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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump. LA PRENSA.

Suspensión de Nicaragua del DR-Cafta dejaría las inversiones estadounidenses al capricho de la dictadura

Beneficios arancelarios del DR-Cafta ya no existen, pero quedan otros que hasta hoy protegen a las inversiones de EE.UU. y desaparecerían si sacan a Nicaragua del tratado

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Mientras crece la expectativa sobre cuál será la medida que aplicará la administración Trump para intentar que la dictadura Ortega Murillo no siga violando los derechos humanos, laborales y el Estado de derecho, especialistas en comercio exterior aseguran que, si imponen un arancel de hasta 100 por ciento, le cerrarán ese mercado a productos que dependen de él, y con ello afectarán a cientos de miles de nicaragüenses que integran esas cadenas productivas. Pero si eliminan los beneficios del DR-Cafta, la mayor afectación será para las inversiones estadounidenses que perderán la protección que les otorga el convenio, advierten.

Las ventajas arancelarias del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, conocido como DR-Cafta, que beneficiaban a los productos que Nicaragua exporta al mercado estadounidense, ya no existen. Desaparecieron el 1 de agosto cuando entró en vigencia el arancel diferenciado del 18 por ciento, que el presidente Donald Trump le impuso a los productos nicaragüenses que entran a ese mercado. Sin embargo, existen otros beneficios, entre ellos la garantía de un marco regulatorio y jurídico estable que protege la inversión y los servicios.

«Entonces si suspenden el DR-Cafta la afectación sería más grave para ellos. Porque Nicaragua no tiene grandes inversiones en Estados Unidos, pero en Nicaragua sí hay grandes inversiones estadounidenses en la minería, la industria, la acuicultura, la generación eléctrica, las telecomunicaciones, los servicios financieros y otros servicios. Y esas regulaciones les garantizan, a pesar del contexto actual, cierta certidumbre. Por tanto, si las suspenden, quedarán desprotegidas», explica una especialista en comercio exterior que solicitó anonimato.

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Por otro lado, si impone un arancel de hasta el 100 por ciento, sacará del mercado a varios productos tradicionales que Nicaragua exporta a través del régimen general, entre ellos carne, café, queso, frijoles y otros que garantizan el medio de vida a miles de pequeños y medianos productores, ya que el oro, que es el principal producto de la cesta exportadora del país, puede venderse en otros mercados, aunque por haber inversión estadounidense en el sector minero, también enfrentaría la pérdida de beneficios del DR-Cafta.

Inversiones de zona franca, menos afectadas

La especialista añade que, incluso, las inversiones de zona franca perderían la protección que les proporciona el DR-Cafta que, además, fue el primer convenio comercial que incluyó a ese sector.

Sin embargo, considera que ya sea porque impongan el arancel de hasta 100 por ciento o que suspendan los beneficios del tratado, estas empresas se irán del país. Porque las nuevas reglas las sacarían del mercado estadounidense. Pero para ellas es más fácil porque no son dueñas de una infraestructura, ellas alquilan espacios en los parques industriales, solamente poseen algunas máquinas, que pueden liquidar o trasladar a otro país vecino que les otorgue los beneficios que perderían en Nicaragua.

En cambio, grandes inversiones como las del sector minero, generación eléctrica e incluso la industria no se pueden desmontar de un momento a otros, incluso, si las empresas se van del país perderían gran parte de lo invertido.

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Las medidas que propone la USTR

Una investigación que realiza desde diciembre de 2024, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR por sus siglas en inglés), sustentada en la sección 301 de la Ley de Comercio, determinó que la dictadura Ortega Murillo viola los derechos humanos, laborales y el Estado de derecho; y que estos abusos son irrazonables y perjudican el comercio estadounidense.

Para frenar estos abusos aconseja suspender parcialmente los beneficios del DR-Cafta, aplicar aranceles de hasta el 100 por ciento, de forma inmediata o escalonada en un periodo de hasta 12 meses, a todos los productos que Nicaragua manda a ese mercado; aplicar aranceles de hasta el 100 por ciento a sectores seleccionados inmediatamente; o suspender, de manera inmediata o gradualmente durante 12 meses.

La USTR puso a disposición un sitio que estará disponible hasta el 19 de noviembre, para que cualquier persona deje sus comentarios y opiniones en relación con las medidas propuestas para frenar los abusos de los Ortega Murillo y posteriormente tomará una decisión final.

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Inversiones quedarían expuestas

Otra especialista en comercio internacional que también prefiere omitir su nombre, añade que en el contexto actual del país, dejar sin protección a las inversiones y los servicios es todavía más grave. Porque quedarían expuestas a mayores presiones fiscales e incluso a la expropiación, que es una de las acciones que prohíbe el tratado.

Efectivamente el capítulo 10 del DR-Cafta, referido a las inversiones, establece que ninguna de las partes involucradas expropiará ni nacionalizará una inversión cubierta, sea directa o indirectamente, mediante medidas equivalentes a la expropiación o nacionalización (“expropiación”). Esto sólo podrá ocurrir a menos que sea: por causa de un propósito público; y de una manera no discriminatoria; y el Estado que lo haga tendrá que entregar una indemnización pronta, adecuada y efectiva, que esté apegada al principio del debido proceso.

La indemnización se tiene que pagar «sin demora», y debe ser equivalente al valor justo de mercado que tenga la inversión expropiada, antes de la fecha de expropiación; no debe reflejar ningún cambio en el valor debido a que la intención de expropiar se haya conocido con antelación a la fecha de expropiación; y debe ser completamente liquidable y libremente transferible.

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Otros beneficios para las inversiones

Dicho capítulo también garantiza que los inversionistas transfieran desde y hacia sus países los aportes de capital, utilidades, dividendos, el productos de la venta o liquidación total o parcial de la inversión. También, los intereses, pagos por regalías, gastos por administración, pagos realizados conforme contratos, incluidos los de préstamos, y otros derivados de controversias.

El tratado también garantiza que las inversiones reciban el mejor trato posible. «El texto del Cafta obliga a los países receptores a tratar las inversiones de la misma manera que trata a las nacionales; y el trato de nación más favorecida garantiza que la inversión extranjera reciba el mejor de los tratos que el país le da un extranjero», explica una de las especialistas.

El capítulo de las inversiones establece un amplio y detallado mecanismo para la solución de controversias entre las inversiones y los Estados. Esto a pesar de que el Cafta dedica el capítulo 20 a la solución de controversias. Otra de las garantías que le otorga el capítulo 10 a las inversiones es la prohibición de que las partes le exijan a las empresas nombrar a determinadas personas para ocupar puestos de alta dirección.

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Inversiones quedarían a merced del régimen

A criterio de las especialistas, estas y otras medidas de protección que otorga el capítulo 10 referido a las inversiones, y otros que están plasmados en el capítulo 11 dedicado al comercio transfronterizo de servicios y el 12 de servicios financieros, han garantizado que hasta ahora las empresas estadounidenses gocen cierta estabilidad.

Pero si Estados Unidos le suspende a Nicaragua los beneficios del DR-Cafta, la dictadura Ortega Murillo podrá acomodar a su antojo el marco jurídico y las reglas que rigen las inversiones. Especialmente porque la nueva Ley 1240, Ley de Inversiones Extranjeras, otorga gran discrecionalidad al hijo de los dictadores, Laureano Ortega Murillo, para decidir qué inversión puede ingresar o seguir operando en el país.

Dichas disposiciones junto a la pérdida de la protección que les ofrece el DR-Cafta, dejaría a las inversiones todavía más expuestas a las decisiones arbitrarias de la dictadura en Nicaragua.

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