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La dictadura bicéfala de Daniel Ortega y Rosario Murillo ordenó una reforma a la Constitución recién reformada para dejar sin nacionalidad nicaragüense a aquellos ciudadanos que adquieran otra nacionalidad. Dichas reformas fueron aprobadas por la Asamblea Nacional la tarde de este 16 de mayo durante una sesión especial por el 130 Aniversario del Natalicio del General Augusto C. Sandino.
Ortega y Murillo enviaron temprano este viernes 16 de mayo la iniciativa para reformar los artículos 23 y 25 y en pocas horas fue aprobada por unanimidad.
Con el texto modificado, el artículo 23 se leerá: «Las y los extranjeros pueden ser nacionalizados, previa renuncia a su nacionalidad originaria. Las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, tienen derecho de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a su nacionalidad.
Y el 25 será: «La nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad».
Sandino como justificación
En el documento firmado por los dictadores, se justifica esta acción citando varios escritos de Augusto C. Sandino relacionados con la nacionalidad nicaragüense.
«La nacionalidad no es un trámite administrativo, sino un pacto sagrado de lealtad. Quien adquiere otra nacionalidad Y jura lealtad a un Estado extranjero, rompe el vínculo jurídico y moral con Nicaragua. No puede existir doble fidelidad: la patria exige compromiso exclusivo», dice textualmente el documento firmado por Ortega y Murillo.

Esta narrativa también fue replicada en los medios oficialistas y en el canal oficial de televisión de la Asamblea Nacional.
«Estas Reformas Parciales a la Constitución de la República de Nicaragua, expresan la profundidad del respeto a la nacionalidad y expresa el pensamiento del General Sandino como una muestra fehaciente de que la lucha sigue, dando los pasos para la profundización de la Revolución y la construcción de la nacionalidad y la defensa de la independencia, la soberanía y la paz. La nacionalidad no es un trámite administrativo, sino un pacto sagrado de lealtad», dice un texto publicado en las redes sociales del Canal Parlamentario.
Según el documento aprobado, esta ley entrará en vigencia luego de aprobada en segunda legislatura y tras ser publicada por La Gaceta, diario oficial. En dicho texto no se especifica si esta ley tiene carácter retroactivo, por lo que se supone que solo afectará a los nicaragüenses que en el futuro quieran nacionalizarse en otro país.

Este cambio representa un giro radical que contradice los principios del derecho internacional en materia de nacionalidad, y atenta directamente contra el derecho de ciudadanía. De hecho, esta disposición se alinea con la estrategia represiva del régimen, que desde 2023 ha aplicado la desnacionalización como castigo político contra críticos, exiliados y opositores.
Precedentes, pero no por motivos políticos
Sí, existen países donde la nacionalidad puede perderse al adquirir otra, pero son casos excepcionales y generalmente aplican en contextos muy específicos. Por ejemplo:
En Países Bajos, la ley establece que los ciudadanos que adquieran otra nacionalidad voluntariamente pueden perder la neerlandesa, salvo algunas excepciones.
Otro caso es el de Japón, que no permite la doble nacionalidad. Los ciudadanos japoneses deben renunciar a su otra nacionalidad antes de cumplir 22 años si tienen más de una.
Finalmente, Alemania es otro ejemplo. Aunque más flexible, tradicionalmente exigía renunciar a la nacionalidad anterior para naturalizarse, aunque ha relajado esta regla para ciudadanos de la Unión Europea o en otros casos justificados.
Sin embargo, en la mayoría de países democráticos, adquirir otra nacionalidad no implica automáticamente la pérdida de la original. La práctica de desnacionalizar ciudadanos por motivos políticos, como la que pretende el régimen de Ortega y Murillo, es ampliamente condenada por organismos internacionales de derechos humanos.