Oscar Moncada, directivo de la Asamblea Nacional, desautorizó ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a la diputada sandinista Alba Palacios, después que ella presentara un recurso de competencia y constitucionalidad entre los poderes del Estado, durante la presente semana, relacionado al Decreto 03-2010, emitido por el presidente Daniel Ortega y que amplía el período de funcionarios públicos.
Mediante el escrito presentado por Moncada, se solicita a los magistrados que conforman la Sala Constitucional rechazar ad portas (del latín, “en las puertas”; cuando está muy próximo a acontecer o es inminente un acto) el recurso presentado por Palacios, ya que alega que la parlamentaria no tiene la facultad para realizar un acto que corresponde exclusivamente a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, de acuerdo con la Ley de Amparo.
Para ello, Moncada adjuntó una constancia emitida por el primer secretario de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro, en la que certifica que el pasado 12 de enero, en sesión de Junta Directiva, se sometió una propuesta de introducir ante la CSJ un recurso para promover el conflicto de competencia y constitucionalidad entre los poderes del Estado, la cual fue desestimada en una votación que quedó 4 directivos contra 3.
El diputado Navarro recordó que la propuesta fue presentada por el presidente del Poder Legislativo, René Núñez Téllez, pero votaron en contra los dos directivos del PLC, Moncada y su persona, así como los dos directivos de Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), Alejandro Ruiz Jirón y Carlos García, quedando en minoría Núñez, Palacios y el diputado Juan Ramón Jiménez.
En la reforma a la Ley de Amparo se establece que “los representantes de los poderes del Estado promoverán el conflicto de competencia o de inconstitucionalidad cuando consideren que una ley, decreto, reglamento, acto, resolución o disposición de otro poder invade sus competencias privativas constitucionales.
Dicho artículo señala quiénes son los facultados para impulsar ese mecanismo legal.
“En el Poder Ejecutivo, la decisión corresponde al Presidente de la República; en el caso del Poder Legislativo corresponde esta decisión a la Junta Directiva; en el caso del Poder Judicial corresponde a la Corte Plena y en el caso del Poder Electoral corresponde al Consejo Supremo Electoral”.
Agrega que “si el presidente correspondiente de estos tres últimos poderes no procede como corresponde en un plazo perentorio de cinco días, lo podrá hacer cualquier otro miembro de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional y los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral”, siempre y cuando exista una decisión colegiada.
CSJ SE SUMA A ILEGALIDAD
Para el diputado Wilfredo Navarro, la situación se vuelve más compleja, ya que el Poder Judicial ni siquiera debería tomar en cuenta el recurso de competencia y constitucionalidad, impulsado por Palacios, sin embargo, no lo rechaza como corresponde.
“Lo más grave es que la Corte Suprema de Justicia lo acepte, cuando por ley (Palacios) no tiene la facultad; la función de la segunda secretaria, es la de suplir la ausencia del primer secretario, lo que no ha ocurrido, además de existir una votación rechazando esa posibilidad. Palacios está actuando contra mandato expreso, es una irresponsabilidad, hay mala fe de la CSJ contra ley expresa, porque dice que sólo debe hacerlo la Junta Directiva, no un miembro”, apuntó el parlamentario liberal.
Navarro también cuestiona que el magistrado sandinista Rafael Solís avale la ilegalidad cometida por Palacios.
“Sale un magistrado (Solís) diciendo que es legítima, aquí se puede ver la voluntad totalitaria, la inmoralidad, porque violentan la Ley de Amparo”, insistió Navarro.
RECURSO PARALIZADO
Por su parte, el presidente de la CSJ, magistrado Manuel Martínez, informó que continúa “paralizado”, es decir, sin ser admitido a trámite, el recurso de conflicto de competencia y constitucionalidad entre poderes del Estado que presentó la diputada sandinista Palacios.
No obstante, el magistrado Solís aseguró que el recurso será sometido a discusión el próximo miércoles, cuando se reúnan en sesión ordinaria todos los miembros de la Sala Constitucional.
