El 20 de octubre de 2009 algunos magistrados sandinistas que forman parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictaron una falsa sentencia judicial en la que declararon que el artículo 147 de la Constitución Política de la República, el cual prohíbe la reelección presidencial en períodos consecutivos y a quien hubiera ejercido dos veces la Presidencia de la República, no es aplicable a Daniel Ortega.
En un Estado de Derecho esa sentencia sería un delito contra la Constitución, y en todo caso es espuria (es decir, falsa, engañosa, fingida, simulada, falta de ley, de realidad y de veracidad, según la definición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española), porque para aprobarla no se llenó el quórum legal de la Sala Constitucional sino que fue constituido irregularmente con magistrados sandinistas que pertenecen a otras salas de la Corte.
O sea que esa sentencia judicial dictada para facilitar mañosamente la inconstitucional reelección de Daniel Ortega, está viciada de nulidad, la que además fue reafirmada posteriormente por los mismos magistrados orteguistas, que la ratificaron en una Corte Plena completada con algunos conjueces que también fue constituida de manera falsa e irregular.
Pero eso es sólo en lo de forma. En el fondo , la resolución dos veces espuria del 20 de octubre de 2009 es también falsa y nula porque pretende reformar la Constitución por medio de una sentencia judicial, siendo que la misma carta constitucional dispone que solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional, con los votos de 56 diputados, en el caso de una reforma parcial, o con 62 que significan los dos tercios del Poder Legislativo, si la propuesta es de reforma total, es decir, para aprobar una nueva Constitución.
De manera que la espuria sentencia judicial de octubre de 2009, es un típico caso a la nicaragüense de “falso positivo”, como se le llama a algo que pretende ser legal pero que realmente es ilegal y por lo tanto carece de legitimidad. Ciertamente, el concepto de “falso positivo” se refiere a aquella situación de nivel institucional y legal, en la cual se sostiene como verdadero algo que no es cierto, se da como verídico un hecho que no es real, se trata de convertir una mentira en verdad e inclusive se hace un montaje para justificar una acción inmoral o un hecho anormal.
En América Latina se conoció ampliamente el concepto de “falsos positivos” a partir de fines del año 2008, cuando se informó que en Colombia una gran cantidad de jóvenes campesinos habían sido asesinados por miembros del Ejército, que presentaron falsamente sus cadáveres como de guerrilleros pertenecientes a la organización armada narcoterrorista de las FARC, izquierdista, y a las derechistas y también terroristas fuerzas paramilitares.
Según las investigaciones que fueron realizadas no solo por las autoridades colombianas, sino también por las Naciones Unidas, casi 1,800 personas fueron asesinadas y presentadas como falsos positivos. No se comprobó que el Gobierno y el ejército colombianos hubieran instigado aquellos crímenes, pero quedó claro que la política oficial de ofrecer recompensas por los criminales de las FARC y paramilitares derechistas que fueran capturados o muertos en combate motivó a efectivos del Ejército criminales, corruptos y sin escrúpulos, a cometer esos asesinatos para cobrar las recompensas y obtener los ascensos correspondientes.
En Nicaragua, al menos hasta ahora los “falsos positivos” no han sido, afortunadamente, casos de personas asesinadas con el propósito de presentarlas como culpables de alguna supuesta conspiración, de las que suelen inventar los gobernantes totalitarios para justificar la represión y la supresión de las libertades y los derechos de los ciudadanos. Los falsos positivos del orteguismo han consistido hasta el momento en acciones fingidamente legales contra las instituciones democráticas, el Estado de Derecho y la Constitución Política de la República, que son avasalladas por Daniel Ortega para abrirse camino a la reelección inconstitucional, hacia su perpetuación en el poder y la restauración de la dictadura.
Sin embargo, los “falsos positivos”, o sea las apariencias de legalidad, no le dan fuerza de ley y mucho menos legitimidad a las acciones inconstitucionales del orteguismo. Es cierto que basado en el poder absoluto que ha concentrado gracias a su falta de escrúpulos y a la traición de los políticos pactistas que se dicen demócratas, Ortega puede imponer temporalmente sus falsos positivos, como la sentencia judicial espuria del 20 de octubre de 2009 y el decretazo del 9 de enero de 2010. Pero eso no le dará la legitimidad que es indispensable para que pueda haber seguridad jurídica, tranquilidad política y social, gobernabilidad en el país y credibilidad y respeto de la comunidad internacional.
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