La Ley de Regulación de Agentes Extranjero, mejor conocida como «Ley Putin», entra en vigencia a partir de este lunes 19 de octubre, cuatro días después de su aprobación en la Asamblea Nacional por los diputados orteguistas, de acuerdo con una publicación de La Gaceta, Diario Oficial.
De esta manera, el régimen de Daniel Ortega, deja establecido el nuevo mecanismo de espionaje financiero contra ciudadanos, medios de comunicación, organizaciones y asociaciones sociales y opositoras que reciban recursos de gobiernos y agencias extranjeras.
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La Ley de Agentes Extranjeros (Ley No.1040), según determina la dictadura, a través de La Gaceta, en su artículo uno, tiene como objetivo establecer el marco jurídico de regulación aplicable a las personas naturas jurídicas nacionales o de otra nacionalidad que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento extranjero, utilicen esos recursos para realizar actividades que deriven en injerencia de Gobiernos, organizaciones o personas naturales extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua, atentando contra la independencia, la autodeterminación y la soberanía nacional, así como la estabilidad económica y política del país.
60 días para registrarse voluntariamente
A partir de este lunes, todos los que sean considerados por el régimen como «agentes extranjeros» tienen un lapso de 60 días para registrar de forma voluntaria a sus donantes y usos de esto en el Ministerio de Gobernación. Sin embargo, el Migob, podrá discrecionalmente determinar a quiénes someterán al control, notificándoles que deben inscribirse en un plazo de cinco días, según el artículo 15 de la Ley.
Son sujetos obligados de conformidad con la ley cualquier persona natural, nicaragüense o de otra nacionalidad, o persona jurídica que dentro de Nicaragua se desempeña o trabaja como agente, representante, empleado, servidor o en cualquier otra actividad que sean supervisadas, dirigidas, controladas, financiadas o subsidiadas, en su totalidad o en parte, por personas naturales, gobiernos, capital, empresas o fondos extranjeros directamente o por medio de terceras personas naturales o jurídicas.
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En caso de que la persona natural o jurídica una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior no se inscriba, la autoridad competente aplicará multas, podrá solicitar la cancelación de la personalidad jurídica a la instancia respectiva en el caso de las personas jurídicas. Todo sin perjuicio de las responsabilidades penales por la realización de actos que amenacen la seguridad soberana de la nación, determinada por la autoridad judicial, indica la normativa.
En todo caso, la negativa a inscribirse autoriza a la autoridad competente a impedir la realización de las actividades y previa autorización judicial podrá intervenir los fondos y activos de la persona natural o jurídica que se niegue a cumplir la Ley.
El Ministerio de Gobernación con el reporte financiero de las asociaciones y personas podrán establecer que no hay cumplimento de las normas y lo reportará a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) como sospechoso de estar realizando actividades de lavado de dinero o crimen organizado. Con ese paso se perseguirá penalmente a los ciudadanos y organizaciones que no se inscriban o reporten.
Excepciones en remesas familiares y pensiones extranjeras
De acuerdo con el artículo 5, quedan exceptuadas del ámbito de la aplicación de la Ley de Agentes Extranjeros, los residentes pensionados residentes rentistas, conforme a la Ley de Promoción de Ingreso de Residentes Pensionados y Residentes Rentistas (Ley No. 694).
Las personas naturales que reciben remesas familiares, (entendiéndose como remesa familiar la que para tal efecto determine el Banco Central mediante resolución del Consejo Directivo). Sin embargo, hasta ahora el BCN no se ha pronunciado al respecto, tampoco ha brindado dicha resolución para establecer lo que para ellos es o no es remesas familiares.
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También quedan exceptuadas, las empresas productivas y comerciales extranjeras con filiales o sucursales en Nicaragua; las fábricas, industrias y cadenas de supermercados de inversión extranjera, así como sus trabajadores y prestadores de servicios. Los organismos antigubernamentales de carácter humanitario; así como las misiones diplomáticas y consulares, organismos internacionales y regionales; agencias de cooperación internacional y el personal de estas entidades, debidamente acreditados en Nicaragua conforme a las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y sobre Relaciones Consulares y los acuerdos suscritos y vigentes con los Organismos Internacionales y Regionales.
Sin embargo, en caso que las personas exceptuadas por la presente Ley lleguen a realizar actividades que deriven en
«injerencia de personas naturales o jurídicas, Gobiernos u organizaciones extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua, se aplicará las disposiciones correspondientes de la legislación vigente», advierte.
«Ley Putin» inhabilita participación de opositores en candidaturas
La normativa de la Ley de Agentes Extranjeros, ordena que las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o de otras nacionalidades que actúen como «agentes extranjeros» deben abstenerse, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna y externa, ya que son pena de sanciones legales.
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Tampoco pueden financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones o alianzas políticas o asociaciones que desarrollen actividades políticas internas en Nicaragua, según el artículo 4.
En el caso de las personas naturales, ordena que estas no podrán ser funcionarios, empleados públicos o candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza. De esta manera, el régimen esta negando la participación de líderes o dirigentes de organizaciones opositoras, que se prepararán para las próximas elecciones presidenciales, previstas para en noviembre de 2021.
CIDH señala que «Ley Putin» es un intento de criminalizar y consolidar el cierre de medios independientes
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE_CIDH), valoran que la Ley de Agentes Extranjeros afectará a ONGs que trabajan en la defensa de los derechos y promoción de valores democráticos, y a medios de comunicación independientes que reciben fondos de cooperación internacional.
El organismo escribió en Twitter que se pronunciaron en contra de esta ley (Ley Putin), advirtiendo que la norma representa un intento de criminalizar y consolidar el cierre de los medios de comunicación independientes y organizaciones de la sociedad civil.
«La CIDH supo que hoy se publicó en La Gaceta, Diario Oficial, la Ley sobre Agentes Extranjeros, norma que afectará el derecho a la libre asociación, a la libertad de expresión, y a participar en asuntos públicos y en protestas sociales», cita un mensaje publicado por el organismo internacional.
#Nicaragua 🇳🇮 @CIDH y su @RELE_CIDH se pronunciaron sobre la #LeyDeAgentesExtranjeros en un comunicado y señalaron que la norma representa un intento de criminalizar y consolidar el cierre de medios de comunicación independientes y organizaciones de la sociedad civil. #MESENI 2/4
— CIDH – IACHR (@CIDH) October 19, 2020
RELE_CIDH, también hizo un llamado al cese de la persecución contra medios de comunicación independientes y ONGs. «La CIDH y la RELE, consideran que la Ley de Agentes Extranjeros es parte de una estrategia estatal desplegada desde fines del 2018. Llaman al cese de la persecución de medios de comunicación y ONGs, y a dejar sin efectos la norma, contraria a estándares de Derechos Humanos», expresaron.