Octavio Henríquez publica en Confidencial , el pasado 1 de enero, unas declaraciones sumamente sorprendentes de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Alba Ramos, en relación con el juicio a los indiciados por los crímenes del 19 de julio pasado:
“Los agredidos eran inocentes que venían de la celebración de la revolución. Viéndolo como persona y no como juez, opino que les mataron por razones políticas. Ortega no llamaría culpable a alguien solo para encontrar un responsable. Si él dice que alguien es culpable es porque hay todo un trabajo. Para la opinión pública es importante que se sancionen hechos como estos y sentar un precedente”.
Cuando se le señala que los indiciados ni fueron consignados a los tribunales ni se les dejó en libertad al cumplirse el plazo de 48 horas de detenidos, Ramos responde con enojo:
“¿No importa la barbaridad del delito cometido? ¿Habría que cumplir con los términos [procedimentales] aunque queden libre los responsables?”
Analicemos qué dijo la presidenta de la Corte:
Un juez puede emitir opiniones personales sobre un caso judicial, que no emitiría como funcionario.
El crimen del 19 de julio fue político, vengativo, terrorista.
Ortega puede declarar culpables a los indiciados antes del juicio, porque conoce un trabajo previo de información.
Los hechos del 19 de julio deben sancionarse, para sentar un precedente importante para la opinión pública.
El bárbaro delito del 19 de julio crea situaciones de excepción. Para evitar que los indiciados queden libres, se justifica que sean irrespetados los términos del procedimiento penal.
Por maduración neurológica y profesional un juez emitiría una opinión más justa que una persona cualquiera, por lo cual, en temas judiciales nunca opinaría como persona lega en derecho.
El móvil del crimen debe deducirse de las pruebas recabadas por quien inculpa a los indiciados, y en base a ellas se debe demostrar la verdad. Si el móvil es político, como dice Ramos, los reos, por este delito, serían prisioneros políticos.
Ni Ortega ni nadie pueden declarar culpable a alguien, antes que el proceso judicial emita sentencia. Si bastara la información recabada (peor a base de torturas) no habría necesidad de juicio, ni la defensa del indiciado podría refutar las pruebas de la Fiscalía, o aportar pruebas que sirvan al derecho de la parte acusada.
Todos los crímenes deben ser sancionados, no para intimidar a la opinión pública, como dice Ramos, sino, porque la ley así lo establece: Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege. Para sentar un precedente, debe bastar un proceso legal justo, que tutele los derechos ciudadanos establecidos en la ley.
No es posible, para que alguien no salga libre, que se violenten las garantías constitucionales y el debido proceso, con decisiones discrecionales de excepción.
Solo si existe una inmediata alteración grave para la vida del Estado, prevista en la Constitución, la autoridad competente, contando con el consenso de todas las fuerzas políticas, podría decretar de manera pública el estado de excepción. El crimen del 19 de julio no amenaza la vida del Estado (aunque sea un crimen bárbaro contra gente inocente, que tiene derecho a asistir a una celebración partidaria).
¿Cómo es posible que altos administradores del poder judicial ignoren y contravengan estos elementales conceptos del Derecho Constitucional y del Derecho Procesal Penal?
Por medio de la teoría de juegos se ha comprobado científicamente que aquellas personas deformadas culturalmente en sociedades con gran desigualdad social, no toman las decisiones más justas en pro del interés colectivo, si ello les implica cierto sacrificio personal.
En un régimen absolutista, discrecional, corrupto, impune, el sentido de justicia degenera completamente, máxime, en quienes deben administrar justicia, ya que sus cargos los deben a quienes con una conducta criminal se enriquecen transgrediendo desde el vértice del poder los nexos de confianza de la sociedad.
Las neurociencias ayudan a determinar cómo las presiones externas afectan la toma de decisiones concernientes a la justicia. Al verse envuelto prolongadamente en un ambiente de corrupción, un administrador de justicia presenta una escasa maduración cerebral en las zonas donde operan los circuitos que relacionan las emociones con la toma de decisiones. Inmadurez neurobiológica que explicaría la dificultad para seguir normas de justicia social.
El autor es ingeniero eléctrico.
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