Una persona consagrada en el banquillo de los acusados

De acuerdo con lo que establece el Código Canónico en su artículo 375, personas consagradas son los obispos, que “por institución divina son los sucesores de los Apóstoles, en virtud del Espíritu Santo que se les ha dado son constituidos como Pastores en la Iglesia para que también ellos sean maestros de la doctrina, sacerdotes del culto sagrado y ministros para el gobierno”.

Una persona consagrada es, pues, monseñor Rolando Álvarez Lagos, obispo de la Diócesis de Matagalpa y administrador apostólico de la de Estelí, a quien el régimen le imputa cometer “los delitos de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias falsas en perjuicio del Estado y la sociedad nicaragüense”, según se dice en la acusación judicial.

     Monseñor Álvarez fue acusado y presentado en un juzgado después de 116  días de estar preso con casa por cárcel, condición en la que continuará por decisión de la jueza encargada del proceso.

     Junto con el obispo Álvarez también fue acusado el sacerdote Uriel Vallejos, titular de la parroquia de la Divina Misericordia de la ciudad de Sébaco, en el departamento de Matagalpa, quien desde principios de septiembre del presente año huyó del país y se encuentra ahora en el exilio.

     Los delitos de los que se acusa a monseñor Álvarez y al padre Vallejos son los mismos por los cuales en juicios similares han sido condenados más de 40 presos políticos. Por lo que es de suponer que ellos también serán declarados culpables, aunque no lo sean.

     Por lo que sabemos, monseñor Álvarez es el único obispo en la historia de la Iglesia católica de Nicaragua que ha sido puesto en el banquillo de los acusados. Algunos sacerdotes sí han pasado por esa tribulación, pero obispos no.

Ricardo Zúñiga dice en su Historia Eclesiástica de Nicaragua que el primer sacerdote víctima de una acusación criminal fue fray Bartolomé de las Casas, apasionado defensor de los indios, quien  fue acusado ante la justicia en marzo de 1536 por Rodrigo de Contreras. El mismo Contreras en 1543 mandó a encarcelar y procesar al deán Pedro de Mendavia, nombrado para sustituir al obispo Diego Álvarez de Osorio después de su fallecimiento. No era un obispo, pues el deán es un cargo eclesiástico inmediatamente inferior al obispado.

Algo peor hizo Hernando de Contreras y Peñaloza contra el obispo Antonio Valdivieso, otro defensor de los indios, al que asesinó el 26 de febrero de 1550.

Pasó mucho tiempo para que otro obispo fuese víctima del poder político, aunque no asesinado. El siguiente caso fue el de monseñor Simeón Pereira y Castellón, último obispo de la Diócesis de Nicaragua y primero de la de León, quien fuera expulsado del país el 3 de noviembre de 1898 por la dictadura anticatólica del caudillo liberal José Santos Zelaya. Más tarde el obispo de León regresó a Nicaragua, pero de nuevo fue desterrado el 6 de enero de 1906 por negarse a acatar la ley de Zelaya que prohibía el uso de la sotana fuera de los templos.

Los antiguos griegos crearon la palabra martirio para designar la muerte o el sufrimiento que se padece por creer en una doctrina, especialmente si es de carácter religioso, y defenderla aunque se sufran las peores consecuencias. Sin duda que un martirio es lo que está padeciendo el obispo Rolando Álvarez Lagos.

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