CONTENIDO EXCLUSIVO.
El 22 de diciembre de 2020, el Congreso de Estados Unidos promulgó la Sección 353 de la La Ley de Compromiso Reforzado entre los Estados Unidos y el Triángulo Norte, llamada también Lista de Actores Corruptos y Anti-Democráticos, y conocida como «Lista Engel», que tiene como único objetivo sancionar a los actores involucrados en actos de corrupción y ataques a la democracia en la región centroamericana.
“Mi legislación apoyará a la Administración entrante de Biden-Harris mientras redobla los esfuerzos para apoyar una América Central más segura, democrática y próspera”, dijo el exlegislador Eliot Engel, promotor de la iniciativa tras su aprobación. En ese momento Engel fungía como presidente del Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes.
A la Lista Engel fueron incluidos este miércoles 9 de marzo los primeros ocho funcionarios del régimen de Daniel Ortega, entre ellos magistrados electorales Brenda Rocha, Cairo Amador, Lumberto Campbell; los diputados oficialistas Gustavo Porras, Wilfredo Navarro, Wálmaro Gutiérrez, y Edwin Castro, así como la jueza Karen Chavarría, y además la presidenta y diputada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), María Haydée Osuna.
Hasta diciembre del 2021, más de 65 personas de Guatemala, Honduras y El Salvador, de las cuales la mayoría son funcionarios públicos activos, de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, fueron incluidas en la Lista Engel.
Desde la aprobación de la Ley de Compromiso Reforzado entre los Estados Unidos y el Triángulo Norte, recae en el secretario de Estado y el Departamento de Estado pormenorizar las investigaciones para cumplir con el mandato de incluir a aquellas figuras en los tres países vinculados con actos de corrupción o ataques a la democracia.
El día de su aprobación por el Legislativo, el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes explicó en una nota de prensa que la legislación tiene dos componentes principales: (1) Requiere la publicación de una lista de actores corruptos y antidemocráticos de El Salvador, Guatemala y Honduras a quienes se les negará la entrada a los Estados Unidos; y (2) requiere la creación de una estrategia de cinco años del secretario de Estado y el administrador de USAID (Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional) sobre esfuerzos para promover la prosperidad, combatir la corrupción, fortalecer la gobernabilidad democrática y mejorar la seguridad civil en el Triángulo Norte y frenar la migración irregular.
Nicaragua incluida en la Lista Engel
Con la promulgación de Ley de Reforzamiento de la Adherencia de Nicaragua a las Condiciones para la Reforma Electoral o Ley Renacer, Estados Unidos agregó a Nicaragua a la Sección 353 que tiene que ver con lista de actores corruptos y antidemocráticos. Anterior a la acción solo incluía al llamado «Triángulo del Norte»: Honduras, Guatemala y El Salvador.
La legislación fue nombrada de esa manera en honor a Eliot Engel, congresista demócrata de Nueva York hasta 2021, quien fue el que propuso la iniciativa, y quien logró la aprobación de legislación que permite al Gobierno de los Estados Unidos retirar los visados a funcionarios, con el fin de que el Ejecutivo norteamericano sea capaz de identificarlos como corruptos o implicados en crímenes.
Engel propuso la legislación para «apoyar al pueblo de Centroamérica y fortalecer la seguridad nacional de los Estados Unidos abordando las causas fundamentales de la migración desde El Salvador, Guatemala y Honduras», dice el sumario de la ley.
El 2 de julio de 2021, el Congreso de Estados Unidos emitió la Lista Engel en la que se incluyó a 14 salvadoreños, 20 guatemaltecos y 21 hondureños, todos eran funcionarios de gobiernos activos y a la vez exservidores públicos a los que EE. UU. señaló de «estar involucrados en actos de corrupción o de socavar de forma deliberada la democracia en esos países».
El pasado 23 de febrero, la subsecretaria de Estado Adjunta para Asuntos del Hemisferio Occidental en el Departamento de Estado, Emily Mendrala, había advertido que esta medida la estaba analizando la Administración de Biden.
«El Congreso nos ha dado herramientas por parte de la Ley Renacer y uno de ellos es agregar a Nicaragua a la Sección 353, lista de actores corruptos y antidemocráticos, con esta herramienta nosotros podemos identificar a los actores que participan en actos corruptos, antidemocráticos y añadirlos a una lista de actores publicados por parte del Departamento de Estado de EE. UU., debajo de esa herramienta estamos monitoreando acciones en el país con vínculos a la corrupción (…) es significativo que Nicaragua haya sido agregado a esta lista por parte de la Ley Renacer», indicó Mendrala en ese momento.
¿Cuál es el alcance de las sanciones bajo la Lista Engel?
La primera consecuencia para los centroamericanos nombrados en la Lista Engel va desde la cancelación de visas de EE. UU. o cualquier tipo de documento para ingreso válido a territorio estadounidense.
«A las personas extranjeras enumeradas en este informe se les revocará inmediatamente el visado y se anulará cualquier otro visado o documentación de entrada válidos, a menos que se conceda una exención del Departamento de Seguridad Nacional (DHS)», señala el instructivo de la legislación, publicado en el Registro Federal.
Además, la ley establece también que el presidente de Estados Unidos impondrá sanciones a las personas involucradas en actos significativos de corrupción en un país del Triángulo Norte con «bloqueo de propiedades».
¿Cuáles son las razones para entrar en la Lista Engel?
De acuerdo con el Departamento de Estado, son tres las causas o razones que determinan que alguien sea sancionado dentro de la Lista Engel. La primera es que se trate de extranjeros que, con conocimiento de causa, «hacen parte de acciones que socavan procesos democráticos».
La segunda es que sean extranjeros que «intencionalmente participen en casos de corrupción significativa»; y la tercera es que sean extranjeros que «obstruyen investigaciones de lavado de activos, soborno, corrupción y extorsión, entre otros».
Lo que dice la Ley Renacer
En el punto 7 de la Ley Renacer se establece la inclusión de Nicaragua en la lista de países sujetos a ciertas sanciones relacionadas con la corrupción.
«Se modifica la Sección 353 del título III de la división FF de la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021 (Ley Pública 116-260). En el encabezamiento de la sección, se tacha ‘y Honduras’ y se inserta ‘Honduras y Nicaragua’; y (2) tachando ‘y Honduras’ en cada lugar donde aparece e insertando, Honduras y Nicaragua», indica el punto.
La promulgación de la Ley Renacer fue efectiva en noviembre de 2021 y en febrero correspondió, según lo define este marco legal, la remisión al Congreso de los primeros informes por parte de entidades del Ejecutivo estadounidense.
CONTENIDO EXCLUSIVO.