puede hacer es callar y acostumbrarse a sufrir pasivamente las arbitrariedades y abusos del poder.
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