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En la imagen, tomada de Google Earth, se muestran las playas de Majagual y San Lorenzo, en el istmo de Rivas. En la primera está ubicada la Hacienda y Ecolodge Morgan´s Rock. LA PRENSA/TOMADO DE GOOGLE EARTH

Propietarios indefensos ante la ruta del canal

Aunque HKND Group, la empresa concesionaria del Gran Canal, negó que la zona de ecoturismo afecte algún complejo turístico existente, la presidenta de la Cámara Nacional de Turismo de Nicaragua (Canatur), Sylvia de Levy, expresó “la preocupación” que provoca al sector la ubicación del complejo turístico San Lorenzo, en Rivas.

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En la imagen, tomada de Google Earth, se muestran las playas de Majagual y San Lorenzo, en el istmo de Rivas. En la primera está ubicada la Hacienda y Ecolodge Morgan´s Rock. LA PRENSA/TOMADO DE GOOGLE EARTH
En la imagen, tomada de Google Earth, se muestran las playas de Majagual y San Lorenzo, en el istmo de Rivas. En la primera está ubicada la Hacienda y Ecolodge Morgan´s Rock. LA PRENSA/TOMADO DE GOOGLE EARTH
En el mapa que presentó HKND se señala al complejo turístico San Lorenzo, ubicado en las playas Majagual y San Lorenzo. El área que ocuparía el proyectado Centro Vacacional de HKND coincide con la ubicación de Morgan’s Rock y otras propiedades.
En el mapa que presentó HKND se señala al complejo turístico San Lorenzo, ubicado en las playas Majagual y San Lorenzo. El área que ocuparía el proyectado Centro Vacacional de HKND coincide con la ubicación de Morgan’s Rock y otras propiedades.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Rezaye Álvarez M. Lucydalia Baca Castellón

[doap_box title=”Lo que dice la ley 840″ box_color=”#336699″ class=”aside-box”]

El artículo 12 de la Ley 840, Ley del Canal expresa que el valor de la “propiedad requerida” a expropiar no puede ser superior al valor catastral de junio de 2013. Además establece que no se va a incorporar al valor de la propiedad, según la cláusula 1.1 del Acuerdo Marco, “ninguna mejora o bienes inmuebles agregados después de la fecha de este acuerdo o tampoco cualquier cambio en el valor que ocurriere o el hecho de conocer la acción expropiatoria previo a este acuerdo”. En el caso de las propiedades del Estado “su valor de expropiación es equivalente a cero”.

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El expresidente de Nicaragua, Enrique Bolaños, expresó que la ruta seleccionada por HKND es la que su Gobierno propuso, basado en estudios realizados.

“La ruta cuatro es la que nosotros investigamos, la que más me gustaba a mí era la (ruta) tres, pero da igual (porque) ninguna tiene sustancia para poderla decidir”, expresó el exmandatario.

Por su parte, la directora general del Banco Mundial (BM), Sri Mulyani Indrawati, expresó que en su visita a Nicaragua no es tema de agenda con el Gobierno abordar el proyecto del Gran Canal, pero “sea cual sea la opción o decisión del Gobierno va a necesitar no solo una factibilidad económica, sino también ambiental y social y (para) poder entonces mitigar cualquier consecuencia negativa que ese tipo de proyectos pueda tener”.

LUCÍA NAVAS

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Aunque HKND Group, la empresa concesionaria del Gran Canal, negó que la zona de ecoturismo afecte algún complejo turístico existente, la presidenta de la Cámara Nacional de Turismo de Nicaragua (Canatur), Sylvia de Levy, expresó “la preocupación” que provoca al sector la ubicación del complejo turístico San Lorenzo, en Rivas.

Según Levy su preocupación es porque “ciertos” socios serían afectados por este complejo.

“Como asociación estamos interesados en que (los empresarios de la zona) sean debidamente protegidos y debidamente compensados o que sea una situación que no sea de perjuicio para ninguno”, dijo Levy.

