La aspirante presidencial y directora de la extinta Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH), Cristiana Chamorro Barrios, cumple este domingo 10 de octubre 130 días de estar bajo arresto domiciliario, mientras la activista e integrante de la Unidad Nacional Azul y Blanco (UNAB), Tamara Dávila, tiene 120 días de permanecer encarcelada en la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ) conocido como el nuevo Chipote.
Chamorro Barrios —hija del Mártir de las Libertades Públicas de Nicaragua, Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, y de la expresidenta de Nicaragua, Violeta Barrios— permanece privada de su libertad en su residencia La Guadalupana, en Managua, desde el 2 de junio, cuando la jueza orteguista Karen Chavarría Morales, titular del Juzgado Noveno de Distrito Penal de Audiencia de Managua, instruyó a la Policía capturar a Chamorro y allanar su vivienda. El allanamiento duró más de cinco horas, quedó sin acceso a internet y le fueron ocupados todos los aparatos tecnológicos, según informaron sus familiares.
A la precandidata presidencial, el Ministerio Público (MP) la acusó de cuatro delitos. En junio pasado, Chamorro Barrios ya había sido acusada por los supuestos delitos de gestión abusiva, falsedad ideológica y lavado de dinero, bienes y activos y el pasado 24 de agosto se le acuñó un nuevo delito: apropiación y retención indebida.
Dávila cumple 120 días en el Chipote
La activista y también dirigente del partido Unión Democrática Renovadora (Unamos), antes Movimiento Renovador Sandinista (MRS), Tamara Dávila, fue apresada por la Policía del régimen frente a su hija de 5 años, la noche del sábado 12 de junio, luego de un violento allanamiento en su vivienda, que se ejecutó sin orden judicial, según sostienen sus parientes.
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Este domingo 10 de octubre, Dávila cumple 120 días de estar encarcelada en las celdas de la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ) conocidas como el nuevo Chipote. El 26 de agosto, la Fiscalía acusó formalmente a Dávila del delito de «conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional», de conformidad a los artículos 410 y 412 del Código Penal, en perjuicio de la sociedad nicaragüense y el Estado de Nicaragua.