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El dictador Daniel Ortega utiliza a la Policía, dirigida por su consuegro, Francisco Díaz, para ejecutar las leyes represivas contra los ciudadanos. LA PRENSA/ TOMADO DE PRESIDENCIA

«Ley Putin» revive el fantasma de las confiscaciones de los años 80

Juristas, economistas y opositores coinciden en que el sistema de confiscación establecido en la "Ley Putin" será aplicado como un arma política contra empresarios, partidos y movimientos políticos y organizaciones que adversen a la dictadura orteguista

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Con la denominada  «Ley Putin», el orteguismo instaurará la confiscación por la vía administrativa de los bienes materiales y de recursos monetarios de todo ciudadano nicaragüense o de otras nacionalidades, organizaciones, asociaciones, fundaciones que se les califiquen como «agentes extranjeros», cuando éstos se nieguen a registrarse como tales, o cuando el Ministerio de Gobernación les señale de ser una amenaza para la seguridad del Estado.

Ese es el análisis de juristas, legisladores, economistas y opositores sobre uno de los muchos peligros que supone la propuesta de Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, considerada una copia de una ley aprobada en 2012 por el gobierno de Vladimir Putin, en Rusia.

«La negativa de inscribirse autorizará al Departamento de Registro de Agentes Extranjeros a intervenir los fondos y bienes muebles e inmuebles de la persona física o jurídica que se niegue a cumplir con la ley, así como prohibir sus actividades», dice el tercer párrafo del artículo 13 de la propuesta legislativa de los diputados orteguista.

El economista Róger Arteaga, el jurista José Pallais, el diputado Maximino Rodríguez y la opositora Dora María Téllez, identifican en ese artículo la forma en que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo revivirán el sistema de confiscación perpetrado por la primera dictadura sandinista en la década de los años 80, y que sería aplicado como un arma política contra empresarios, partidos y movimientos políticos y organizaciones que les adversen.

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El economista Arteaga indicó que la amenaza de la confiscación se suma al control y espionaje financiero a los ciudadanos nacionales o de otras nacionalidades, así como asociaciones y organizaciones cuyas actividades sean con cooperación externa, proveniente de gobiernos o agrupaciones o ciudadanos extranjera.

«Como hicieron una copia de la Ley rusa es complicado delimitar entre el sujeto obligado y el no obligado en registrarse como agente extranjero. Es tan confuso que eso se presta a una gran discrecionalidad del personal del Ministerio de Gobernación y de la UAF (Unidad de Análisis Financiero), que lo puede utilizar el gobierno para fregar a quién quiera.  Es tan gris que si alguien interpreta que no lo implica la ley, pero el ministerio sí lo cree, entonces de repente aparecerá con la Policía a detener a la persona y se le confiscará sus bienes, lo dejarán en la calle», aseguró Arteaga, exgerente regional del BCIE.

La «Ley Putin» orteguista considerará una amenaza para la seguridad del Estado a «toda persona física y jurídica que en Nicaragua que se desempeñe o trabaje como agente, representante, empleado o servidor, o cualquier otra persona que se trabaje o se desempeñe en cualquier otra actividad abajo orden, requerimiento, instrucción o dirección, supervisión o control de un organismo extranjero o de una persona física o jurídica, cuyas actividades sean directa o indirectamente supervisadas, dirigidas, controladas, financiadas o subsidiadas en su totalidad o en partes por gobiernos, capital, empresas o fondos extranjeros, sean directamente  o por medio de terceros, sean personas físicas o jurídicas».

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FSLN causó deuda de US$ 1,600 millones por confiscaciones

Durante la primera dictadura sandinista en la década de los años 80, que también encabezó Daniel Ortega, se instauró un sistema de confiscaciones de propiedades a empresas, productores, inversionistas y ciudadanos a través de decretos y leyes, como la de la Reforma Agraria, y con las que se benefició principalmente a la cúpula de la dictadura.

Tras la caída de Somoza, el 20 de julio de 1979 la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional aprobó el decreto No. 3 que confiscaba las propiedades y bienes de la familia Somoza, militares y funcionarios que abandonaron el país a partir de diciembre de 1977.

Con la reforma agraria aprobada en 19 de julio de 1981, el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) confiscó toda propiedad de más de 500 manzanas en Managua, Masaya, Carazo, Granada, Rivas, Chinandega y León. Mientras que las propiedades de más de mil manzanas fueron afectadas en el resto del país.  También se confiscaron tierras que fueran explotadas por cooperativas o trabajadas a medias entre el dueño y el campesinado.

