Leónidas Tapia Sánchez

La oralidad en nuestro sistema de justicia

“Desde hace diez años, con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal (CPP o Ley 406), la oralidad comenzó a aplicarse en las causas penales, lo que significó dejar atrás los litigios escritos en dicha materia. También implicó pasar de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio, en el que el juez es independiente del órgano acusador o Ministerio Público, entre otras cosas.

Hoy en día está en proceso de reforma el Código Laboral y el Código de Procedimiento Civil (proyecto que ya está en la AN). Estas reformas no solo conllevan el adecuar las materias a los parámetros y exigencias de la vida moderna, sino que van de la mano con la introducción de la oralidad en dichas causas. Entiéndase por oralidad, lo expresado verbalmente, y el principio por el cual serán realizadas las audiencias, incluyendo el juicio.

Pero oralidad no es solamente solicitar verbalmente una petición, la oralidad va más allá, es saber expresarse y hacerlo en el momento oportuno, es el manejo correcto de las técnicas faciales, corporales y manuales, al igual que el uso del léxico adecuado, entre otros aspectos.

El abogado litigante tendrá que conocer las técnicas de un correcto interrogatorio. Además por ejemplo, al momento que quiera objetar la pregunta a un testigo de la contraparte, debe de aplicar lo siguiente: 1) Se tiene que objetar a viva voz cuando la pregunta haya sido formulada completamente, no antes; 2) Hay que ponerse de pie previo a la objeción, y 3) Se tiene que fundamentar la objeción si se trata de preguntas sugestivas, capciosas, compuestas, etc. De igual forma se puede objetar la respuesta del testigo. Para que el juez dé lugar o no a la objeción, más que conocer el derecho, debe de conocer esta técnica, igualmente el abogado de la contraparte, y he aquí la importancia de capacitarse en esta área para que todos conozcan las técnicas de oralidad.

Los abogados litigantes, con experiencia oral en lo penal, probablemente tengan menos problemas que aquellos abogados que están acostumbrados a un sistema escrito, considerado por muchos como arcaico. Este cambio seguramente causará ciertas molestias y disconformidad, pero hay que entender que con los juicios orales se busca, por lo menos en teoría, como la carga laboral, la retardación de justicia y la corrupción disminuyan.

El poder judicial, el Ministerio Público, entre otros, deben capacitar a todos sus actores de justicia para conocer, aplicar y fortalecer las técnicas de oralidad. Las universidades deben de hacer mucho énfasis en la capacitación a los estudiantes y/o profesionales del derecho en este nuevo sistema de justicia oral, entre otras acciones.

Hablar es fácil, saber expresarse es algo muy diferente, pero más difícil es darse a entender. El abogado litigante en un sistema de justicia oral debe alegar en base a una dicción lógica, concatenada y segura. El titubear y alegar erróneamente puede ocasionar serios perjuicios a la administración de justicia.

Nicaragua está apostando a un sistema integral de justicia oral. Se requiere de consenso y de recursos económicos para lograrlo a mediano o largo plazo, pero es un cambio necesario e inevitable, por lo que estas reformas deben de acompañarse por políticas públicas, consultas ciudadanas y de una continua capacitación de las personas que forman o formarán parte del sistema”.  

El autor es máster en derecho penal y catedrático UNEH.
[email protected]

COMENTARIOS

  1. ULPIANO CON TOGA
    Hace 14 años

    Pero de qué hablamos en este asunto? Examinemos la historia: el litigante escaso de léxico técnico y cultura general; los fiscales de la PGR al cual más sopenco (a), un Juez vestido de negro como ave de mal presagio. Dónde está la oralidad capaz de exponer con sencillez, lógica, no la hay. Los recintos judiciales parecen establos. Todo es estultez. Desemboca en verborreas con supuestos aires de solemnidad. Y por otra parte, los fiscales y jueces (coludidos hasta en coimas) atropellan al g

  2. libertador
    Hace 14 años

    Lo primero que se debe hacer es instruir y hacer entender a los Jueces y Magistrados que los abogados litigantes no son sus hijos,ni sus familiares,ya que hasta le quieren pegar,lo único que se observa es la poca preparación profesional que estos tienen y para encubrir sus aberraciones con prepotencia y abuso de autoridad tratan con mucha falta de cortesia a los litigantes a tal extremo que siempre se logra escuchar cuando el»Juez»manda a callar al litigante,con arrogancia y por ser autoridad

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí