- Elección anticipada de magistrados con períodos aún vigentes va contra la Constitución, dice experto
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El constitucionalista Omar García Palacios afirma que la elección anticipada de tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), cuyo período vence hasta el 11 de septiembre del 2008, sería inconstitucional, ya que la misma Asamblea Nacional estaría violentando lo establecido en la Carta Magna sobre los tiempos que debe cumplir el funcionario en el cargo electo.
“En ninguna parte del mundo se convoca a una elección cuando el mandato no está agotado; hay que esperar a que se agote el período para convocar a elección en ese cargo, y si el sistema lo permite, puede resultar una reelección, pero hay que esperar a que el mandato concluya”, observó García.
El artículo 162 de la Constitución Política establece que el período de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el de los magistrados de los Tribunales de Apelaciones será de cinco años. Únicamente podrán ser separados de sus cargos por las causas previstas en la Constitución y la ley.
La certificación extendida por la Asamblea Nacional, cuando fueron elegidos los magistrados judiciales Marvin Aguilar García, José Francisco Rosales y Yadira Centeno González, es del 12 de septiembre del 2003 para el primero, y el 8 de septiembre para los dos últimos, por lo que la fecha de finalización de su período se establece para el 11 de septiembre del presente año.
El próximo 30 de junio vence el período de cinco magistrados judiciales: Ligia Molina Argüello, Ramón Chavarría Delgado, José Manuel Martínez Sevilla, Nubia Ortega y Edgard Navas. De los cinco, cuatro son de tendencia liberal.
ACUERDO POLÍTICO
Sin embargo, los parlamentarios de las bancadas mayoritarias han acordado elegir de una vez a los ocho magistrados cuyo período vence en el 2008, cinco de ellos en junio y los restantes 3 en septiembre, todo mediante un acuerdo político.
La elección de los mismos estará a cargo del Frente Sandinista y el Partido Liberal Constitucionalista (PLC), ya que en diversas ocasiones, dirigentes liberales señalan que la escogencia debe hacerse mediante negociaciones, ya que se requieren 56 votos para elegir a los magistrados, votación calificada que no alcanza ninguna de las bancadas por su cuenta.
El principal argumento de los parlamentarios es que la escogencia “en combo” de los magistrados, es para evitar que haya una parálisis en el Poder Judicial, a lo que se suma la actividad electoral de cara a las elecciones municipales y, sobre todo, el consenso alcanzado por los partidos mayoritarios para escoger a sus propuestos.
NO SERÍA LA PRIMERA VEZ
Omar García recordó que no sería la primera vez que la Asamblea Nacional violenta lo establecido en la Carta Magna sobre los tiempos estipulados para funcionarios electos por ese Poder del Estado, por lo que se estaría convirtiendo en una “práctica parlamentaria”, ya que en el 2005 procedió a reelegir a un contralor cuyo mandato aún no concluía.
“En mi opinión, violenta la Constitución, porque la misma es clara. Los mandatos de estos cargos es de X tiempos determinados, en este caso de cinco años”, precisó García Palacios.
El 27 de marzo del año pasado, los diputados sandinistas y liberales violentaron también el artículo 138 de la Carta Magna, al elegir en plancha a cuatro magistrados del Poder Judicial: Juana Méndez, Alba Luz Ramos, Sergio Cuarezma e Iván Escobar Fornos, además de 4 conjueces.
La elección de los ocho magistrados, donde se tiene previsto una repartición equitativa para los partidos mayoritarios, tiene previsto realizarse a más tardar el próximo primero de julio.