Con casos documentados de 22 religiosos despojados de su nacionalidad, 42 religiosos desterrados y 65 personas de fe criminalizadas, el Colectivo Nicaragua Nunca Más presentó el micrositio sobre ataques a la libertad religiosa y su tercer boletín sobre este tema.
De enero 2023 a marzo 2024 el régimen de Daniel Ortga y Rosario Murillo desnacionalizó a 317 personas, de esta 22 estaban vinculadas a la iglesia Católica y de estas, 11 forman parte de la lista de los excarcelados, deportados y desnacionalizados el 9 de febrero de 2023, 8 religiosos y 3 laicos.
Norlan Gómez, del Colectivo Nunca Más, destacó el caso de Monseñor Rolando Álvarez, quien el 10 de febrero fue condenado a 26 años y 4 meses de prisión por los delito de traición a la patria y despojado de su nacionalidad. El 14 de enero de 2024 Álvarez, junto a otros 17 sacerdotes fue enviado al Vaticano.
Gómez indicó que las «resoluciones» emitidas por el régimen «violentan las garantías del debido proceso».
Períodos y destinos de los destierros
De las 42 personas vinculadas a la iglesia Católica: 35 son sacerdotes u obispos, 4 seminaristas y 3 laicos.
El Colectivo Nunca Más identifica tres períodos de destierro. 11 de los casos el 9 de febrero de 2023, 12 el 18 octubre de 2023 y 19 el 14 de enero de 2024.
Los destinos de los desterrados son: 11 a Estados Unidos y 31 al Estado del Vaticano.
Leyes usadas de forma arbitraria e inconstitucional
En el tema de criminalización el Colectivo documentó 65 casos relacionados con violaciones a la libertad religiosa. De estos 42 están en condición de destierro, 10 son desnacionalizados y 11 permanecen presos, estos corresponden a líderes de Puertas de la Montaña; y 2 sacerdotes excarcelados.
Sobre las normativas usadas para criminalizar a religiosos mencionan del Código Penal los artículos 410, 412, 460 y 462 sobre menoscabo a la integridad nacional, conspiración para cometer menoscabo, obstrucción de funciones y desobediencia a la autoridad.
Mencionan además; el artículo 30 de la Ley de Ciberdelitos, que se refiere a la propagación de noticias falsas a través de tecnologías de la información; el artículo 1 de la ley de defensa de derechos del pueblo; artículo 2 que regula la pérdida de nacionalidad; y el artículo 1 de la ley de reforma al artículo 21 de la Constitución Política de Nicaragua.