El miércoles de esta semana el Gobierno de Costa Rica dio a conocer las nuevas reglas para regular la migración de nicaragüenses, pero también de venezolanos y cubanos.
Las nuevas regulaciones migratorias dadas a conocer por el presidente Rodrigo Chaves y la Dirección General de Migración Extranjería, son las que corresponden aplicarse en un Estado de derecho como es Costa Rica cuya democracia es ejemplar.
Lo principal de estas medidas es que diferencian a los migrantes que huyen de Nicaragua a Costa Rica por razones políticas, de los que llegan en busca de oportunidades laborales.
En el editorial de LA PRENSA del viernes 25 de noviembre (Derechos de migrantes frente a la potestad de los Estados), mencionamos que la legislación internacional no reconoce el derecho de migrar como se practica masivamente en la actualidad. Lo que está consagrado por la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados internacionales sobre esta materia, es el derecho de toda persona a irse de su país y regresar cuando quiera.
“Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”, establece el artículo 13 de dicha Declaración. Lo cual es reiterado en los demás tratados internacionales de derechos humanos, que al menos de manera formal tienen fuerza de ley. Inclusive, en algunos países, como Nicaragua, esos tratados internacionales están incorporados a la Constitución nacional.
Como explica la experta Patricia Moreno, del organismo de investigación y análisis Orden Mundial, a la que ya hemos citado anteriormente, “para que existiese el derecho a migrar sería necesario reconocer no solo la libertad de desplazamiento de las personas, sino también su derecho a entrar en cualquier país sin restricciones. Sin embargo, cada país decide a quién permite cruzar sus fronteras… Si existiera el derecho a migrar, los Estados no tendrían potestad para controlar sus fronteras ni restringir la entrada generalizada de personas en su territorio, perdiendo así uno de los elementos básicos de su soberanía nacional”.
En este orden, es importante advertir que las nuevas reglamentaciones migratorias de Costa Rica no impedirán el ingreso de más refugiados nicaragüenses por motivos políticos. Lo que se pretende, como ha explicado el presidente Chaves, es ordenar la afluencia migratoria precisamente para “proteger, como sociedad generosa, a quienes merecen el refugio por razones legítimas”.
El gobernante costarricense aseguró que “Costa Rica seguirá siendo un faro de seguridad y esperanza para aquellos que de verdad necesitan protección”. E insistió en pedir a la comunidad internacional que “asuma la responsabilidad compartida” por los procesos migratorios que son muy costosos para el país vecino en el sur de Nicaragua. Sin embargo, los organismos defensores de los derechos humanos tendrán que estar vigilantes de que las nuevas reglas migratorias se apliquen de manera justa y correcta.
La migración nicaragüense a Costa Rica es de antigua data, tanto la económica como la de refugiados y exiliados políticos. Los migrantes nicaragüenses contribuyen considerablemente al Producto Interno Bruto (PIB) de Costa Rica, lo cual es reconocido por los mismos gobernantes y ciudadanos costarricenses. Pero Costa Rica retribuye acogiendo generosamente a los perseguidos políticos de Nicaragua, y a los migrantes económicos les da la oportunidad de trabajar y enviar remesas a sus familiares.
En todo caso, Costa Rica tiene derecho de poner orden en la migración nicaragüense, que se ha desbordado en los últimos años por la grave crisis socioeconómica y política que sufre el país desde abril de 2018. Un derecho que debe aplicar con sentido de justicia, humanismo y solidaridad.