“(Que sea) una situación de ganar-ganar”, solicitó Levy en representación de los empresarios turísticos de las playas de Rivas, quienes podrían ser afectados por la instalación del complejo turístico.

La dirigente solicitó además reunirse en privado con representantes de al HKND para “discutir ampliamente el tema”.

Durante la exposición que realizó Dong Yunsong, ingeniero principal de gestión de construcción de HKND, reconoció que la zona elegida para construir el complejo turístico está ubicada al norte de San Juan del Sur y aseguró que en el lugar elegido “no existe actualmente un complejo turístico”.

Dong añadió que la zona de ecoturismo “no será competencia para las instalaciones existentes, ya que el canal atraerá nuevos turistas” y la demanda de servicios crecerá tanto que incluso hay que pensar en la construcción no de uno, sino de varios complejos turísticos en la zona.

Según el mapa presentado durante la exposición del lunes y la de ayer por HKND, en el que se muestra el desarrollo de infraestructura relacionada a la zona de ecoturismo, se puede identificar que en la ubicación del complejo ya existe la Hacienda Ecolodge Morgan’s Rock.

Pese a que Dong aseguró que no habrá afectaciones a inversiones establecidas en la zona elegida, el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), José Adán Aguerri, confirmó que existe una empresa, de la cual prefirió no revelar el nombre, que “inclusive ya tuvo una reunión a nivel de funcionarios de Gobierno para expresar su preocupación por la zona que ha sido señalada” para construir el complejo turístico San Lorenzo.

Aguerri insistió en que se debe esperar a que se tengan los planos finales y los estudios terminados que determinen que esa será la zona geográfica específica en la que se construirá el complejo.

“Si llega a darse un proceso vamos a estar atentos para apoyar a esas empresas y a esas inversiones”, sostuvo Aguerri.

Ante el temor expresado por los empresarios turísticos, Telémaco Talavera, presidente del Consejo Nacional de Universidades (CNU) y miembro de la Comisión del Gran Canal, manifestó que ahora que la ruta está definida “habrá un amplio proceso de consulta, diálogo e intercambio en los territorios” a partir del censo que se realice en la zona.

PROCESO DE EXPROPIACIÓN

La abogada ambientalista Mónica López Baltodano, explicó que todo el procedimiento de expropiación está regulado por la Ley 840.

El artículo 12 de la Ley 840 establece que la Comisión del Gran Canal es la responsable de hacer la expropiación.

Para López Baltodano “teóricamente hablando va a funcionar así: el inversionista manda una solicitud de expropiación a la Comisión, con las especificaciones y explicando la obra que realizará relacionada al Canal. La Comisión notifica de la expropiación a las personas, indicando que la propiedad es de interés público. Cualquier persona notificada de esa manera no tiene mecanismos para cuestionar la expropiación, sino para negociar el precio de la propiedad”.

Según la Ley y el Acuerdo Marco, se pagará el valor catastral a junio de 2013, mes y año en que se publicó la Ley, “no es el precio de mercado, sino valor catastral y el valor catastral de cuando se aprobó la ley”, aclaró López Baltodano.

Sumado a esto, según López Baltodano, la Ley establece que “no se va a incorporar en el precio, mejoras en el inmueble que se hayan hecho después de la aprobación de la Ley”.

Destacados Nacionales Gobierno Gran Canal archivo

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COMENTARIOS

  1. Roberto
    Hace 10 años

    Bravo por fin un comentario de calidad. Mis Feclicitaciones Doctor William.

  2. guilherme
    Hace 10 años

    Afirmar rotundamente una situación que no ha ocurrido es actuar con profunda mala fe o mala intención

  3. Dr. William Richard Pabst Cathey
    Hace 10 años

    La palabra Apropiación es mejor usar en este caso. Expropiación indica tomando propiedad sin pagar. Sin embargo, por ley, tomando la propiedad por uso del Estado (eminent domain) es pagado conforme su valor catastral. Personas quienes han insistido en un valor catastral bajo para pagar menos impuestos ahora van a sufrir las consecuencias.

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