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El Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) está considerando imponer un arancel de 100 por ciento a todas las exportaciones de Nicaragua en el marco del DR-Cafta como sanción por los «abusos de los derechos laborales, abusos de los derechos humanos y libertades fundamentales, y el desmantelamiento del estado de derecho» por parte del régimen de Daniel Ortega.
El paquete de sanciones se aplicaría en el marco de una investigación que la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) abrió en el marco de la Sección 301, el cual determinó que las violaciones de derechos humos y los abusos de la dictadura son «irrazonables y obstaculizan o restringen el comercio estadounidense».
El informe concluye que la explotación laboral y el «entorno de alto riesgo para las empresas estadounidenses que invierten y operan en el país» satisfacen los requisitos para una respuesta y ofrece múltiples soluciones posibles, incluyendo un arancel universal de hasta el 100 por ciento sobre todas las importaciones nicaragüenses.
Las medidas propuestas también incluyen la restricción de algunos o todos los beneficios para Nicaragua bajo el tratado comercial centroamericano conocido como CAFTA-DR, del cual se han beneficiado las exportaciones nicaragüenses, incluidos los textiles.
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Esto incluye un arancel universal de hasta el 100 por ciento sobre todas las importaciones nicaragüenses, de aplicación inmediata o gradual durante un período de hasta 12 meses. El gobierno también podría decidir aplicar aranceles solo a algunos productos.
Estados Unidos es el principal destino comercial de Nicaragua. El año pasado, el 38.7 por ciento de las exportaciones tradicionales fueron destinadas a Estados Unidos, mientras que las de zona franca representaron el 59 por ciento del total, según datos del Banco Central.
El 10 de diciembre de 2024, de conformidad con la Sección 302(b)(1) de la Ley de Comercio, tras recibir asesoramiento del Comité de la Sección 301 y de los comités asesores, el Representante Comercial de los Estados Unidos decidió iniciar una investigación sobre los actos, políticas y prácticas de Nicaragua relacionados con los derechos laborales, los derechos humanos y el estado de derecho.
En el marco de esta investigación la USTR recibió testimonios de testigos y más de 160 comentarios y réplicas. La investigación también obtuvo testimonios que evidencian ciertas graves violaciones de derechos humanos, las cuales el Representante Comercial de Estados Unidos remite al Departamento de Estado de EE. UU. para mayor investigación, acción y defensa en estos asuntos.
En el informe la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos resume así las propuestas de sanción a Nicaragua:
1.Suspender la aplicación de todos los beneficios del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-DR) a Nicaragua, incluyendo concesiones arancelarias y acumulación de contenido nicaragüense para otros socios del CAFTA-DR, de forma inmediata o gradual durante un período de hasta 12 meses.
2. Suspender la aplicación de algunos beneficios del CAFTA-DR a Nicaragua, incluyendo concesiones arancelarias y acumulación de contenido nicaragüense para otros socios del CAFTA-DR, de forma inmediata o gradual durante un período de hasta 12 meses.
3. Aplicar aranceles de hasta el 100 por ciento a todas las importaciones nicaragüenses, de forma inmediata o gradual durante un período de hasta 12 meses.
4. Aplicar aranceles de hasta el 100 por ciento a algunas importaciones nicaragüenses de inmediato, con aranceles para sectores seleccionados que se implementarán gradualmente durante un período de hasta 12 meses.
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A criterio de la oficina estadounidense «las acciones, políticas y prácticas de Nicaragua provocan la pérdida de oportunidades de inversión y comerciales para trabajadores y empresas estadounidenses, incluso mediante la creación de un entorno de alto riesgo para invertir o realizar negocios. Por ejemplo, los ataques a la libertad religiosa en Nicaragua han llevado al cierre ilegal y la confiscación de instituciones y propiedades religiosas, incluidas iglesias estadounidenses».
Asimismo, «el desmantelamiento por parte de Nicaragua de las protecciones del estado de derecho contra la arbitrariedad gubernamental ha provocado una disminución de la inversión, las exportaciones y la actividad comercial de las empresas estadounidenses, mayores costos debido a multas injustas, impuestos o corrupción, y pérdida de ingresos (o aumento de costos) debido a la falta de cumplimiento de las sentencias judiciales».
Otro impacto que Estados Unidos determinó en cuanto a las políticas del régimen de Ortega es que estas al dañar la economía y el mercado local, las «empresas estadounidenses que buscan acceder u operar en el mercado nicaragüense» se ven afectadas por las consecuencias de estas acciones. «Por ejemplo, las violaciones de los derechos laborales en Nicaragua explotan a los trabajadores, reducen sus salarios y promueven la competencia desleal, lo que resulta en pérdidas de ventas para las empresas estadounidenses, debilita la economía nicaragüense al disminuir la participación y la productividad de los trabajadores, y desincentiva a las empresas a invertir y hacer negocios en Nicaragua».
Llama a proceso de comentarios
La USTR comenzó la solicitud de comentarios sobre la suspensión de la aplicación de los beneficios del Cafta-DR a Nicaragua, incluyendo concesiones arancelarias y la acumulación de contenido nicaragüense para otros socios del Cafta y la fecha de entrada en vigor de dicha suspensión.
Además de la aplicación de aranceles incrementados a las importaciones nicaragüenses, incluyendo el nivel de incremento y la fecha de entrada en vigor de cualquier incremento para sectores específicos.
Los comentarios deben ser enviados por escrito utilizando el expediente correspondiente en el portal https://comments.ustr.gov/s/. Todos los comentarios deben estar en inglés. Para enviar comentarios por escrito, utilice el expediente del portal titulado «Solicitud de Comentarios sobre la Acción Propuesta de conformidad con la Investigación de la Sección 301 sobre las Leyes, Políticas y Prácticas de Nicaragua Relacionadas con los Derechos Laborales, los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, y el Estado de Derecho», número de expediente USTR–2025–0006, según el reporte de la USTR.