De acuerdo con la Constitución Política de Nicaragua, la candidatura de Daniel Ortega a otra reelección presidencial sería inconstitucional, ilegal, ilegítima e inválida absolutamente.
En efecto, el artículo 147 de la Constitución establece de manera imperativa y categórica, que “no podrá ser candidato a Presidente ni Vicepresidente de la República: a) El que ejerciere o hubiere ejercido en propiedad la Presidencia de la República en cualquier tiempo del período en que se efectúa la elección para el período siguiente, ni el que la hubiere ejercido por dos períodos presidenciales”.
De acuerdo con ese artículo de la Constitución, Daniel Ortega tiene dos impedimentos legales insuperables para ser candidato presidencial en las elecciones del 6 de noviembre de este año. Uno, porque está ejerciendo la Presidencia en el período en que se efectuará la elección para el mandato siguiente; y el otro, porque cuando se efectúe la elección de noviembre Ortega ya habrá ejercido la Presidencia dos veces, una en el período de enero de 1985 a abril de 1990, y el otro, del 10 de enero de 2007 hasta la fecha.
En forma legal y legítima, Daniel Ortega sólo podría satisfacer su ambición desmesurada de seguir detentando el poder si se hubiera reformado el artículo 147 de la Constitución y eliminado las dos prohibiciones antes citadas. Pero de acuerdo con la misma Constitución, la cual establece en su artículo 192 el procedimiento para la reforma constitucional parcial, ésta debió ser aprobada, en primera votación, antes del 15 de diciembre pasado, y después ser ratificada por la nueva legislatura que comenzará el próximo lunes 10 de enero corriente.
Cabe destacar que esa reforma parcial de la Constitución no se hizo, porque Daniel Ortega no pudo adquirir el apoyo de todos los 56 votos diputados que son indispensables para poder aprobarla. A pesar de los muchos esfuerzos, presiones y maniobras que hizo Ortega para conseguir esa mayoría legislativa calificada, sólo pudo llegar a 54 votos, o sea que quedó a escasos dos diputados de la ansiada meta que le hubiera permitido legitimar constitucionalmente su candidatura a una nueva reelección presidencial.
Según fuentes de la cúpula del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), que ha sido el socio del FSLN en el pacto para la repartición bipartidista del Estado y la restauración de Daniel Ortega en el poder presidencial, el caudillo de ese partido estaba dispuesto a dar los votos necesarios para la reforma constitucional. Sin embargo, un buen número de diputados del PLC, suficiente para impedir que el FSLN alcanzara los 56 votos, se negó firmemente a claudicar de nuevo ante el orteguismo, ahora en un tema de tanta sensibilidad nacional como sería la reforma constitucional para legitimar otra reelección de Ortega.
Por eso fue que Daniel Ortega, temiendo o previendo que finalmente no podría adquirir suficientes diputados opositores para alcanzar la cifra clave de 56, desde mucho antes de que se venciera el plazo para la aprobación de la reforma constitucional decidió saltar por encima del muro de la legalidad y la legitimidad. De manera que sus magistrados en la Corte Suprema de Justicia dictaron una sentencia espuria resolviendo que el artículo 147 de la Constitución no se debe aplicar a Daniel Ortega.
Luego, Ortega usurpó las atribuciones de la Asamblea Nacional y dictó un decreto —también inconstitucional—, para mantener en sus cargos a los magistrados orteguistas del Consejo Supremo Electoral a quienes se les vencieron sus períodos, con el fin de garantizar la inscripción de su candidatura a la nueva reelección presidencial.
Finalmente, para completar el virtual golpe de Estado que ha perpetrado desde el mismo Estado , Daniel Ortega hizo que la Asamblea Nacional resucitara y diera valor de norma permanente, a una disposición constitucional transitoria de 1987 dictada para una situación específica que fue resuelta en aquel mismo año.
Y no hay ninguna instancia jurídica nacional o internacional, ante la cual se pueda recurrir contra los atropellos de Daniel Ortega a la institucionalidad democrática del país. Ante el Poder Judicial de Nicaragua es inútil hacerlo, porque está sometido al partidismo orteguista y desmoralizado por la corrupción pactista, mientras que la OEA es complaciente con los dictadores de nuevo tipo que atropellan los principios de la Carta Democrática Interamericana de esa misma organización.
Pero de algún modo el pueblo democrático de Nicaragua tendrá que buscar cómo salvarse a sí mismo de una nueva dictadura.
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