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Nicaragua

Daniel Ortega en un acto público junto a Gustavo Porras, presidente de la Asamblea Nacional y de sus operadores políticos. LA PRENSA/ TOMADO DE PRESIDENCIA

Ortega manda iniciativa de ley a la Asamblea Nacional para regular activos virtuales y a proveedores de activos virtuales

De acuerdo con la iniciativa presentada por el dictador, los países tienen la opción de prohibir o regular los activos virtuales y a los proveedores; y en el caso de Nicaragua, "se ha decido regularlos".

El dictador Daniel Ortega envió este miércoles una iniciativa de ley a la Asamblea Nacional para regular los “activos virtuales” y a los “proveedores de activos virtuales”, según él, para cumplir con los lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional.

Con esa ley, el régimen reformará la Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 977, Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, y agregará el tema de los “activos virtuales” a la Ley número 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no bancarias y Grupos Financieros.

Prohibir o regular… 

De acuerdo con la iniciativa presentada por el dictador, los países tienen la opción de prohibir o regular los “activos virtuales” y a los “proveedores de los activos virtuales”. Pero en el caso de Nicaragua, “se ha decido regularlos, ya que es negable e indetenible el desarrollo de la economía a nivel global, y lo que hoy parece novedoso, mañana será el uso diario, razón por la cual, debemos asegurar su debida regulación”.

El anteproyecto de ley autoriza la actividad de proveer “activos virtuales” a los bancos que así lo determinen, y por ser estos sujetos obligados supervisados y regulados por la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras No Bancarias (Siboif) deberán cumplir con todas las actividades de prevención que ya tienen establecidas, “así como las que la Siboif les demande desde una norma propia para esta actividad”, indica la exposición de motivos de la iniciativa de ley.

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Para el caso de las instituciones financieras que decidan dedicarse a promover “activos virtuales”, “deberán obtener licencia ante el Banco Central de Nicaragua (BCN) y posteriormente registrarse como sujeto obligado ante la Unidad de Análisis Financiero (UAF), debiendo cumplir con todas las actividades de prevención establecidas tanto por la ley, como por las normativas especificas que la UAF determine”.

La diputada liberal Azucena Castillo confirmó que recibió por la tarde la iniciativa de ley, pero no había tenido tiempo de analizarla. Expresó que esa iniciativa hay que examinarla con cuidado. “Si bien, Nicaragua tiene que cumplir con el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), este gobierno aprovecha todo para utilizar y manipular con discrecionalidad”, alertó.

A juicio del economista Mario Arana, expresidente del Banco Central de Nicaragua, la iniciativa pareciera que es parte de los mecanismos internacionales con los que está comprometido el país, por los compromisos contra el lavado de dinero y esas normativas, pero, “a la vez por el contexto nuestro se termina ‘nicaraguanizando’ a conveniencia del régimen y añadiendo a la incertidumbre dominante”. Esto se limitó a opinar Arana, ya que tampoco había analizado detalladamente el proyecto de ley, porque fue presentado por la tarde del miércoles.

Qué son activos virtuales

Según la propuesta de ley, los “activos virtuales” son una representación digital de valor que se puede comercializar o transferir de manera digital y se puede utilizar para pagos o inversiones.

Los proveedores de servicio de activos virtuales

Son las personas que realizan intercambios de activos virtuales, en nombre de otra persona natural o jurídica; además, que realiza transferencia de activos virtuales; custodia o administración de activos virtuales; entre otras actividades.

Argumentos

En la exposición de motivos, Ortega argumentó que las leyes contra el lavado de activos (LA), Financiamiento al Terrorismo (FT) y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP), son proclives a quedarse obsoletas, por el avance de la tecnología y el accionar propio y de los esquemas cada vez más sofisticados que utiliza la delincuencia organizada y los grupos terroristas a nivel global.

Agregó que, de no ser revisadas y reformadas a tiempo, se corre el riesgo de que tanto el lavado de activos, como el financiamiento al terrorismo, le ganen terreno y estén un paso adelante del accionar de las autoridades, “por lo que se hace necesario tenerlas actualizadas, con el objetivo de tomar las acciones apropiadas y eficaces para mitigar los riesgos relacionados a estos flagelos”.

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El documento afirma que, recientemente, el Grupo de Acción Financiera Internacional hizo una serie de cambios en su recomendación número 15, relacionada con las “nuevas tecnologías”, mandando a que los países y las nuevas instituciones financieras identifiquen y evalúen los riesgos de LA/FT que pudieran surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos y nuevas prácticas comerciales, incluyendo nuevos mecanismos de envío, y el uso de nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo, para productos nuevos o existentes; que, para el caso de hacerse antes del lanzamiento o de los nuevos productos, prácticas comerciales, mandando además a que los países y las instituciones financieras tomen medidas apropiadas para administrar y mitigar esos riesgos.

Asimismo, argumentó que la recomendación 15 del GAFI pasó a tener una nueva “Nota Interpretativa” con ocho elementos que no existían, y de dos criterios de evaluación pasó a tener once, los que están en vigencia desde el 2020, y a través de los cuales se les hace cumplir con aspectos relevantes de prevención del LA/FT ya previstos en el resto de los estándares internacionales contra el LA/FT/FP.

“Hasta finales de 2020, Nicaragua tenía evaluada la recomendación 15 como ‘parcialmente cumplida’ y pasó a ser calificada como ‘no cumplida’ como efecto de los cambios que le hicieron a la misma”, señaló Ortega en su informe.

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Esa iniciativa de ley también busca otorgarle por ley a los supervisores y reguladores la posibilidad de cancelar la autorización, licencia de operaciones otorgada, o los registros, a las instituciones financieras o Actividades Profesionales No Financieras Designadas que no inicien sus operaciones en los tiempos previstos para ello, así también, como obligar a las personas y estructuras jurídicas para que conserven la información final y la estructura de propiedad y control, a la cual las autoridades deben tener acceso de manera oportuna.

Por su parte, el presidente de la Asamblea Nacional, el orteguista Gustavo Porras, remitió este jueves 29 de abril, la dicha iniciativa a la Comisión de Justicia, para que en consulta con la Comisión de Economía y Presupuesto redacten su debido dictamen.

Política Asamblea Nacional Daniel Ortega Nicaragua archivo

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