Descentralización de la administración de justicia

Víctor Manuel Espinoza [email protected]

La ley orgánica número 260 del Poder Judicial señala en su arto. 83: “El presidente de la Corte Suprema de Justicia y las comisiones permanentes podrán delegar en los Tribunales de Apelaciones, los presidentes o instancias administrativas de los mismos, la realización de algunas atribuciones o la ejecución de determinados proyectos y obras a efectuarse en la correspondiente circunscripción territorial a su cargo”.

En la realidad, el Poder Judicial continúa centralizado, en perjuicio de una administración de justicia más eficiente. Los magistrados de los Tribunales de Apelaciones no deben nombrar a su propia secretaria o asesor; sin embargo, se siguen haciendo nuevos nombramientos a pesar de los supernumerarios que se encuentran en la Corte Suprema. Frente al centralismo sugiero lo siguiente:

1. Que se determine la cantidad de nombramientos para cada Tribunal de Apelaciones y que los conozcamos a través de los medios de comunicación. Para estar en concordancia con lo que establece el artículo 84 de esta misma Ley Orgánica que se refiere al Presupuesto.

2. Que se descentralice de los Tribunales de Apelaciones el nombramiento del asesor(a) y de su secretaria por ser estos cargos de mucha confianza y mucha responsabilidad , en cuyos casos el Tribunal tiene que prever la capacidad y probidad del funcionario.

3. Que la Corte Suprema con los supernumerarios que tiene y salarios altos debería nombrarlos como jueces con el mismo salario en los departamentos más cercanos de la capital Granada, Masaya, Carazo, León o de donde son originarios.

4. Que Managua requiere con urgencia otro Juez de Distrito Laboral.

5. Que el salario de los notificadores no debe estar por encima del salario de los jueces.

6. Que la disciplina de los jueces Locales debería ser conocida por los jueces de Distrito; el de los jueces de Distrito por el Tribunal de Apelaciones; el del Tribunal de Apelaciones por la Corte Suprema de Justicia con derecho a apelar ante el superior respectivo.

7. Que se agilicen los trámites para incorporar abogados y notarios para que no esperen por dos años. Sin embargo deben establecerse mecanismos que garanticen que el nuevo profesional realmente pueda representar los intereses de quien lo solicite en forma eficiente.

Mientras en América del Sur se está pasando de la descentralización del Poder Judicial hacia la desjudicialización del Poder Judicial, en Nicaragua se ha desconcentrado el área administrativa que todavía tiene muchas limitaciones y vicios del pasado.

Se solicita el cuatro por ciento a la Asamblea Nacional para el Poder Judicial y todo se plantea en función de salario, pero los jueces y tribunales tienen acumulados muchos expedientes, por lo que no avanzan en sus sentencias por falta de apoyo de personal. La Corte Suprema tiene cantidad de recursos introducidos que esperan fallos; aquí el caso se agrava, porque si los supernumerarios los pusieran a apoyar además de dar su aporte estarían siendo entrenados para hacer carrera judicial, así no resultarían tan ilógico cuando algunos de estos funcionarios obtuvieran mejores salarios que muchos jueces que trabajan bajo presión y con muchos casos.

Enero del 2006 debería ser el inicio de transformaciones en el Poder Judicial que demandan los litigantes, la sociedad civil y muchos jueces que trabajan con eficiencia que le sirven al país, pero se encuentran con limitaciones. El caso del Poder Judicial debe verse con mucho profesionalismo y como una estructura de cambio con fundamentos éticos.

El autor es jurista

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