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A partir del próximo 12 de abril la administración de Donald Trump probablemente dará inicio al proceso masivo de registro de indocumentados en Estados Unidos, principalmente para aquellos que entraron por las fronteras y no tuvieron ningún contacto con las autoridades migratorias que recopilarán huellas dactilares de estas personas.
La abogada Kathia Quirós explicó en su sitio de Facebook que los migrantes deben consultar a un especialista en leyes de inmigración antes de tomar la decisión de si cumplir con esa orden ejecutiva de Trump para disminuir al máximo el riesgo de deportación que puede implicar entregar al Gobierno su información personal.
Quirós dijo que se espera que el anuncio se haga este 12 de marzo en el registro federal, por lo que a partir de ahí la misma entraría en vigencia el 12 de abril, lo que implicaría que el proceso de inscripción de 30 días empezaría a correr.
«Ahora si usted me pregunta: ¿me tengo que registrar? No, hasta que no hable con un abogado de su caso individual porque registrarse o no es un decisión individual que depende de la situación que usted tenga en este momento. Déjeme darle un ejemplo, si usted ahorita ya tiene una aplicación pendiente, ya metió alguna aplicación migratoria de algo entonces no le afecta si se registra o no, porque si la metió con un abogado que sabe lo que hace y usted califica para lo que está pidiendo pues fabuloso, el dìa que llegue a su entrevista, usted muestra su papel de registración, no le pueden poner multas, no le pueden decir nada, todo bien», explica.
Y prosigue: «Pero si usted es un inmigrante indocumentado, no tiene chance de arreglar en este momento, no sé si le conviene o no registrarse porque sabe Dios qué va a pasar con toda la gente que se registre, si la van a venir a buscar o no, entonces eso es algo que usted debe hablar con un abogado. Entonces a la pregunta me tengo que registrar? La respuesta es no lo sé, depende de lo que le diga su abogado, después de haber analizado su situación».
Pero ¿qué personas no se deben registrar? Según Quirós, con base en la orden ejecutiva firmada por Trump, son aquellas personas que tengan residencia permanente, el refugiado, asilado, el que haya recibido una amnistía, el que haya entrado a Estados Unidos con visa, con parole, el que haya recibido una tarjeta en la frontera, la persona que está en proceso de deportación o que haya recibido una orden de comparecencia en una corte, una persona que fue remitida a la Corte tras perder su caso de asilo en una oficina de Uscis, entre otros.
Tampoco está obligado el migrante con una visa de no inmigrante como el de inversionista o de trabajo, una persona que no tiene visa, pero tiene un sello en su pasaporte que dice que puede permanecer temporalmente en Estados Unidos.
Trump firmó la orden ejecutiva el pasado 20 de enero, la cual denominó Protección del pueblo estadounidense contra la invasión (de inmigrantes), pero fue hasta el 25 de febrero que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) emitió un comunicado donde dio las primeras directrices de quiénes deben completar el registro el cual se hará de manera online.
Las personas obligadas deberán dar al Gobierno toda su información personal, en caso contrario, Trump amenaza con abrir un proceso civil y penal contra ellos, que abarcará multas. La idea del Gobierno es “para rastrear a los extranjeros indocumentados y obligarlos a abandonar el país voluntariamente”, tal como lo establece la Ley de Inmigración y Nacionalidad, la cual buscan revivir.
¿Quiénes deben registrarse? La primera obligación será para todos los migrantes mayores de 14 años o más a quienes no se les tomaron las huellas dactilares ni se los registró al solicitar una visa estadounidense y que permanezcan en Estados Unidos durante 30 días o más, deben solicitar el registro y la toma de huellas dactilares, según el comunicado.
«De manera similar, los padres y tutores deben asegurarse de que sus hijos menores de 14 años estén registrados. Dentro de los 30 días de haber cumplido 14 años, el niño extranjero previamente registrado debe solicitar la reinscripción y que se le tomen las huellas dactilares. Una vez que un extranjero se haya registrado y se haya presentado para la toma de huellas dactilares (a menos que se le exima), el DHS emitirá evidencia de registro, que los extranjeros mayores de 18 años deben llevar y mantener en su posesión en todo momento», indica.
Y agrega: «Es obligación legal de todos los extranjeros no registrados (o niños previamente registrados que cumplieron 14 años) en Estados Unidos cumplir con estos requisitos. El incumplimiento dará lugar a sanciones civiles y penales, que pueden incluir el procesamiento por delito menor y el pago de multas».