¿Qué encierra  la cancelación de la personería jurídica de Asobanp?

Hago esta pregunta en la que me incluyo, dado que aunque no resido en el país físicamente sí lo hago virtualmente y naturalmente con más libertad de los que están viviendo presencialmente las desgracias de mi tierra. Pero la pregunta me viene a la cabeza que cada día en el que veo las aberraciones jurídicas que comete la dictadura de los OrMu.

No alcanzo a comprender cómo las barbaridades que la tiranía comete diariamente en contra de las personas físicas y las jurídicas que residen en el país, no son contestadas de ninguna de las formas posibles. Por ejemplo, recientemente la dictadura en la escabechina que está haciendo con el cercenamiento de las ONG grandes, medianas y pequeñas, verbigracia ha cancelado la personería de Asobanp y otras 16 organizaciones entre las miles que ha descabezado.

Me ha llamado poderosamente la atención el tema de Asobanp, la asociación que agrupa a los bancos privados del país: Banpro (Banco de la Producción) Banco de América Central (BAC), Banco Ficohsa Nicaragua, Banco Lafise Bancentro y Banco Avanz. Esta asociación venía funcionando desde junio de 1994 y ha sido ilegalizada, según el Ministerio de Gobernación, por no haber reportado sus estados financieros correspondientes a los años 2020 a 2021 y tener su junta directiva vencida desde abril de 2020, lo que es posible subsanar mediante la posición al día de los supuestos hechos que motivan la cancelación.

Es probable que se deba a que Asobanp rechazó en su día la reforma de la Ley de Protección de los Derechos de Consumidores y Usuarios aprobada por la aplanadora de la AN, norma que prohibía cerrar cuentas a los usuarios de manera unilateral o sin notificar la causa, exceptuando cuando se tratara de casos de crimen organizado, blanqueo de capitales, narcotráfico y financiación de armas de destrucción masiva.

Los “supuestos” legisladores interpretaron que esa ley es una medida para evitar las sanciones impuestas por  EE.UU, la UE, Canadá a varios funcionarios nicaragüenses, entre ellos parte de la familia Ortega-Murillo, incluyendo a la VP Rosario Murillo y varios de sus hijos; al director de la Policía Nacional, Francisco Díaz, jefe del órgano represivo de la dictadura llamada “Policía Nacional”, al propio presidente de la AN, Gustavo Porras y al jefe del Ejército, Julio César Avilés, entre otros.

En aquellos momentos la banca privada protestó ya que consideraba que dicha norma violaba la libertad de empresa y las normas contra el lavado de dinero, y que exponía al país a quedarse fuera del sistema bancario y financiero internacional. Había que tener en cuenta que la reacción de los bancos era correcta dado que ellos operaban como corresponsales de otros bancos internacionales con los que tenían relaciones de corresponsalías y aceptar la referida ley les exponía a caer en falta ante los bancos que operaban bajo las normas del Departamento del Tesoro de los EE.UU. y que como dije tenían sancionados a los que con la ley pretendían esquivar las sanciones impuestas a las personas físicas mencionadas.

Lo curioso del caso es que Asobanp, cuya misión era representar gremialmente a los bancos privados de Nicaragua según sus estatutos, esta vez ha silenciado la cancelación de su personalidad jurídica y no ha reaccionado ante semejante atropello jurídico que puede causarle mucho daño en su operatividad, ya que, por ejemplo, puede afectar a la Cámara de Compensación que relaciona las transferencias entre los distintos bancos miembros de Asobanp y otras operaciones interbancarias.

Esta cuestión que ha sido noticia a nivel internacional, tanto en América como en Europa y otros continentes, solo ha merecido en Nicaragua la noticia de la cancelación de la personalidad jurídica, sin entrar en el fondo de la cuestión y la gravedad del tema. Es decir, la cancelación ordenada por el Ministerio de Gobernación del régimen, a través de la Dirección General de registro de las organizaciones sin fines de lucro, uno de sus tentáculos represivos, bajo los que se hacen efectiva las “orientaciones” que bajan del Carmen, centro de control total de todo lo que acontece en el país.

Es más, Asobanp, cuya personalidad jurídica fue otorgada a través del decreto legislativo número 743, publicado en La Gaceta, n.º 117 del 26/06/1994, dictado por la Asamblea Nacional que era la entidad que otorgaba las personalidades jurídicas de las ONG y otras organizaciones, ha sufrido cambios que violentan el estatus de esas organizaciones, dado que incluso al tratarse de un decreto legislativo, y ahora un decreto ministerial ha transformado su naturaleza jurídica rebajando su categoría y contradiciendo la jerarquía de las leyes. Para que se produjese la cancelación de la personalidad de Asobanp tendría que haberse hecho tal como se hizo en su otorgamiento. Las cosas en derecho se deshacen como se hacen, según un viejo axioma jurídico, que desde antiguo ratifica la jerarquía de las leyes.

Estamos ante un tema de derecho administrativo y como tal debe ser tratado, respetando su especialidad. Por lo tanto, aquí se está vulnerando su especialidad y puede considerarse que todas las cancelaciones de personerías hechas por el Migob carecen de eficacia jurídica, ya que la competencia para ello es única y exclusivamente de la Asamblea Nacional en cualquier caso.

Por ello el silencio de Asobanp que ha cubierto el tema, en vez de ser un asunto jurídico es más bien un tema político que encierra miedo y temor ante la dictadura que hace lo que quiere violentando la Constitución y las leyes que regulan cada materia. Ya en su momento cuando se dio el tema que hablamos sobre la Reforma a la Ley de Consumidores y usuarias, el ministro de Hacienda y Crédito Público lanzó una amenaza seria y grave contra Asobanp.

Es más, quienes regulan más específicamente el funcionamiento bancario privado son la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, y el Banco Central de la República, los que han sido ninguneados y allanados ante la actuación del Migob, lo que significa que este asunto no ha sido tratado con la debida formalidad que merece la cuestión. Los bancos en este caso deberían haber interpuesto un recurso contencioso administrativo para reclamar sus derechos seriamente vulnerados.

Por eso mi pregunta, que da título a esta columna, y la contestación que creo que debe  ser, es el temor de las personas físicas y corporativas al actuar irresponsable y terror en que vive sumido el país bajo la bota de los OrMu, y que los bancos no solo puedan carecer de personalidad jurídica sino también cerrados.

De todas formas puede dar lugar a interpretar esta actitud como un silencio cómplice y que con esta cancelación puede haber una negociación por debajo de la mesa, ya que los bancos tienen por su capacidad financiera la posibilidad de hacer frente judicialmente a su decapitación como organismo con personalidad jurídica interponiendo los recursos que estimen pertinentes. Y queda claro también con este silencio, que es el negocio lo que para ellos representa su existencia, primando en todo caso lo económico sobre otra cualquier consideración.

El autor es abogado nicaragüense residente en el extranjero.

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