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Canal de Nicaragua, Canal Ni, Canal Interoceánico, Gran Canal

El 10 de diciembre miles de personas marcharon en la capital contra la construcción del Gran Canal Interoceánico, pese a una serie de obstáculos de instituciones del Gobierno. LA PRENSA / M. ESQUIVEL

La Ley que entregó Nicaragua a un chino

Así como está planteada la Ley del Gran Canal Interoceánico (Ley 840) y el Acuerdo Marco, todo indica que “el éxito de este proyecto está ligado al fracaso del Estado de Derecho de Nicaragua”.

“El éxito del proyecto del Gran Canal Interoceánico está ligado al fracaso del Estado de Derecho de Nicaragua”. Gabriel Álvarez, jurista y especialista en derecho constitucional.

Así como está planteada la Ley del Gran Canal Interoceánico (Ley 840) y el Acuerdo Marco, todo indica que “el éxito de este proyecto está ligado al fracaso del Estado de Derecho de Nicaragua”.

Con esta afirmación el jurista Gabriel Álvarez resume su opinión sobre los términos legales de lo que él llama una cesión del territorio y la soberanía nacional al empresario chino Wang Jing, y no una concesión como le dice el Gobierno.

Rápidamente explica que las concesiones se otorgan con base en una ley previa, la cual establece los requisitos para otorgarla, pero lo que ocurrió en el caso del proyecto del canal es que se creó una ley que otorga o cesiona una parte del Estado nicaragüense para la construcción de una obra.

CESIÓN SIN CONDICIONES

Álvarez manifiesta que el artículo 105 de la Constitución Política de Nicaragua establece que “las inversiones privadas y sus modalidades, y las concesiones de explotación a sujetos privados serán reguladas por la ley en cada caso”.

“En cambio lo que hizo la Ley 840 fue otorgar de manera ilimitada e incondicionada el territorio nacional al ‘cesionario’”, para realizar la obra del canal, en una violación directa a la soberanía nacional, afirma el jurista.

Los defensores del Canal niegan la violación a la soberanía explicando que el territorio sigue siendo nicaragüense, que la concesión solo es válida por 50 años y que hay una Autoridad del Gran Canal –integrada por instituciones públicas– que toma las decisiones y defiende los intereses del país.

Pero Álvarez explica que la violación a la soberanía nacional es explícita en el Acuerdo Marco y en la Ley 840, porque cuando el Estado Nacional pierde la facultad de gobernar un territorio, ha perdido la soberanía nacional sobre ese territorio.

“El Estado ejerce sus competencias sobre la población que está asentada sobre determinado territorio, cuando eso no es posible hacerlo, sencillamente no hay soberanía, casi diríamos que no hay Estado, y el Acuerdo Marco y la Ley 840 eso es lo que hace”, afirma el abogado constitucionalista.

EMPRESARIO “BLINDADO”

Álvarez afirma que el Gobierno blindó al “cesionario” para que no tenga que someterse al ordenamiento jurídico del Estado y a las decisiones de las autoridades nicaragüenses.

El exprocurador general de la República, Alberto Novoa, asegura que en el contrato canalero no hay ninguna responsabilidad para HKND Group –empresa formada por Wang Jing para ejecutar el proyecto–. Además el exfuncionario destaca que las diferencias que tengan Nicaragua y HKND Group se tendrían que discutir en tribunales arbitrales en Londres.

“Nicaragua queda en indefensión prácticamente porque toda la concesión está a favor de un solo lado”, dijo Novoa, quien agregó que en la concesión canalera no se solicita el cumplimiento por parte de la empresa en ninguna cláusula.

ESCENARIOS DE HKND

Mónica López Baltodano, abogada y directora de la Fundación Popol Na, afirma que el problema principal en este aspecto es “que la concesión contempla escenarios en los que el inversionista (HKND) declare que el proyecto no es viable. Incluso contempla que el inversionista diga ‘ya no hago el Canal húmedo y sigo con los otros subproyectos’”.

López Baltodano sostiene que la concesión no dice qué pasaría si el (concesionario) incumple a Nicaragua. “De hecho, las pocas cosas que dice sobre eso son preocupantes, por ejemplo, el claro establecimiento de que al inversionista no se le pueda aplicar sanciones ni civiles ni penales ni administrativas por el incumplimiento de sus obligaciones”.