El magistrado Martínez reafirmó que se mantiene vigente el fallo del Tribunal de Apelaciones de Masaya, que el pasado martes ordenó suspender el efecto del decreto del presidente Ortega, con el que pretende prorrogar en sus cargos a los 25 funcionarios públicos a quienes este año se les vencen sus períodos como funcionarios.
Mientras que el magistrado Solís (beneficiado po el decretazo) sostiene que el Tribunal de Apelaciones de Granada ya suspendió la resolución de Masaya y por tanto, el decreto de Ortega “se mantiene vivo”.
MAGISTRADO SOLÍS Y CUADRA AFERRADOS A SUS “HUESOS”

“Yo acepto el decreto y yo me voy a quedar aquí (en la Corte Suprema de Justicia) el 14 de abril (día en que se le vence su período como magistrado judicial), a menos que la Asamblea Nacional, con una ley, lo haya derogado (el decreto de Ortega). Armengol Cuadra también (se va a quedar como magistrado)”, dijo Solís.
El magistrado judicial indicó que la mayoría de los 25 funcionarios públicos a quienes se les vencen sus períodos van a acatar el decreto del presidente Ortega, y que en la Contraloría General de la República (CGR) el contralor liberal Guillermo Argüello Poessy ya aseguró que se va a quedar en su puesto, a pesar de que su período vence mañana domingo 14 de febrero.
Solís manifestó que otro contralor liberal que se podría quedar en el cargo es Fulvio Palma, y el único que ya declaró que se va es Lino Hernández.
“La Contraloría seguirá funcionando normal con sólo cuatro contralores”, indicó Solís, haciendo referencia a que los otros dos contralores sandinistas, Luis Ángel Montenegro y José Pasos Marciaq, también seguirán en sus puestos después del 14 de febrero.
ACTUACIÓN ILEGÍTIMA
El diputado liberal, José Pallais, coincidió con su correligionario Wilfredo Navarro, en el sentido de que la diputada sandinista incumple con la ley, con tal de alcanzar el objetivo de pretender legitimar un decreto que es inconstitucional.
Pallais menciona que Palacios, al presentar el recurso, incurre en reconocer obligadamente que el Presidente de la República viola la Constitución, al emitir el Decreto 03-2010.
“Miren las contradicciones, tienen que acusarlo de violador, para lograr sus propósitos de lograr una seudosentencia, a través de nuevas artimañas, nuevas arbitrariedades en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y cumplir el objetivo de santificar el decreto a todas luces inconstitucional; lo que vemos es una falta de moral”, concluyó Pallais.
Para Navarro, la actitud de la diputada sandinista Alba Palacios es de actuar contra ley expresa, lo que demuestra la voluntad “totalitaria” que existe en el partido de Gobierno.
“Hay una demostración meridiana de la ilegalidad e ilegitimidad de personería que efectúa Alba Palacios, porque la ley es clarísima, es la Junta Directiva la que aprueba el recurso, y lo que se aprobó ese día (12 de enero) fue pasar a la orden del día el proyecto de ley de derogación del decretazo, con lo que se pretende iniciar el trámite pertinente para enviarlo a comisión, y de ahí se dictamine”, explicó Navarro.
El directivo liberal no descartó que en la próxima reunión de Junta Directiva de la Asamblea Nacional se analice qué tipo de sanciones se le pueden imponer a la diputada Alba Palacios, ya que cometió una falta por usurpación de funciones, al asumir la representación del cuerpo colegiado del Poder Legislativo.
Aunque Navarro no precisó si existe algún tipo de sanción contra un directivo que cometa una falta de esa naturaleza, explicó que se debe hacer al menos un llamado de atención o buscar algún mecanismo para sentar un precedente, ya que después “cualquier directivo se puede libretear”.

Asimismo, el vocero nacional del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), Leonel Teller, rechazó que ese partido u otros de la oposición estén interpretando la ley a su antojo, al cuestionar el recurso por conflicto de poderes presentado por la diputada Palacios.
Teller dijo que en el pasado Navarro ha reclamado que el presidente del parlamento puede presentar un recurso por conflicto de poderes, de oficio y sin el respaldo del resto de directivos. Igualmente, señaló que antes el PLC criticó la presentación de recursos de un tribunal de apelación en contra de otro, como ocurre en la actualidad.
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