El cuestionado proyecto de reformas a la Ley para la Distribución y el Uso Responsable del Servicio Público de Energía Eléctrica (Ley 661) fue aprobado ayer por una mayoría de diputados de la Asamblea Nacional, aunque no tuvo un consenso y fue criticada por parlamentarios de bancadas opositoras que mostraron su desacuerdo.
De igual forma, representantes de los organismos defensores de los consumidores se mostraron en contra de estas reformas, ya que consideran que esta ley solamente deja un beneficio económico en favor de la empresa distribuidora de energía, Gas Natural, quedando la gran mayoría de usuarios del servicio energético sin protección.
El proyecto de reformas fue presentado por el Gobierno para “ayudar” a disminuir las pérdidas por sustracción ilegal de energía, ampliando la cobertura de la Ley 661 hasta los usuarios que consumen 200 kilovatios hora mes, quienes podrán ser sujetos de sanciones y multas, de comprobarse el acto ilícito.
COBERTURA DE LA LEY
Con las reformas aprobadas ayer, la Ley 661 amplía su rango hasta los clientes que tienen consumo desde de los 200 kilovatios hora mes hacia arriba, antes el límite era 500 kilovatios hora.
Sin embargo, una vez que entre en vigencia su cobertura será hasta los clientes que consumen 300 kilovatios hora mes. Y en 18 meses abarcará a usuarios de 300 a 200 kilovatios.
Recientemente el ministro de Energía y Minas, Emilio Rappaccioli, aseguró que la reforma a la Ley Antifraude Energético no pretendía afectar a la población que paga y consume la energía real, sino que va dirigida a quienes establecen condiciones en su viviendas, destinadas a consumir energía que no es registrada por el medidor.
- El procedimiento para las sanciones administrativas contenidas en la Ley 661 antes de su reforma era aplicable inicialmente a todos los clientes y consumidores comerciales, industriales, de riego, de turismo y de bombeo con consumo mayor a los 500 kilovatios hora mes.
Eliseo Núñez Hernández, presidente de la Comisión de Infraestructura, explicó ayer que con las reformas a la Ley 661 se deja establecido que en los casos donde la empresa distribuidora establezca fraude en contra del cliente, deberá pagar hasta 14 facturas de consumo como multa mínima.
La reforma aplica sanciones administrativas a los clientes de menor consumo, pero a los de 500 kilovatios en adelante aplica sanciones penales y hasta cárcel cuando haya consumos mayores a los 800 kilovatios establecidas en el Código Penal, añadió, pero además aplicará estas sanciones a la empresa misma, añadió.
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Directivos de Gas Natural presentaron un plan de inversiones a los diputados de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, que va por el orden de los 32 millones de dólares por cinco años, tal y como lo contempla el protocolo de entendimiento firmado por el Gobierno y la distribuidora en el año 2008.
Mónica Baltodano, dirigente del Movimiento por Rescate al Sandinismo (MRS), se pronunció contra de las reformas de la Ley 661 y dijo que éstas solamente vendrían a garantizar “ganancias” en beneficio de la empresa y no garantiza nada en favor de los consumidores de la energía, que cada día la pagan más cara por la dependencia que existe de los derivados de petróleo.
Juan Carlos López, promotor del Movimiento de Consumidores en Acción (MCA), manifestó ayer que la ley y sus reformas es un tanto “grosera” hacia los usuarios, porque busca únicamente “aliviar” las pérdidas que tiene la empresa Gas Natural, sin establecer procedimientos claros para que haya una mejoría en el servicio.
López dijo que la asignación de más presupuesto al Instituto Nicaragüense de Energía (INE), con el propósito de ampliar sus cuadrillas, no era necesario porque la instancia reguladora siempre está presente en todo proceso de inspección.
“Para nosotros no era necesaria la aprobación de esta ley. Siempre estuvimos en contra porque deja en evidencia que se busca aliviar las pérdidas que tiene la empresa, pero no contempla aspectos para que el servicio mejore, para que Gas Natural invierta más”, apuntó.
MECANISMOS DE CONTROL
Edwin Castro, diputado de la bancada sandinista, explicó ayer que la Ley 661 no busca afectar a los usuario de sector energético y más bien busca que los clientes que están cometiendo fraude paguen por la energía que sustraen ilegalmente.
Mencionó que con las reformas aprobadas ayer se dejaron mecanismos de control, donde destaca que habrá sanciones en contra de Gas Natural si ésta no cumple con el plan de inversiones que presentó ante la Asamblea Nacional.
“Se dejó establecido que si la empresa no cumple con su plan de inversiones, puede ser sancionada de acuerdo con lo que establece la Ley 272 , Ley General de la Industria Eléctrica. Además se acordó que sea en el laboratorio de la Universidad Nacional de Ingeniería donde INE haga las calibraciones de los medidores de consumo que pasen a ser auditados, mientras el ente regulador no cuente con un laboratorio”, explicó Castro.
INE CON MÁS “GARRAS”
Dentro de las reformas se dejó establecido que el INE recibirá de parte de Gas Natural el uno por ciento por mil córdobas, de forma mensual , para que pueda aumentar sus cuadrillas de inspección.
Castro destacó que es obligación por ley que Gas Natural entregue un presupuesto al ente regulador de la energía, porque el proceso de inspecciones obliga a que esté presente tanto un supervisor del INE, quien es el que lo certifica, como delegados de la Dirección de Defensa de los Consumidores (DDC), del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific) y representantes de los organismos defensores de los consumidores. “Lo peligroso fuera si el INE recibiera este dinero por debajo de la mesa, ahí sí hay que sospechar”, añadió.
EFICIENCIA A DISCUSIÓN
Gonzalo Salgado, representante de la Red Nacional de los Consumidores (RNDC), dijo que las reformas a la Ley Antifraude se justificaron con el argumento de que nadie en el país debe robar energía, algo que calificó como “infantil” porque ningún usuario pretende robar.
Aseguró que el trasfondo de toda esta discusión debería ser la eficiencia en la distribución de la energía que hace Gas Natural, aspecto que consideró nulo.
“La Ley 661 o Ley Antifraude habla de responsabilidades tanto del usuario como de la empresa, pero en este caso solamente se está buscando las responsabilidades de los usuarios y no de la parte referida a las responsabilidades de Gas Natural”, destacó.
Salgado dijo que Gas Natural está recuperando solamente en multas aplicadas a usuarios que supuestamente cometen fraude energético un promedio de dos millones de dólares.
“La empresa encontró una ‘mina de oro’ prácticamente con la aplicación de multas y tienen ingresos de dos millones de dólares mensuales”, apuntó.
El representante de la RNDC dijo que lo ideal era que el rango de cobertura de la Ley 661 no se fuera aplicando de forma directa, sino de forma gradual en dependencia del cumplimiento que tenga Gas Natural en mejorar las leyes y la reducción de las pérdidas, las cuales en los últimos años se han disminuido en un cuatro por ciento.
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