Según la especialista, el artículo 13 de la Ley 840, titulado: “Resolución de disputa”, establece que “si el Estado de Nicaragua quiere reclamar al inversionista, no puede hacer uso de ninguno de los recursos legales vigentes en el país. Es decir, ni acciones administrativas, ni acciones penales, ni sanciones económicas. No aplica el procedimiento que normalmente deberían de aplicar, tu único recurso es ir a las dos opciones de tribunales de arbitraje en Londres… Pueden optar ir o al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a las Inversiones (CIADI) o a la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional”.

“Es inconcebible que un documento diga que en 180 días Nicaragua tiene que reformar su Constitución, como si fuera atribución del presidente, de un inversionista privado y de un funcionario público decidir si la nación cambia sí o no su Constitución… Lo más triste no es que lo diga, lo más triste es que así ocurrió”.
Mónica López Baltodano, abogada y directora de la Fundación Popol Na.

NICARAGUA SÍ PUEDE SER SANCIONADA

Contrario a eso, si Nicaragua incumple, López Baltodano evidencia que hay varios mecanismos de sanciones. “Si ocurre alguno de los eventos llamados ‘eventos políticos de fuerza mayor’ y son atribuibles al Estado de Nicaragua, como por ejemplo, si los ciudadanos se ponen enfrente del primer camión que va a abrir la zanja y en el caso hipotético se impide durante dos meses que ese camión opere. El inversionista puede solicitar que lo indemnicen por el costo diario que perdió por los días de atraso”, afirma la abogada.

Los “eventos políticos de fuerza mayor” son mencionados en la cláusula 14 del Acuerdo Marco de la concesión canalera y algunos de estos son conflictos armados, bloqueo, embargo, disturbios, desórdenes públicos, manifestaciones, rebelión, conmoción civil, sabotaje, huelgas, cierres, paros laborales, etcétera.

ÓRGANOS NACIONALES VULNERADOS

Para López Baltodano, cuando se refiere a entrega de la soberanía, no se habla en un sentido abstracto sino muy concreto, “que es que un Estado que tiene instituciones que se supone tienen facultades, ya no las pueden ejercer porque la concesión del Canal dice que no pueden”. Por ejemplo, el Acuerdo Marco dice que si la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declara inconstitucional la Ley del Canal, Nicaragua está obligada a indemnizar al inversionista por los daños y perjuicios ocasionados. “La concesión del Canal nos arrebata de las manos las facultades del poder legislativo y del poder judicial”, argumenta la abogada.

NICARAGUA SIN “INMUNIDAD SOBERANA” Y REFORMA CONSTITUCIONAL

López Baltodano explica que en el caso de ser condenado el Estado de Nicaragua tendría que cubrirlo con sus cuentas, las cuales manejan el Presupuesto General de la República, pero además quedan a dispensa las reservas internacionales de Nicaragua, porque se obligó al Banco Central a firmar unos documentos llamados “Renuncia de inmunidad soberana”.

“Ese concepto jurídico está pensado para que las reservas internacionales del país, que son las que garantizan que el país tenga estabilidad en su moneda, pueda importar, exportar, o sea toda la dinámica económica del país, estén protegidas contra demandas de terceros. Pero la concesión del Canal lo que hace es quitar esa protección jurídica que tienen nuestras reservas y dejarlas desprovistas de protección en el escenario de que el inversionista nos demande”, comenta López Baltodano.

Los aspectos mencionados por López Baltodano están contemplados en la cláusula 9 del Acuerdo Marco en la concesión, lo cual se denomina como “cláusula de facilitación”. Otro punto que destaca la especialista y que se contempla en las facilitaciones es la obligación que tuvo el Estado de Nicaragua de reformar su Constitución Política.

MARCHAS CONTRA EL CANAL

El 10 de diciembre miles de personas lograron marchar en la capital contra la construcción del Gran Canal Interoceánico, pese a una serie de medidas institucionales que obstaculizaron la salida de buses que trasladarían protestantes originarios de las regiones que serán afectadas por la obra. La primera marcha contra el Canal se realizó el 19 de septiembre, en una comunidad rural llamada La Chocolata, en Rivas, donde la gente se organizó voluntariamente para expresar su rechazo a este megaproyecto que tendrá un costo estimado en 50,000 millones de dólares. Tres meses después, existe expectativa sobre lo que ocurra hoy cuando se inauguren obras relacionadas con la construcción del Canal.

