La aprobación de la Ley 996, «Ley de Amnistía», el 8 de junio de 2019 por parte de la Asamblea Nacional —que fue un intento del régimen de Ortega y Murillo por encubrir los crímenes cometidos a partir del 18 de abril de 2018— se convirtió en uno de los fundamentos más relevantes que permitieron al juez argentino Ariel Lijo admitir la causa contra los dictadores Daniel Ortega, Rosario Murillo y 16 de sus colaboradores, puesto que la ley evidenció la parcialidad del sistema judicial nicaragüense.
El caso que se abrió en Argentina en octubre de 2022 avanza respaldado por el principio de jurisdicción universal, que faculta a los tribunales —en este caso, los argentinos— para investigar y enjuiciar crímenes cometidos fuera de su territorio, lo que derivó en una orden de captura internacional emitida por el Tribunal Federal de Argentina el pasado 30 de diciembre de 2024 para los acusados.
Según explicó el abogado Darío Richarte en un foro virtual —quien, junto a un grupo de estudiantes y el abogado Diego Pirota, impulsó las acusaciones contra los dictadores y sus colaboradores en 2022—, la jurisdicción universal se aplica cuando en otros países se violan sistemáticamente los derechos humanos, no existe una justicia independiente y tampoco se ha ratificado el Estatuto de Roma que otorga competencia a la Corte Penal Internacional (CPI), como ocurre en Nicaragua.
«La dictadura había sacado una Ley de Amnistía con la que mostraba su absoluta omnipotencia para decir: ‘Nadie va a juzgarnos a nosotros por los delitos que estemos cometiendo’. Eso fue un marco ideal que se dio para que (…) la justicia argentina abriera la investigación», señaló Richarte durante un foro del Interamerican Institute for Democracy.
El abogado también destacó otros factores relevantes en la acusación, como la tradición argentina en la defensa de los derechos humanos, la sistemática violación de estos derechos en Nicaragua y el hecho de que el país centroamericano no haya suscrito el Estatuto de Roma ni cuente con un sistema judicial independiente.
Agregó que gran parte de las pruebas presentadas ante la justicia argentina se fundamentó en informes de organizaciones sociales y del Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua de las Naciones Unidas (GHREN).
El abogado Darío Richarte durante un foro del Interamerican Institute for Democracy.Captura de pantalla.
Ley de Amnistía evidenció la parcialidad del sistema judicial
A juicio del abogado y secretario ejecutivo del Centro de Asistencia Latinoamericano de Derechos Humanos (Calidh), Danny Ramírez, la Ley de Amnistía demostró que la justicia en Nicaragua no investigaría los graves crímenes cometidos por el régimen tras las protestas. Esto constituyó un elemento fundamental para activar el principio de jurisdicción universal.
«Ante ese contexto de impunidad institucional, analizado a través de la Ley de Amnistía y conforme al derecho internacional, cualquier otro país que así lo decida puede activar la justicia universal, y eso es justamente lo que hizo Argentina», dijo Ramírez.
Aprobación unilateral en medio del fallido diálogo
En el contexto del segundo intento de diálogo nacional, los diputados sandinistas de la Asamblea Nacional aprobaron con 70 votos a favor, el 8 de junio de 2019, una Ley de Amnistía que, entre otros aspectos, pretendió dejar en la impunidad a las más altas autoridades del régimen, señaladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la comisión de graves crímenes contra manifestantes.
El artículo 1 de la ley establece que se concede «amplia amnistía» a todas las personas que participaron «en los sucesos acaecidos en todo el territorio nacional a partir del 18 de abril de 2018 hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley».
Este artículo también dispone que la amnistía se extiende a personas no investigadas, en proceso de investigación o enjuiciamiento, así como a quienes ya cumplían sentencias.
«Por tanto, las autoridades competentes no iniciarán procesos de investigación, deberán cerrar los procesos administrativos iniciados y los procesos penales para determinar responsabilidad así como la ejecución de sentencias, al momento de entrada en vigencia de la presente Ley. Así mismo, las personas que se encuentran privadas de libertad al momento de entrada en vigencia de la presente Ley, deberán obtener su libertad de forma inmediata», señala la ley, que también ordena cancelar los antecedentes penales de los beneficiarios.
