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Un juez de Ciudad Sandino condenó a 124 años de prisión a su sujeto que violó y embrazó a la hijastra. LA PRENSA/ CSJ.

Un juez de Ciudad Sandino condenó a 124 años de prisión a su sujeto que violó y embrazó a la hijastra. LA PRENSA/CSJ

Sujeto sentenciado a 124 años de prisión por violar a su hijastra, solo estará 30 años en la cárcel

Debido a las constantes agresiones sexuales la menor quedó embarazada. Un examen de ADN confirmó que el sujeto era el agresor sexual

Un sujeto de 42 años ha sido sentenciado a 124 años de prisión por haber abusado sexualmente y violado en varias ocasiones a su hijastra, a quien también embarazó.

En la sentencia dictada por el juez Distrito Penal Especializado en Violencia de Ciudad Sandino se establece que por disposición constitucional el sentenciado solo estará en la cárcel 30 años por ser esa la pena máxima para este tipo de delitos.

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Cabe aclarar que no se publica el nombre del sentenciado para no revictimizar a la adolescente, según lo establecido en la Ley 779 o Ley contra la Violencia hacia la Mujer y el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Las agresiones sexuales iniciaron en el 2017 cuando la víctima tenía 10 años y se extendieron hasta abril del 2022, cuando una tía de la menor descubrió que la víctima estaba embarazada, según los hechos probados en juicio.

Desglose de la condena

En la sentencia número PJ1582023000081, se condena al sujeto a 24 años de prisión por dos abusos sexuales más 50 años por dos violaciones en menor de 14 años.

Además el hombre que está en prisión desde abril del 2022 también ha sido condenado a 50 años de encierro en la cárcel por dos violaciones agravadas.

Con una examen de ADN hecho en el Instituto de Medicina Legal se comprobó que el sentenciado a 124 años de prisión es el padre biológico de la adolescente violada. LA PRENSA/Archivo

Sin embargo, por la disposición constitucional citada por la autoridad judicial, el sentenciado terminará de cumplir su condena el 20 de abril de 2052.

Madre pierde autoridad parental

En la misma sentencia fue decretada la pérdida de la autoridad parental e inhabilitación especial de la mamá de la víctima por haber permitido el grave daño para su hija, según lo establecido en el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Esto porque la tía que denunció el hecho le había dicho a la mamá de la víctima de los abusos, pero esta no le creyó.

El juez aclara que la pérdida de la autoridad parental por parte de la madre biológica de la menor víctima no la exime a su madre biológica de la obligación de brindar alimentos a su hija.

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Igualmente la autoridad judicial ordena que la ahora adolescente reciba atención especializada el estrés y trauma causado por las agresiones sexuales y el embarazo no deseado.

La menor era mandada por su mamá a vender tortillas y tomates de manera ambulante.

Prueba científica

El Ministerio Público demostró en el juicio con un examen de ADN que el padre biológico del bebé de la menor de edad es el sujeto condenado.

El perito genetista Juan Carlos Loáisiga Vargas explicó ante el juez Carlos Espinoza que las muestras de ADN tomadas del niño y del sentenciado quedó demostrado con 99.9% de certeza que el condenado es el padre biológico de la criatura.

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COMENTARIOS

  1. Hace 11 meses

    Entonces a Ortega le caerían 124 años por haber violado continuamente a su hijastra la cual tenía 11 años mas o menos la edad de la víctima en este artículo.

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