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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif)

Ortega vuelve a poner a la banca contra la pared: “Traición a la patria” o exclusión del Sistema Financiero mundial

Analistas consultados por LA PRENSA explicaron que esta ley vuelve a poner en riesgo la relación de los bancos nicaragüenses con el Sistema Financiero mundial, especialmente con las corresponsalías, que son los intermediarios de las transacciones mundiales.

El régimen de Daniel Ortega volvió a poner contra la pared al Sistema Financiero Nacional, ya que a través de una nueva ley obligará a los bancos a incumplir las regulaciones y normas internacionales, ya que les prohibirá que cesen los servicios a los funcionarios e instituciones públicas a los que se les aplica la “muerte financiera” tras recibir sanciones por violar los derechos humanos.

La dictadura envió ayer a la Asamblea Nacional la iniciativa de ley de Protección de los Nicaragüenses ante las sanciones y agresiones externas, donde amenaza con llevar a la cárcel y acusar de traición a la patria a las personas de instituciones financieras reguladas que decidan cumplir con los lineamientos internacionales vinculados con las sanciones que se han aplicado principalmente a funcionarios públicos.

En febrero del 2021 el régimen intentó forzar a los bancos a incumplir dichas regulaciones internacionales mediante una reforma a la Ley de Protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarios, donde prohibió a las instituciones financieras denegar sus servicios a cualquier usuario “por motivos políticos, raza, sexo, género, nacionalidad, idioma, discapacidad, estatus económico o social, condiciones de salud, religión, edad, opinión, estado civil, o cualquier otro motivo”.

Refuerza poderes a reguladores

En ese momento, el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez negó que dicha reforma tuviera como objetivo forzar a los bancos a reabrir las cuentas de los sancionados, sin embargo, la nueva propuesta de ley es explícita, ordena a las instituciones financieras a mantener sus servicios a sancionados o instituciones públicas bloquedas por las regulaciones internacionales. De no hacerlo, serán acusados de traición a la patria, las personas que resulten responsables de una investigación que la misma dictadura abriría contra la entidad que no cumpla su ordenanza.

La nueva ley refuerza el poder, según el artículo 5, de los reguladores de imponer castigos a las instituciones reguladas que apliquen las sanciones emitidas por un Estado o grupos de Estados, gobiernos u organismos extranjeros.

La Ley de los consumidores, Ley 842, ya le daba esa facultad a los reguladores, pero esta vez se incorporó la figura de “traición a la patria”, un delito inventado por la dictadura para encarcelar, desterrar y confiscar los bienes de los opositores, que ahora se pretende aplicar a las instituciones financieras y sus operadores.

Bancos deben cumplir

Además el artículo 6 de la nueva ley permite a los sancionados o instituciones bloqueadas solicitar a las instituciones financieras que reabran sus cuentas o recibir servicios financieros, incluso pedir una compensación acorde a lo establecido en la ley de los consumidores.

El economista y ex reo político, Juan Sebastián Chamorro, explicó que la nueva ley “pone en un dilema al sector financiero, en el sentido de que por un lado va a estar obligado por la ley nacional a mantener cuentas o reabrir cuentas a gente sancionada internacionalmente y a cumplir con normativas internacionales que prohíben que bancos puedan abrir cuentas a personas sancionadas. La decisión la va a tener que tomar el gerente del negocio, una situación muy compleja, un dilema muy estrecho para tomar decisiones o decide una cosa con la amenaza de que te echen preso por traición a la patria y hasta te suspendan las operaciones versus cumplir con las regulaciones internacionales”.

En riesgo las corresponsalías

Analistas consultados por LA PRENSA explicaron que esta ley vuelve a poner en riesgo la relación de los bancos nicaragüenses con el Sistema Financiero mundial, especialmente con las corresponsalías, que son los intermediarios de las transacciones mundiales.

“Si es un producto financiero vinculado con bancos extranjeros, tal es el caso de tarjetas de crédito o transacciones que involucre a bancos corresponsales no van a poder esquivar nada con esa ley (la de Nicaragua), porque aplican la política del banco corresponsal o del emisor de la tarjetas”, explicó un especialista.

Decenas de funcionarios e instituciones públicas vinculadas a la violación de derechos humanos y corrupción han sido sancionados por Estados Unidos y otros gobiernos, estos son automáticamente incorporados a la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), lo que implica muerte financiera.

Las regulaciones de Estados Unidos establecen que ninguna institución financiera de ese país puede tener contacto directa o indirectamente con un bloqueado por la lista de la OFAC, por lo que estas exigen a sus pares mundiales ajustarse a esa exigencia.

Tendrá que modificar leyes antilavado

El especialista consultado por LA PRENSA indicó que tras la nueva ley, el Gobierno tendrá que modificar las leyes antilavado de dinero y las normativas de la Siboif para hacer una exclusión de la implementación de monitoreos antilavado y de las listas de riesgos, lo que pondría a Nicaragua en una posición de incumplimiento de las normas internacionales.

“Bajo esta nueva ley será la Siboif la que determinará la situación de los que aparecen en listas de sancionados internacionales ante la banca nacional. Es la Siboif la que se tiene que pronunciar y la UAF deberá decidir si las transacciones que hagan estos sancionados dan mérito a los supervisores para ser consideradas o reportadas como operaciones de alto riesgo o si los bancos que sigan realizando transacciones con estas personas deben recibir un ROS (reporte de operación sospechosa)”, indica.

¿Conversó el orteguismo con los bancos?

Por su parte, otro analista, que también pide no ser citado, señala que “la primera pregunta que habría que responder es si esta iniciativa de ley ya fue conversada con los bancos. Esta reforma puede que no resuelva el problema del Sistema Financiero con corresponsalías bajo el orden internacional al que estamos subordinados, y bien puede ser que un banco en el proceso de cumplir con esta ley se encuentre con que su banco corresponsal del cual depende para ser funcional en los mercados internacionales le retire esa corresponsalía de no cumplir con la aplicación de medidas a sujetos o instituciones sancionadas”.

“En este caso es importante que los bancos investiguen y vean si se exponen a volverse inoperantes internacionalmente y en todo caso, discutir con el gobierno el asunto. Estando claro de esto, el gobierno puede valorar las opciones que tiene y que menos afecten al país en general. Esto podría no estar claro, porque hasta la fecha no se conocen experiencias con precedentes con el enfoque que estas nuevas leyes proponen”, precisa.

De hecho, el especialista internacional antilavado, Gonzalo Vila, en enero del 2018 explicó que “para los bancos e instituciones estadounidenses las multas por violaciones pueden ser sustanciales. En muchos casos, las sanciones civiles y penales pueden exceder varios millones de dólares. Las sanciones civiles varían según el programa de sanciones”.

Incumplimiento causó cierre del Bancorp

En Nicaragua sí existe una experiencia relacionada con el incumplimiento de las regulaciones internacionales. En abril del 2019, el Departamento del Tesoro sancionó al Banco Corporativo de Nicaragua (Bancorp), por haber “asistido, patrocinado o proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios en apoyo de la vicepresidenta Rosario Murillo, una persona cuya propiedad e intereses en la propiedad están bloqueados de conformidad con la EO 13851”, es decir que está en la lista negra de la OFAC. Esto imposibilitó que Bancorp continuara operando e inmediatamente anunció su disolución voluntaria.

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