La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha llevado el caso 13,037 de Nicaragua ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el 31 de octubre de 2023. La medida resalta la lucha continua por los derechos laborales en Nicaragua y busca reparación para las víctimas de estas violaciones.
El caso es sobre el Sindicato de Profesionales de la Educación Superior Ervin Abarca Jiménez. Se estableció en 1993 en la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) con el propósito de representar a los profesores en funciones administrativas y mejorar sus condiciones laborales. La junta directiva liderada por Julio Noel Canales solicitó auditorías en 2002, generando conflictos judiciales y la formación de juntas paralelas.
A pesar de fallos judiciales favorables a Canales, las autoridades universitarias se negaron a reconocer su junta, afectando la capacidad financiera del sindicato y generando una violación a los derechos laborales durante más de 20 años.
Lea además: Dos obispos terminan el 2023 como presos políticos de la dictadura Ortega Murillo
Responsabilizan al Estado
«La Comisión concluyó que el Estado nicaragüense es responsable por la violación de los derechos a la libertad de asociación, a la libertad sindical, a la negociación colectiva, a las garantías judiciales y a la protección judicial, recogidos en los artículos 8.1, 16.1, 25.1 y 25.2.c) y 26 de la Convención Americana en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, así como del artículo 8.1.a) del Protocolo de San Salvador, en perjuicio de las personas miembros del sindicato mencionados en el informe de fondo», citó el comunicado oficial de la CIDH.
En el informe de fondo realizado por la Comisión identificó que la falta de reconocimiento de la junta directiva privó a los sindicalistas de poder ejercer sus derechos a la libertad de asociación y sindical en el período antes señalado. Los incumplimientos de fallos judiciales y retención de cotizaciones también contribuyó al deterioro de los derechos de los afectados.
Lea también: Oacnudh presenta actualización sobre situación de DD.HH. en Nicaragua y régimen la llama “atrevida”
La Comisión recomendó al Estado de Nicaragua las siguientes medidas para que los ciudadanos puedan ser reparados:
- Brindar reparación integral a los miembros del sindicato por las violaciones de derechos humanos, incluyendo compensación económica y medidas de satisfacción.
- Garantizar el pleno ejercicio de los derechos a la libertad de asociación y sindical, así como el funcionamiento libre del sindicato. «Entre las medidas a adoptar, el Estado deberá: a) garantizar la inscripción de la junta directiva que sea elegida por los miembros del sindicato y su reconocimiento ante todas las autoridades respectivas; b) ordenar que las sumas consignadas a las autoridades judiciales por concepto de cotizaciones sindicales que correspondan le sean entregadas al sindicato y c) asignar una oficina para que el sindicato pueda funcionar», indicó la Comisión.
- Como garantía de no repetición, el Estado debe adoptar medidas legislativas y administrativas para facilitar la inscripción inmediata de juntas directivas sindicales, evitando la paralización por procedimientos judiciales. Además, debe asegurar que los procesos judiciales laborales se resuelvan oportunamente y dentro de plazos razonables