Miembros de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) y la Organización Víctimas de Abril (OVA) interpusieron un recurso por inconstitucionalidad contra la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros ante los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por considerar que ésta viola los derechos constitucionales y humanos de los nicaragüenses.
La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, conocida como “Ley Putin”, obliga a cualquier organización o persona que recibe apoyo extranjero, a registrarse en el Ministerio de Gobernación. De esta manera, el régimen de Daniel Ortega, deja establecido el nuevo mecanismo de espionaje financiero contra ciudadanos, medios de comunicación, organizaciones y asociaciones sociales y opositoras que reciban recursos de gobiernos y agencias extranjeras.
Marcos Carmona, secretario ejecutivo de la CPDH, aseguró que el recurso por inconstitucionalidad fue recibido por la CSJ y, a pesar de la falta de independencia e institucionalidad que ha demostrado el Poder Judicial, esperan que sea analizado como corresponde.
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“Estoy cumpliendo con el recorrido de la Corte Suprema de Justicia, ante la ley abusiva, ley antidemocrática que tiene 26 roces con la Constitución Política, que viene a limitar el trabajo de los defensores de derechos humanos, nos viene a limitar como ciudadanos nicaragüenses porque nos cercena derechos constitucionales”, cuestionó Carmona.
OVA defendiendo derechos
Grethel Gómez, secretaria de OVA, relató que esta organización recibe fondos de personas particulares que viven en el extranjero y que desean apoyar a las víctimas de la represión orteguista ejecutada en abril. Detalló que apoyan a familiares de reos y excarcelados políticos y a parientes de fallecidos y personas lesionadas producto de su participación en las protestas, pero que todo este trabajo se verá afectado por la «Ley Putín».
«Hay un quebrantamiento al principio de la legalidad constitucional porque esto puede atentar contra la independencia, la autodeterminación y la soberanía. Con esta ley se violentan los artículos 32, 130, 160, 183 de la Constitución Política, es decir hay una cantidad de violaciones que van contra nuestros derechos como participar en las actividades políticas y económicas», dijo Gómez.
Carmona indicó que la «Ley Putín» les impide participar en la política interna, a pesar de ser ciudadanos nicaragüenses. “No podríamos ejercer u optar a cargos públicos, no podríamos elevar nuestras voces denunciando los abusos que se cometen a la libertad de movilización, derecho a la protesta y una serie de derechos constitucionales que se violentan y como ciudadano estamos recurriendo a la CSJ para que analice este recurso que hemos interpuesto para demostrarle una vez más qué se pretende mantener sometido al pueblo de Nicaragua”, insistió.
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Inhabilita organizaciones
La abogada de la CPDH, María Oviedo, expresó que la ley limita el funcionamiento de la organización a través de una regulación abusiva. “Se nos está limitando el derecho de funcionar como organización de derechos humanos óptimamente, quiere abusivamente escudriñar nuestro proyecto, a fin de impedir que la Comisión Permanente Derechos Humanos siga denunciando las violaciones de derechos humanos que comete el Estado de Nicaragua», aseveró.
Oviedo hizo un llamado a la ciudadanía que se sienta afectada por la «Ley Putín» a buscar asesoría en la CPDH. «Todo nicaragüense tiene la obligación y el derecho de promover un recurso por inconstitucionalidad de la ley y nosotros estamos como organismo de derechos humanos anuentes a recibir a cualquier persona que tenga interés en brindarle asesoría y logística para este efecto”, finalizó.
Mientras, Gómez señaló que la ley evitará que a Nicaragua puedan ingresar representantes de organismos internacionales de derechos humanos como: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos o de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para poder comprobar los abusos cometidos por la dictadura y apoyar a las víctimas.
Discrecional y peligrosa
La Ley de Agentes Extranjeros, según determina la dictadura, en su artículo uno, tiene como objetivo establecer el marco jurídico de regulación aplicable a las personas naturas jurídicas nacionales o de otra nacionalidad que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento extranjero, utilicen esos recursos para realizar actividades que deriven en injerencia de Gobiernos, organizaciones o personas naturales extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua, atentando contra la independencia, la autodeterminación y la soberanía nacional, así como la estabilidad económica y política del país.
La normativa de la Ley de Agentes Extranjeros ordena que las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o de otras nacionalidades que actúen como «agentes extranjeros» deben abstenerse, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna y externa, ya que son pena de sanciones legales.
Otro de los puntos peligrosos en la ley es que el inciso 1 del artículo 3 define como «agente de publicidad» a «toda persona natural o jurídica que se dedica directa o indirectamente a la publicación o difusión de información oral, visual, gráfica, escrita o pictórica (pinturas) o de cualquier tipo de material, incluida la publicación por medio de anuncios, libros, periódicos, conferencias, transmisiones, películas, tecnología de la información y la comunicación entre otros».