Milton Gómez
El internet nunca olvida, estas palabras a menudo se utilizan para recalcar las consecuencias de nuestras acciones en la red. Fotos, artículos, críticas, y elogios sobre tu persona podrían algún día ser encontrados por un empleador, ser querido, y cualquier otra persona que sepa dónde buscar. A nivel personal, esto puede ser un hecho abrumador. Sin embargo, apreciamos que esto nos permite buscar información sobre individuos, políticos, organizaciones, y compañías que forman parte de nuestra vida. No obstante, este es un hecho que pronto podría cambiar.
En la Unión Europea se presentó un nuevo derecho en las leyes de privacidad personal: el derecho a ser olvidado. Este derecho se resume en la habilidad de una persona de pedir que información relacionada a si mismo sea borrada de los registros de un proveedor de servicio. Este derecho ha sido recientemente defendido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un caso en contra de Google.
En el caso, el español Mario Costeja González solicitó que se eliminaran resultados que aparecen al buscar su nombre en Google, ya que vinculan a un artículo de periódico que detalla algunas de sus antiguas deudas. Al haber socorrido al español, el tribunal implica que Google se verá obligado a tener un mecanismo para aceptar y atender este tipo de quejas de manera oportuna, o será sometido a exorbitantes multas.
Este esfuerzo por recuperar cierto grado de control sobre nuestros datos en la red muestra una preocupante tendencia de tener que escoger entre la privacidad del individuo y el la libre expresión. Peter Fleischer, jefe del Consejo de Privacidad de Google, simplifica el alcance de dicho derecho a ser olvidado en tres categorías: ¿Si publico información en línea, tengo derecho a borrarla? ¿Si publico información en línea y alguien hace una copia y la sube a su sitio, tengo derecho a borrarla?, y ¿Si alguien publica información sobre mí en línea, tengo derecho a borrarla?
Aunque la lógica tras la primera categoría se aprecia fácilmente, la segunda y tercera ambas presentan dificultades al requerir interpretación del alcance de la privacidad y de la libre expresión. Además, la carga de comprobar que la información presentada está protegida bajo la libre expresión cae sobre el proveedor del servicio, y no sobre la entidad que proveyó la información. Esto forma un obstáculo para compañías que proveen servicios informáticos en la Unión Europea y en otras jurisdicciones donde se busca imponer legislaciones similares, incluyendo a Brasil y Argentina.
El potencial de abuso de este derecho es evidente: políticos, compañías, y otras organizaciones podrían intentar condenar antiguos errores a muerte por olvido. Reporta la BBC que desde la decisión del Tribunal han pedido la eliminación de resultados en Google un expolítico que busca la reelección, un doctor con malas críticas, y un individuo condenado por poseer imágenes de abuso infantil. Este último es preocupante, ya que podría llevar a casos similares al de William James Vahey que llegó a su conclusión en tierra nicaragüense.
Hoy más que nunca debemos de buscar la manera de proteger nuestra privacidad ante la creciente colección de datos por compañías informáticas. Sin embargo, debe estar mejor definido el balance entre el derecho a la privacidad y el derecho a conocer los hechos. Por el momento es mejor tratar la información que compartes en línea como algo que será encontrado por la persona que menos deseas la encuentre.
El autor es ingeniero mecánico graduado de Taiwán
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