Jorge A. Toledo Aguilar

¿Contraloría o lavandería?

“La ignorancia es la noche de la mente:pero una noche sin luna y sin estrellas”.

CONFUCIO


Leyendo en LA PRENSA de diciembre 13 declaraciones del vicepresidente de la Contraloría donde se autoexcluyen de investigar préstamo bancario del Consejo Supremo Electoral, la mente recuerda los sacrificios hechos para coronar la profesión de Contador Público y los esfuerzos para ingresar becado al INCAE y graduarme, pregunto ¿valieron la pena esos sacrificios para ver un organismo que debiera ser dirigido por expertos en contabilidad, auditoría control y finanzas en manos de abogados, administradores de empresas, siquiatras y ex miembros de la seguridad del Estado sin profesión conocida? Su mérito: ser leales al partido y a la pareja presidencial.

Esas declaraciones son bofetadas a la Ley Orgánica de la Contraloría pues violan su artículo siete y el ciento cincuenta y seis de la Constitución relativo a su independencia y autonomía; todos los incisos del artículo cuatro y en especial el inciso b) que en su párrafo uno reafirma que la Contraloría es un órgano independiente sometido únicamente al cumplimiento de la Constitución y las leyes, por lo que aducir que al aprobar la Asamblea el presupuesto anual del 2011 está “lavando” la operación del Consejo es una aberración.

Si seguimos analizando la Ley Orgánica nos encontramos que las mismas declaraciones implícitamente violan el numeral once del artículo nueve relativo a la evaluación y ejecución presupuestaria de las entidades y organismos sujetos a su control y sobre todo el numeral 24 relativo a la fiscalización de toda contratación que entrañe ingresos o egresos u otros recursos y cuando las contrataciones no se ajusten a las disposiciones legales sobre la materia se aplicará el procedimiento de denuncia de nulidad, así como la determinación de las respectivas responsabilidades a que hubiere lugar.

En concreto, la Contraloría debe aplicar las leyes, previo examen de la operación, y declarar su nulidad, lo que, como efecto colateral traerá una pérdida al banco otorgante del préstamo, pues, sus ejecutivos de créditos, personal gerencial y cuerpo de abogados debieron determinar que dicho préstamo no podía ser desembolsado sin las previas autorizaciones que indican las leyes violadas, por tanto, la Superintendencia de Bancos tiene que ordenar de inmediato al banco a establecer las reservas necesarias por una posible pérdida por la dudas en la recuperación del préstamo.

El vicepresidente de la Contraloría olvida o ignora denuncia ciudadana No. 02-SS-II-06-13-10-09 en que el que escribe este artículo denunció las violaciones por parte del Consejo Supremo Electoral de numerosos artículos de la Ley General de Deuda Pública, de la Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario y delitos tipificados en el Código Penal vigente por delitos Contra la Constitución Política y la Seguridad Social en contrato firmado con el INSS y que sobre el cual aún hoy ni Contraloría ni la Fiscalía se pronuncian.

Estos dos hechos, el contrato con el INSS y el préstamo bancario, tienen el mismo modus operandi y violan las mismas leyes y si la Contraloría se inhibe e ignora la denuncia que admitió en enero de 2010 y “lava” la operación de préstamo renunciando a cumplir su Ley Orgánica y demás leyes aplicables, estamos ante una situación de complicidad por parte del órgano superior de control.

Si los contralores colegiados no obedecen el cuerpo de leyes aplicables por ignorancia, incapacidad, a sabiendas o por omisión deben atenerse a lo establecido en el artículo veintiuno de la Ley Orgánica relativo a las formas y causales de suspensión y destitución y la Asamblea Nacional debe autorizar las auditorías necesarias para establecer responsabilidades de todos y cada uno de los miembros del Consejo Superior de la Contraloría sobre su gestión, tal como lo manda el artículo ciento cincuenta y seis in fine de la Constitución Política.

Señores Contralores, por segunda vez se les recuerda que al tomar posesión de sus cargos juraron por su honor, la Patria y los héroes nacionales respetar y hacer cumplir la Constitución y las leyes; ¿ya lo olvidaron? O ¿no tienen Patria? ¿Los héroes lucharon y murieron en vano? O ¿perdieron el honor o nacieron sin él? O ¿es más fácil dejar hacer y dejar pasar y cobrar un buen salario por actuar como lavadores de operaciones delictuosas? Si no son capaces de cumplir, renuncien. [email protected]

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