Al perder las elecciones de febrero de 1990 ante la candidata de la Unión Nacional Opositora (UNO), Violeta Barrios de Chamorro, el FSLN aprobó la leyes 85,86 y 88  que legalizaban como dueños de las miles de propiedades confiscadas a quienes las estuvieran ocupando al 25 de febrero de 1990.  Eso se conoce como “la Piñata” sandinista que le dejó al país una deuda interna de más de 1,600 millones de dólares.

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Constitución prohíbe confiscación

En la nueva Constitución Política de Nicaragua se prohibió, en el artículo 44, «la confiscación de bienes». «Los funcionarios que infrinjan esta disposición, responderán con sus bienes en todo tiempo por los daños inferidos», según la regla contitucional. Esa protección es desbarata con la «Ley Putin», afirmó el jurista José Pallais.

Dora María Téllez, exguerrillera y disidente sandinista comparte la opinión, aduciendo que el régimen de Ortega podrá «arbitrariamente ocupar todas las cuentas bancarias y bienes de todo al que sentencien administrativamente de ser un agente extranjero, pero sabemos que eso la aplicarán solo a los opositores».

Téllez aseguró que los alcances de la copia de la ley rusa «es inédita, porque nunca ha existido tanta criminalización, dirigido a ONG, iglesias, fundaciones, universidades, medios de comunicación, contra quienes se actuará discrecionalmente».

El objetivo de la dictadura es cerrar el financiamiento a los sectores y movimientos opositores para acabar con las protestas antigubernamentales, así como inhibir a los potenciales candidatos opositores que supongan una amenaza para la continuidad en el poder de Ortega y Murillo.

«Habrá protestas con o sin fondos, porque es una decisión de los nicaragüenses sacar a esta dictadura», dijo Téllez.

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Confusión sobre supuestas excepciones

La excepción de quienes no deberán registrar sus movimientos financieros serán quienes reciban remesas, pensionados extranjeros residentes en el país, filiales de empresas productivas y comerciales extranjeras,  fábricas y supermercados de inversión extranjera, como los negocios basados en tratados, acuerdos y convenios comerciales.

El economista Arteaga interpretó que ahí se liberarían a los organismos multilaterales que financian programas públicos y al sector privado. Sin embargo, señaló que como «línea gris» el hecho que en la «Ley Putin» en otros artículos obliga a todas las empresas que reciban financiamiento externo a reportarse como «agentes extranjeros», reportando los fondos, el prestatario o donante y el uso de los recursos ante el Ministerio de Gobernación.

«Por ejemplo, si la AID (Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional) da fondos para capacitación para los partidos políticos, para promover los derechos humanos, entonces se les va a perseguir, pero ¿y si el financiamiento es para un programa de capacitación técnica a productores? Las empresas o los productores serán señalados de practicar acciones de injerencia en política interna y por tanto se le podrá confiscar si el gobierno lo culpa de violar esa ley», planteó Arteaga,  exgerente regional del BCIE.

La trampa en el artículado

El jurista José Pallais afirmó que la «Ley Putin» del régimen crea excepciones a ciertas actividades en el artículo 1, pero que luego son anuladas en el articulado 2, donde se «reafirma el concepto de amplitud de que todos los ciudadanos somos una amenaza y nos expone al ojo represivo de la tiranía».

Y es con ese principio que se pretende anular los derechos políticos y de organización,  al otorgar  el régimen poder discrecional a los funcionarios del Ministerio de Gobernación para paralizar las cuentas bancarias, quitarles el dinero y confiscarles los edificios, equipos, todos bienes propiedad de persona o entidad jurídica, incluidas empresas, que se le acuse del delito contra la seguridad del Estado, aseguró Pallais.

El jefe de la bancada Partido Liberal Constitucionalista (PLC), Maximino Rodríguez, dijo que cuando se le da el poder legal al Ministerio de Gobernación de paralizar e intervenir las cuentas bancarias y los bienes de los que se les señale de «agente extranjero, se está reviviendo la amenaza de la confiscación». No se necesitará una orden judicial para ejecutarlo, sino que bastará una decisión administrativa, » una orden que  la darán desde el Carmen», que es oficina y vivienda de los dictadores Ortega y Murillo y la secretaría del Frente Sandinista.

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