El gobierno de Daniel Ortega es en la actualidad el mayor violador y transgresor de sus propios compromisos en materia del respeto a la democracia participativa y representativa, tal y como están definidas en la Carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana. Las ignora y pretende que no existen, tratando de marginarnos de los derechos y beneficios que como ciudadanos tenemos a ser partes del sistema hemisférico, cuyo fundamento es la libertad en todas sus formas y la democracia que pasa por la realización de elecciones libres y periódicas.
El actual mandatario, cuyo período vence en 2012, rechaza la Organización y la utiliza solo cuando conviene a sus intereses como cuando los hondureños desterraron al proyecto chavista llamado Mel Zelaya. ¡Y bien que lo hayan hecho! Así entienden los que cuando llegan al poder creen que pueden privatizarlo en su beneficio —como Gadafi— en nombre del pueblo presidente, mientras se erigen en virtuales monarcas de pueblos avasallados.
Nicaragua sufre la peor de las acciones de demolición del sistema republicano de toda su historia. Baste solamente con hacer un breve recuento de las violaciones del artículo tercero de la Carta Democrática Interamericana, que es nuestro deber recoger, promover y defender, pues está vigente como todo el sistema continental que le da sustento, aún y a pesar de los esfuerzos del eje chavista por liquidarla. Pervive el principio de la defensa colectiva de la democracia que ya debería estarse poniendo en práctica en nuestro país, especialmente en este año de nuevo fraude electoral.
El expresidente Carter, el mismo amigo de Daniel Ortega, elaboró una lista de condiciones mínimas que deberían exigir una respuesta de la OEA bajo la Carta Democrática. Estas son:
1. Una violación de la integridad de las instituciones centrales, incluyendo pesos y contrapesos constitucionales y que disponen la separación de poderes públicos.
2. La realización de elecciones que no satisfacen los estándares internacionales mínimos.
3. La no realización de elecciones periódicas o la inobservancia de sus resultados.
4. Violaciones sistemáticas de las libertades básicas, como son la libertad de expresión, la libertad de asociación y el respeto por los derechos de la minoría.
5. La terminación inconstitucional del periodo de gobierno de cualquier funcionario elegido legalmente por parte de cualquier otro actor, ya sea o no elegido.
6. La remoción arbitraria o ilegal, o la interferencia en el nombramiento o las deliberaciones de los órganos judiciales y electorales.
7. La interferencia ilegal de parte de oficiales o actores no elegidos en la jurisdicción de oficiales elegidos.
8. El uso sistemático de los cargos públicos para silenciar, hostigar o perturbar el desarrollo de las actividades normales y legales de los miembros de la oposición política, la prensa o la sociedad civil.
9. Una declaración no justificada de estado de emergencia.
Todas ellas, que parece fueron escritas para nuestro país, representan “una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático de un Estado miembro”, por lo que la OEA debe tomar la iniciativa bajo el artículo 20 de la CDI para enfrentar dicha situación.
Dichas acciones deben basarse en los tratados y normas internacionales, así como en las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
¿Vamos a seguir viendo impasibles día a día el renacimiento de viejas y retrógradas formas de gobierno? Nicaragua hoy está en 1936, con una versión del primer Somoza afianzando su poder en alianzas con el gran capital, un Cardenal instrumentalizado y un exgeneral del ejército como compañero de fórmula en su inconstitucional, ilegal e inmoral pretensión de perpetuación en el poder.
De nosotros depende…
El autor diputado suplente al Parlamento Centroamericano.
Ver en la versión impresa las páginas: 9 A