“ORIGEN TAMBIÉN FUE ILEGAL”

El jurista Gabriel Álvarez asegura que desde su nacimiento la Ley de Gran Canal Interoceánico (Ley 840) fue violatoria al proceso de formación de ley, cuando se aprobó a través de un proceso que él llama “una burla”, debido a que se trata de un proyecto de gran impacto social y económico.

Pese a la importancia, la ley se aprobó luego de una consulta de cinco días solo a instituciones públicas que nunca se han visto cuestionar al Gobierno y a un grupo de empresarios. No se consultó ni una institución de la sociedad civil.

“Aunque aparentemente hayan respetado los pasos de la formación de la ley, lo que hubo realmente fue una burla del procedimiento legislativo, lo que hubo fue un fraude de ley”, dijo Álvarez, asegurando que con esto se afecta el carácter democrático del Estado.

La Ley del Gran Canal fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial, el pasado 14 de junio de 2013. La concesión es por un periodo de cincuenta años y el Acuerdo Marco deja a discreción de la empresa china autoprorrogarse la misma por cincuenta años más.

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COMENTARIOS

  1. NIC
    Hace 9 años

    No se como esto pudo ser posible, donde estuvieron los abogados y los especialistas en leyes, parece si quiera que leyeron el contrato? a mi parecer no.Aun no entiendo como dejaron que nos arrancaran nuestra soberanía, y que sigue después nos van a exiliar de nuestro propio país?

  2. kolotogt
    Hace 9 años

    Recuerda wang jing q aqui las mujeres paren hombres y que te vas a encontrar con muchos sandinos enmpuñando el fusil para darle su cachimbrararar rarara

  3. María
    Hace 9 años

    Ojo: está clarísimo que este es un negocio redondo para los Ortega y los chinos ya que en cualquiera de los casos, se lleve a cabo o no el canal, tanto el dictador vende patria como los chinos salen ganando. Si el canal es detenido por algún movimiento bélico o retrasado, se pagarán indemnizaciones que irán a la bolsa de los chinos y de Daniel y en el otro caso, si se lleva a cabo el canal los beneficios como siempre serán para unos pocos!!! Hay que actuar, no podemos permitir esto!!!

  4. Hace 9 años

    Es increíble lo q he leido, como es posible esto? Nicaragüenses no podemos aceptar esta vil entrega de nuestra patria a una empresa extrangera, esto es peor q el tratado Chamorro-Bryan, digamos no a esta cobardía infame al traidor más grande q ha tenido Nicaragua en toda su historia política, detengamos esta aberración contra nuestra patria y nuestros derechos.

  5. Mary
    Hace 9 años

    Señores especialista penalistas no es posible que todo lo firmado por el inconstitucional no se pueda hacer para atrás que le cobren a el y le juzguen a el ¿por que todo el pueblo tiene que pagar? y dejarse desalojar que desastre vive peleando con Consta Rica con Colombia limites marítimos y por el Rio San Juan. Y ahora que? si ya dono a los chinos en que beneficia a los ciudadanos Ese Daniel como ya se va morir no le importa el ya esta viejo y vivió pedro a la nueva generación que le deja nada.

  6. Mary
    Hace 9 años

    Mi pregunta es por esta noticia será que es para que bajen los brazos y para darnos el mensaje que no luchen que no hagan protestas por que ya no nada absolutamente nada que hacer. Siento que es mensaje directo a que se haga lo que se haga el canal o peor aun el asentamiento chino va en realidad no creo que haya tal canal pero si donación de la parte sur incluyendo el lago para que los chinitos se monten sus negocios y quien sabe si Rusia puede hacer sus base armado.

  7. Mary
    Hace 9 años

    Nadie nos defiende, los odio como hacen de nuestro país un lugar donde nos llegan a sacar de nuestro propio país esto es peor que haberse ido a vivir al extranjero por aún así nos tratarían mejor en otro país donde se tienen derechos aunque uno sea extranjero, Pero aquí humillan al mas pobre, creen que por se campesino no deben ser tomado en cuenta, como se permite que una sola personas o pacas hagan las estupideces que hace ese inconstitucional.

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