Lista de reproducción
- No hay más artículos para escuchar
Hay una vieja maña en la historia política de Nicaragua: “Nuestros gobernantes” nunca han querido mandar sin una Constitución bajo el brazo. Les encanta jurarla con la mano en el pecho, imprimirla en papel fino y proclamarse defensores de la legalidad. El problema es que, en el instante en que la norma suprema les exige un límite, un contrapeso o la simple obligación republicana de entregar el poder e irse a su casa, la Carta Magna deja de ser el pacto sagrado de la nación y pasa a ser tratada como un simple borrador manoseado.
A lo largo de casi dos siglos de vida independiente, Nicaragua ha tenido una docena de textos constitucionales y decenas de reformas profundas. Un repaso por la memoria de nuestras Cartas Magnas revela una constante dolorosa: la Ley Suprema rara vez ha servido como escudo para proteger al ciudadano frente al abuso del poder; con trágica frecuencia, ha sido la coartada jurídica del caudillo en turno para perpetuarse.
Las primeras cartas: entre la inestabilidad y el espejismo liberal
Tras la ruptura de la Federación Centroamericana, la Constitución de 1838 nació tambaleándose en medio del choque feroz entre leoneses y granadinos. Fue la primera carta del Estado soberano, pero las guerras civiles la convirtieron rápidamente en letra muerta.
Años después, tras el desastre de la Guerra Nacional y la expulsión del filibustero William Walker, la Constitución de 1858 inauguró el periodo de los “Treinta años” de gobiernos conservadores. Aunque este texto logró darle cierta estabilidad al país y garantizó la alternancia en la presidencia durante tres décadas, la cultura política de fondo seguía subordinada a la influencia de las familias patricias y al fantasma del caudillismo militar.
El primer gran manoseo del constitucionalismo moderno llegó con la célebre Constitución de 1893, conocida como “La Libérrima” bajo el gobierno de José Santos Zelaya. En el papel, era un texto de vanguardia para toda Latinoamérica: consagró la separación entre la Iglesia y el Estado, la educación laica, el matrimonio civil y el sufragio universal. Sin embargo, el encanto duró casi nada. El mismo Zelaya la manoseó y reformó a su antojo en 1896 y 1905 (La Autocrática) con el único fin de garantizar su reelección indefinida. Quedaba inaugurada la maña: redactar la mejor constitución en la teoría para terminar violándola en la práctica.
El laboratorio somocista de constituciones a la medida
Si Zelaya abrió la puerta, la dinastía somocista convirtió la manipulación constitucional en una ciencia exacta. Los Somoza entendieron que para gobernar sin sobresaltos ante la diplomacia internacional no había que abolir la Constitución, sino fabricar constituciones de bolsillo mediante asambleas constituyentes dominadas y pactos de reparto.
—La Constitución de 1939: Redactada exactamente a la medida de Anastasio Somoza García tras el golpe de Estado de 1936, hecha para legitimar su llegada a la Presidencia y asegurar la concentración de mandos militares.
—La Constitución de 1948: Diseñada para acomodar los malabares políticos tras el derrocamiento del presidente Leonardo Argüello, lavando la fachada del régimen.
—La Constitución de 1950: Producto del famoso “pacto de los generales” (Somoza García y Emiliano Chamorro), un texto que formalizó el reparto de cuotas en el Congreso y los tribunales a cambio de garantizar la continuidad de la dinastía.
—La Constitución de 1974: El descaro institucional definitivo, nacida del pacto “Kupia Kumi” entre Somoza Debayle y Fernando Agüero Rocha. Este texto se redactó con el único propósito de extender el mandato dinástico tras el terremoto de 1972, usando la ley fundamental como un contrato privado de distribución de poder entre “compadres”.
Durante más de cuatro décadas, la Constitución en Nicaragua no fue el escudo de la República, sino el reglamento interno de la familia Somoza.
De la carta del 87 al remiendo final
El ciclo reciente no ha hecho más que repetir la misma receta histórica, pero llevando la mutilación de la ley a niveles nunca antes vistos.
La Constitución Política de 1987, aprobada en medio del conflicto armado de los ochenta, fue sometida en 1995 a una reforma histórica de corte republicano. Aquellas reformas buscaron sanar el hiperpresidencialismo, prohibieron el nepotismo en la administración pública, restituyeron el equilibrio entre poderes y le pusieron un candado de hierro a la reelección continua. No obstante, la tijera caudillista volvió a actuar.
El Pacto del 2000: Se reformó la Carta Magna para bajar los porcentajes electorales requeridos para ganar la presidencia en primera vuelta, diseñando un traje legal a la medida del regreso al poder del FSLN.
El zarpazo judicial de 2009: Ante la imposibilidad de reformar la Constitución en el Parlamento por falta de votos, la Sala Constitucional de la Corte Suprema emitió una aberrante sentencia que declaró «inconstitucional» el propio artículo 147 de la Constitución que prohibía la reelección continua. La ley suprema fue anulada por sus propios intérpretes para favorecer al gobernante.
La reforma de 2014: Se remató el texto borrando la prohibición de la reelección indefinida y otorgándole facultades legislativas por decreto al Ejecutivo.
La mutación actual: El capítulo más reciente, que altera nuevamente el texto constitucional para formalizar la copresidencia, extender los periodos a siete años y someter explícitamente a los demás poderes del Estado, representa la defunción de la Carta Magna como pacto ciudadano. Es la confesión legal de que la ley ya no se disimula: es el decreto del poder absoluto.
Es imposible reducir la actual etapa a una simple lista de reformas. Ortega y Murillo han ido arrancando una tras otra las piezas que permiten reconocer a una república: la alternancia, la separación de poderes, la prohibición constitucional contra la sucesión familiar, la institucionalización y ampliación del aparato represivo, la independencia judicial, la competencia electoral, los límites al Ejecutivo y la noción misma de que la ley está por encima del gobernante.
Todavía no sabemos con exactitud cuáles serán las consecuencias de largo plazo de esta destrucción constitucional. No sabemos cuánto tardará el país en reconstruir la confianza en la ley, en los sistemas de justicia, en el voto, y en las instituciones. Lo que sí sabemos es que el daño no termina en el texto escrito, alcanza al Estado de derecho y a la vida práctica de las próximas generaciones.
Refundar el valor sagrado de la Ley Suprema
Repasar este siglo y medio de Cartas Magnas pisoteadas, remendadas y manoseadas no es un simple ejercicio de memoria o de erudición jurídica. Es el diagnostico exacto del cáncer institucional de Nicaragua.
Cuando logremos desatar al país de las cadenas del autoritarismo, la tarea más dura no será únicamente sentarse a redactar un texto constitucional elegante y repleto de derechos que se queden en el papel. Nuestro verdadero reto histórico será construir una cultura política donde la Constitución sea intocable para el gobernante de turno.
El día en que la Carta Magna esté por encima de cualquier hombre, de cualquier apellido y de cualquier partido, ese día habremos dejado atrás la vieja maña de los caudillos para fundar, finalmente y para siempre, la República de Nicaragua.
El autor es abogado, defensor de Derechos Humanos, y miembro del Consejo Ejecutivo de la Alianza Universitaria Nicaragüense (AUN).