No obstante, Ramírez advirtió que esta legislación no detuvo la persecución contra opositores y críticos del régimen.
«Después vimos cómo recapturaron a muchas personas, y cómo ocurrió una huida masiva hacia el exilio, porque, recordemos, en un momento específico, como en marzo de 2019, había casi 2,000 personas presas políticas, previo a que se dictara la Ley de Amnistía y cuando ya se empezaba a hablar públicamente de que esa ley se aprobaría», dijo Ramírez.
Pese al intento del régimen sandinista de borrar el rastro de los crímenes cometidos desde el Estado, Ramírez recordó que estos no prescriben. La Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad de la ONU establece que no vence el plazo para la acción penal ni para la ejecución de la pena por estos delitos.
«El perdón de este tipo de crímenes es jurídicamente imposible. Estas leyes de amnistía se consideran leyes injustas e inexistentes en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos. Que un órgano legislativo las apruebe no significa que tengan validez. En una democracia real, esta ley debe derogarse, porque incluso su redacción establece un perdón inaceptable para los responsables», refirió Ramírez.
Danny Ramírez, abogado e integrante de Calidh. Foto: Cortesía.
Una ley que buscó blindar al régimen
El artículo 2 de la Ley de Amnistía señala que cubre todos los «delitos políticos y los delitos comunes conexos con estos» tipificados por la legislación penal vigente en Nicaragua, excepto aquellos regulados en tratados internacionales suscritos por el país, sin especificar a cuáles se refiere.
Por su parte, el artículo 3 establece que los beneficiarios de la amnistía «deben abstenerse de perpetrar nuevos hechos que incurran en conductas repetitivas generadoras de los delitos aquí contemplados». En caso de incumplimiento, se revocaría el beneficio otorgado por la ley.
Ramírez considera que al institucionalizar esta narrativa mediante una norma jurídica, el Estado se sintió facultado para actuar contra sectores de la población civil que aún no habían sido reprimidos entre abril de 2018 y junio de 2019. Según él, esta misma ley sirvió para justificar y profundizar la represión.
Mesa de diálogo entre la Alianza Cívica y el régimen en los primeros meses de 2019. LA PRENSA/ARCHIVO
Interpol ya identificó a diez acusados
El pasado 18 de febrero, el fiscal argentino que encabeza el caso, Eduardo Taiano, informó a LA PRENSA que la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) envió a los tribunales argentinos la información solicitada sobre 10 de las 16 personas acusadas de crímenes de lesa humanidad cometidos durante las protestas de 2018, para quienes el juez Ariel Lijo emitió órdenes de captura internacional en diciembre de 2024.
«Después de que se pidió la indagatoria con fines de extradición, se pidieron datos a Interpol de estas personas. Ya se informaron de 10 personas. A Interpol se le piden datos de las personas a las que se va a extraditar. Entonces, Interpol ya tiene identificadas a 10», dijo Taiano.
Eduardo Taiano, fiscal federal argentino que lidera la causa contra Ortega, Murillo y 13 de sus secuaces. Foto: LA PRENSA.
La causa sigue abierta
Taiano fue enfático al afirmar que el avance del proceso enfrenta grandes obstáculos, dado que Ortega, Murillo y sus 16 colaboradores no pueden ser juzgados en ausencia.
«Por ahora lo veo difícil. Es muy difícil que salgan de su país, pero es importante para el futuro. No está previsto eso (juzgar en ausencia a Ortega, Murillo y sus cómplices). En este momento estamos con esas limitaciones. Si la persona no va a otro país, Interpol tampoco lo puede detener», dijo Taiano.
Richarte, por su parte, indicó que también se ha solicitado la ampliación de los acusados y de las órdenes de captura con base en nuevos informes.
«Cada vez que el régimen comete un nuevo crimen —persecución a comunidades indígenas, eliminación de personerías jurídicas, desnacionalizaciones, encarcelamiento de opositores—, nosotros ampliamos la denuncia. Y así seguimos, porque la causa sigue abierta», señaló Richarte.
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