Annabelle Sánchez Duarte
Nuestra Constitución Política fue redactada y reformada “en nombre del pueblo nicaragüense; de todos los partidos y organizaciones democráticas, patrióticas y revolucionarias de Nicaragua, de sus hombres y mujeres, de sus obreros y campesinos, de su gloriosa juventud, de sus heroicas madres, de los cristianos que desde su fe en Dios se han comprometido e insertado en la lucha por la liberación de los oprimidos; de sus intelectuales patrióticos, y de todos los que con su trabajo productivo contribuyen a la defensa de la Patria”.
¿No encontramos, pues, una contradicción entre lo que la Constitución Política pretende alcanzar y lo que realmente está sucediendo en la actualidad de nuestro diario quehacer?… Nuestra Carta Magna viene a cobijar a toda persona que se encuentra en nuestro territorio y tiene la finalidad de asegurarle sus derechos, deberes y garantías ciudadanas. Debemos reflexionar si nos estamos apoyando en lo consignado en nuestra Constitución para fortalecer los más altos valores de nuestra nacionalidad o si, por el contrario, nos estamos alejando de ella y estamos anteponiendo nuestros intereses particulares lo cual equivale a ir frontalmente contra el bien común.
Los Artos. 182 y 183 del Capítulo I, del Título X de nuestra Constitución Política contienen los más altos conceptos sobre ella y lo que representa para cada mujer y hombre que habita nuestro país: “la Constitución Política es la carta fundamental de la República; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendrán valor alguno las leyes, tratados, órdenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones”. “Ningún poder del Estado, organismo de gobierno o funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las leyes de la República”.
La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ha recibido el mandato, por ley, de promover el conocimiento y estudio de nuestra Constitución Política. Concretamente, debe velar porque se respete y cumpla el Arto. 46 de la misma, la cual dice: “en el territorio nacional toda persona goza de la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos y de la plena vigencia de los derechos consignados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas; y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos”.
Sin ningún afán de ser o parecer insolente propongo a toda la ciudadanía en general —yo me incluyo— que renovemos nuestro empeño por repasar el contenido de nuestra Constitución Política y poner todos los medios por llevarlo a la práctica. Tengo la certeza que podría ser este ejercicio una buena forma de celebrar nuestras Fiestas Patrias, con una única visión: lograr la igualdad social, económica y política de los nicaragüenses y el respeto absoluto de los derechos humanos.
La autora es doctora en Ciencias de la Educación